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Decreto 1283 de 2002: Inspección y Vigilancia para la educación preescolar, básica y media

Decreto 1283 de 2002: Inspección y Vigilancia para la educación preescolar, básica y media

El sistema de Inspección y Vigilancia busca asegurar que los objetivos del sistema educativo se cumplan en las entidades territoriales y en las instituciones educativas.

Haciendo uso de las facultades extraordinarias que le otorgó el artículo 111 de la Ley 715 de 2001, el Presidente de la República expidió al tiempo con el Nuevo Estatuto de Profesionalización Docente, el Decreto 1283 de 2002, por el cual se organiza un sistema de Inspección y Vigilancia para la educación preescolar, básica y media.

El nuevo sistema, que pretende organizar la prestación del ser vicio educativo en el cumplimiento de los requisitos de calidad, eficiencia y cobertura, aplica a todas las instituciones educativas que prestan el servicio público de educación en los niveles preescolar, básica y media, a las entidades territoriales, a docentes, directivos docentes y administrativos de las instituciones educativas estatales.

Busca asegurar que las entidades territoriales, las instituciones educativas y los docentes y directivos al servicio de la educación estatal, cumplan con los objetivos del sistema educativo y logren los niveles esperados de cobertura y calidad, haciendo uso eficiente de los recursos.


Una de las herramientas principales del sistema es la evaluación de resultados educativos en los distintos niveles. También es fundamental la vigilancia sobre las distintas entidades y actores, con el fin de identificar cuándo se apartan de las normas establecidas e introducir los correctivos necesarios.

Las competencias que el Decreto 1283 le otorga al Presidente de la República son las de definir, diseñar, reglamentar y mantener un sistema de información del sector educativo; evaluar la gestión financiera, técnica y administrativa del sector educativo en las entidades territoriales, y establecer las reglas para la evaluación anual del personal docente y directivo docente, facultades que podrán ser delegadas en el Ministro de Educación Nacional.

El sistema precisa las competencias de las entidades territoriales y las dota de autonomía para organizar el sistema en el nivel local. Los departamentos, distritos y municipios certificados ejercerán la inspección y vigilancia sobre las instituciones educativas oficiales y privadas, así como sobre los docentes y directivos vinculados al servicio educativo estatal. Estos últimos serán sometidos a evaluaciones anuales de desempeño.

Las evaluaciones planteadas por la nueva norma son:

Evaluación Trienal de logros, Evaluación anual de desempeño y evaluación de Competencias.

Ver texto del decreto en la Sección Normatividad

Los docentes nuevos que ingresen a carrera podrán incrementar rápidamente su salario. Esto nos permitirá en un futuro cercano contar con maestros mejor remunerados y más comprometidos con la calidad.

Decreto 1283 de 2002: Inspección y Vigilancia para la educación preescolar, básica y media
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Altablero No. 16, JULIO 2002
Informe Central
Decreto 1283 de 2002: Inspección y Vigilancia para la educación preescolar, básica y media
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