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Actualizado el 11 de septiembre de 2014

Programas de Pedagogía para Profesionales no Licenciados

El Decreto Ley 1278 de 2002 establece que los profesionales no licenciados, legalmente habilitados para ejercer la función docente, son profesionales de la educación. El mismo decreto señala en el artículo 12 la condición de "legalmente habilitados": "Los profesionales con título diferente al de licenciado en educación, deben acreditar, al término del período de prueba, que cursan o han terminado un postgrado en educación, o que han realizado un programa de pedagogía bajo la responsabilidad de una institución de educación superior, de acuerdo con la reglamentación que al respecto expida el Gobierno Nacional."

En el Decreto 2035 de 2005, dando alcance a esta condición, se establecen los objetivos y características de los programas de pedagogía y deja en manos de las universidades la oferta y desarrollo de los mismos.

Descargue el Decreto 2035 de 2005, "Por el cual se reglamenta el parágrafo 1 del artículo 12 del Decreto-Ley 1278 de 2002"


Desde el Ministerio de Educación Nacional se ha levantado la información sobre la ubicación de tales programas, su demanda, su propuesta curricular, su modalidad, su costo, entre otros factores que permiten reconocer las formas de operar de los programas de pedagogía, sus potencialidades y oportunidades de mejora para, a partir de esta caracterización desarrollar estrategias que promuevan la calidad de los mismos.

Conozca el listado de los Programas de Pedagogía para Profesionales no Licenciados en el país.

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Listado de los Programas de Pedagogía para Profesionales no Licenciados en el país


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