Actualizado el 07 de Julio de 2008

Comentado por Gabriel Alberto

Norma 10: tener en cuenta los colegios que tienen plantas físicas de 30 o más años y que, en esa fecha, no tuvieron licencia de construcción. Debe reglamentarse una norma de excepción que incluya los reforzamientos necesarios pero que no obligue a lo de la licencia porque no se puede cumplir. Podría funcionar el reconocimiento a la construcción para verificar que cumpla con los elementos de seguridad correspondientes.

borrador decreto, licencias, funcionamiento, colegios privados