PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN:

Son profesionales de la educación las personas que poseen título profesional de licenciado en educación expedido por una institución de educación superior; los profesionales con titulo diferente, legalmente habilitados para ejercer la función docente de acuerdo con lo dispuesto en este decreto; y los normalistas superiores. ( Art. 3 Decreto 1278 de 2002).

 

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