| | | | | Actualizado el 18 de Enero de 2010 |
| Colombianos participaron en el mejoramiento de la calidad del Programa de Formación Complementaria en las Escuelas Normales Superiores | |
El Ministerio de Educación Nacional puso a disposición de todos los colombianos el proyecto de resolución por el cual se crea y organiza la Sala Anexa para Escuelas Normales Superiores y se adopta el procedimiento para la verificación de las condiciones básicas de calidad del programa de formación complementaria en este tipo de instituciones. Los comentarios y aportes a este documento se recibieron hasta el 12 de enero de 2010.
La Sala Anexa para Escuelas Normales Superiores estará integrada por cinco miembros y cumplirá funciones como:
- Emitir concepto en el cual recomendará al Ministerio de Educación Nacional autorizar o no el funcionamiento o condicionamiento del programa de formación complementaria a las escuelas normales superiores, previa verificación de las condiciones básicas de calidad.
- Formular propuestas para la adopción de criterios relacionados con el aseguramiento de la calidad de los programas de formación complementaria de las escuelas normales superiores, en concordancia con los lineamientos establecidos por CONACES.
- Emitir concepto sobre las solicitudes de convalidación de títulos equivalentes a normalistas superiores.
- Emitir los demás conceptos que frente a los temas de su competencia solicite el Ministerio de Educación Nacional.
- Preparar o revisar documentos para difundir criterios y lineamientos de verificación de las condiciones básicas de calidad del programa de formación complementaria que pueden ofrecer las escuelas normales superiores, de acuerdo con los lineamientos definidos por CONACES.
- Apoyar el proceso de capacitación de pares y de directivos docentes o docentes del programa de formación complementaria de las escuelas normales superiores, para los procesos de verificación de las condiciones de calidad y autorización del funcionamiento del programa de formación complementaria, en el marco de la política de la CONACES para la formación de docentes.
- Conocer y resolver sobre las inhabilidades, incompatibilidades, los impedimentos, recusaciones y conflictos de interés relacionados con los integrantes de la Sala, respecto de los asuntos a su cargo.
Conozca el texto completo del proyecto de resolución que se puso a disposición de los colombianos:
** Señor usuario, si tiene consultas o preguntas sobre temas que no están relacionados con este borrador de decreto, lo invitamos a enviarlas aquí, en nuestra sección de Atención al Ciudadano . **
Participe en el mejoramiento de la calidad del Programa de Formación Complementaria en las Escuelas Normales Superiores |
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| Comentarios sobre el proyecto decreto (29) | | Comentado por Jaime Leonardo | | 11 de Enero de 2010 21:22 | |
En buenahora que el MEN cree un espacio especial para la verificaciòn de las condiciones de calidad del Programa de Formaciòn Complemetnaria de las ENS. Pero creo que las Normales Superiores, dada su responsabiliodad social, requieren, además, espacios de asesorìa y verificacion del mejoramiento permanente propiciados por el Ministerio. Ojalà que este espacio propicie un mayor acercamiento entre el MEN, las entidades territoriales y las Escuelas Nomales, desde la perspectiva pedagògica y de desarrollo sotenible humano, que tanto requiere el pais.
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| Comentado por JAIME DE JESUS | | 11 de Enero de 2010 11:01 | |
SUGERENCIAS PROYECTO DE RESOLUCION POR LA CUAL SE CREA Y ORGANIZA LA SALA ANEXA PARA ESCUELAS NORMALES SUPERIORES
6. Modificar el numeral 2 del artículo 5 de la resolución, en el sentido de precisar que el título profesional sea de pregrado en educación (para diferenciarlo del numeral 1), pues un título profesional diferente a educación no es garantía para asumir una responsabilidad de la magnitud como la asignada a los integrantes de la sala, pues debe existir pertinencia entre la formación y las funciones a desempeñar.
7. Ampliar los requisitos para ser integrante de la sala anexa, incluyendo como requisito "Acreditar experiencia como par Académico en la evaluación de programas de formación complementaria de escuelas normales superiores", a fin de garantizar el aporte académico, especialmente en las competencias del conocimiento, el saber y la experiencia frente a los temas a tratar por parte de los integrantes de la sala anexa.
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| Comentado por JAIME DE JESUS | | 11 de Enero de 2010 10:58 | |
SUGERENCIAS PROYECTO DE RESOLUCION POR LA CUAL SE CREA Y ORGANIZA LA SALA ANEXA PARA ESCUELAS NORMALES SUPERIORES
5. Flexibilizar o modificar el artículo 4, frente a las condiciones para ser integrante de la sala, en lo que hace referencia al régimen de inhabilidades e incompatibilidades, pero manteniendo las disposiciones relacionadas con los conflictos de interés e impedimentos y las causales de recusación de que trata el Código de Procedimiento Civil, a fin de garantizar la participación de docentes y directivos docentes de las escuelas normales superiores, sobre la base de la no cancelación del reconocimiento a que hace referencia el artículo 9, por su asistencia y participación en el desarrollo de la totalidad de asuntos incorporados a la agenda de la respectiva sesión, suministrando únicamente los pasajes y los gastos de alojamiento y manutención.
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| Comentado por JAIME DE JESUS | | 11 de Enero de 2010 10:54 | |
SUGERENCIAS BORRADOR RESOLUCION POR LA CUAL SE CREA Y ORGANIZA LA SALA ANEXA PARA ESCUELAS NORMALES SUPERIORES
2. Excluir del proyecto de resolución lo que hace relación a la información y documentos señalados en el artículo 12, puesto que estos requisitos están debidamente contemplados en el artículo 4 del decreto 4790 del 19 de diciembre de 2008.
3. Excluir del proyecto de resolución en inciso 2 del artículo 11 en lo que hace referencia a la vigencia de la autorización de funcionamiento del programa, puesto que este aspecto ya está contemplado en el inciso 4 del artículo 5 del decreto 4790 de 2008.
4. Excluir del proyecto de resolución el artículo 17 en lo que hace referencia a la autorización condicionada, al plan de mejoramiento y su ejecución, puesto que este aspecto ya está contemplado en el artículo 6 del decreto 4790 de 2008.
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| Comentado por JAIME DE JESUS | | 11 de Enero de 2010 10:46 | |
SUGERENCIAS BORRADOR RESOLUCION POR LA CUAL SE CREA Y ORGANIZA LA SALA ANEXA PARA ESCUELAS NORMALES SUPERIORES
1. Teniendo en cuenta que el procedimiento para la verificación de las condiciones básicas de calidad del programa de formación complementaria que pueden ofrecer las escuelas normales superiores, está debidamente contemplado en el decreto 4790 del 19 de diciembre de 2008, la resolución debe estar orientada a crear y organizar la Sala Anexa para Escuelas Normales Superiores y definir su funcionamiento y no a retomar los aspectos señalados en el decreto mencionado, por cuanto este hecho genera confusión al respecto.
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| Comentado por Pedro Alejandro | | 11 de Enero de 2010 08:34 | |
PARTE 3: envié mis comentarios en tres parte
Aspectos adicionales que debería incluir: perfil de los pares evaluadores, condiciones de divulgación de convocatoria a pares y de convocatoria a proponentes para miembros de la sala, convocatoria a debatir el documento marco para la valoración de la calidad y los criterios establecidos. Además, debería incluir tiempos en que la sala debe divulgar los criterios de valoración de la calidad. Además, debe decir que se informará a la ENS que no se autorice o quede pendiente su autorización, las razones para ello y se invitará a sus directivos a una sesión de trabajo con los pares y con la sala en pleno para presentar recomendaciones y buscar estrategias de mejora. Finalmente, considero que si una ENS no es autorizada debe tener un plazo para poder pedir nuevamente la visita por lo menos en dos nuevas oportunidades; posiblemente un plazo de un año, dos años para la 2 y tres para la 3º. Esto considerando que el país es diverso y difícil en posibilidades; y que algunas instituciones no tienen ni recursos económicos y pedagógicos ni acceso a capacitación, asesoría, cursos de actualización, formación de docentes e incluso docentes y directivos calificados, esto por las condiciones del país.
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| Comentado por Pedro Alejandro | | 11 de Enero de 2010 08:30 | |
PARTE 2. Evío mis comentarios en tres partes
Art 5º. El coordinador de la sala debe tener las condiciones dadas en el numeral 2 de este artículo.
Capt 2. El título y el artículo 11 deben ser más específicos al nombrar de qué habla.
Art 13, parágrafo: Debería establecer las condiciones de un par para poder serlo de una institución, por ejemplo, no haber asesorado a esta escuela, no ser asesor de la Universidad con la que tiene convenio.
Art 14. La entrega individual es una estrategia que valida la posición de cada uno; sin embargo, debería existir una condición de no acuerdo previo por parte de los evaluadores, o que cada evaluador valore aspectos diferentes, y otros comunes. La visita es compleja para hacerla en profundidad y en totalidad por cada uno y con una visión completa de la ENS. En caso de ser informes aparte en contenido y valoraciones conocidas solamente pro la Sala, podría existir la emisión de una parte común con recomendaciones integradas.
Art 15. Además, la Sala podrá solicitar a los pares sustentar en forma complementaria algunos aspectos de su informe cuando los encuentre contradictorios entre unos y otros o insuficientes.
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| Comentado por Pedro Alejandro | | 11 de Enero de 2010 08:28 | |
Primero que todo, envío mi comentario en varias partes pues tiene más de 1500 caracteres y se refiere a diversos artículos.
PARTE 1:
Art 2, parr 1: Considero que debe enunciarse en forma explícita que siempre debe haber dos o tres miembros que permanecen de la sala anterior para dar continuidad al cumplimiento de las funciones de la sala.
Considero, además, que el comité debe estar integrado por representantes del las comunidades escolares dado que son quienes emplean a los normalistas y conocen los requerimientos de esta fuerza laboral; tal vez, aún más que los miembros de ASCOFADE. También debe haber un integrante de la sala que sea directivo docente en ejercicio en el campo escolar en preescolar y básica.
Art 2. Debe definirse qué funcionario, en el MEN es quien decide la lista definitiva tanto al inicio como cada vez que haya cambios o vacantes temporales o definitivas.
Art 3º. Las funciones que se le asignan son puramente ejecutivas y poco autónomas; además de las funciones, debería crearse las condiciones para que sea un ente vinculado al MEN pero con mayor posibilidad de toma de decisiones, de investigación y de impacto sobre la mejora de las ENS. En consecuencia, propongo que la sala sea un ente investigador por una parte, sobre la calidad de las Escuelas Normales, y por otra, sobre el impacto de la verificación de condiciones de calidad de las ENS en la mejora continua de estas instituciones; así mismo, debe ser el ente responsable de evaluar la calidad del proceso de verificación de la calidad de las ENS, incluyendo la valoración del trabajo de los pares. Finalmente, no es coherente que sea la sala misma quien se encargue de resolver inhabilidades, incompatibilidades, impedimentos, recusaciones y conflictos de sus propios miembros. Para poder llevar a cabo estas ideas, se requeriría delimitar otras condiciones de la conformación de los miembros de la sala: un miembro del MEN, un profesional que haya sido evaluador par, un directivo docente de instituciones escolares, un decano de facultad de educación, un representante de ASONEN, y además, un investigador de trayectoria en el campo educativo.
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| Comentado por José Herbin | | 10 de Enero de 2010 21:08 | |
QUE EN EL DECRETO ÚNICO SEA OBLIGATORIO, ADEMAS DEL TITULO PROFESIONAL, ACREDITAR FORMACIÓN PEDAGOGICA -MODELOS PEDAGÓGICOS-ARTÍCULO 68 CONSTITUCIÓN, PARA DESEMPEÑAR LA DOCENCIA,CUALQUIERA SEA LA FACULTAD.
COMO DERECHO DE LOS ESTUDIANTES PONER EN PRÁCTICA LA LEY DE JUVENTUDES, LA CLASE ACTIVA Y QUE LA EVALUACIÓN SEA UNA CORRESPONDENCIA NATURAL DEL TRABAJO REALIZADO POR LOS ALUMNOS.
OBLIGAR A LAS UNIVERSIDADES A CONCERTAR CADA 3 AÑOS EL MANUAL DE CONVIVENCIA CON LOS ALUMNOS, ESPECIALMENTE SUS DERECHOS ESTUDIANTILES, EN DERECHOS ESTUDIANTILES SE DEBE REGLAMENTAR TODOS LOS POSIBLES PROBLEMAS ACADEMICOS RESPECTO A LAS CLASES, A LA EVALUACIÓN.
ALGUNAS UNIVERSIDADES CONTRATAN DOCENTES PROFESIONALES, EJEMPLOS EN FACULTADES DE DERECHO, QUE NO CONOCEN LA PEDAGOGÍA Y OTROS QUE LA CONOCEN PERO EN LAS CLASES SOLAMENTE SE DEDICAN A DICTAR TEXTOS, TODO ES HABLAR, HABLAR Y EN LOS EXAMENES RESULTAN CON ADIVINANZA. ESTE PROBLEMA GENERA MUCHA DESERCIÓN ESTUDIANTIL.ALGUNAS UNIVERSIDADES EXIGEN PARA TRASLADO DE UNIVERSIDAD CALIFICACIONES MÁS ALTAS QUE EN LA PROPIA- QUEBRANTA LA IGUALDAD.OTRAS UNIVERSIDADES HACEN REPETIR MATERIAS QUE LOS ALUMNOS YA HAN SUPERADO CONFORME A LA REGLAMENTACIÓN EN LO QUE LLAMAN REPETIR EL AÑO-LOS DERECHOS ADQUIRIDOS SON VULNERADOS EN ESTE CASO.
PARA GRADUARSE DE ABOGADO HAY DEMASIADAS EXIGENCIAS INUTILES.SI ES OBLIGATORIO EL CONSULTORIO JURÍDICO SOBRA EL AÑO DE PRÁCTICA.LOS PREPARATORIOS COMO SIMPLES EXÁMENES TEÓRICOS NO TIENEN SENTIDO. POR FAVOR, ESCUCHAME, SOY ABOGADO, ESPECIALISTA Y DOCENTE POR MÁS DE 35 AÑOS .
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| Comentado por HARVEY | | 09 de Enero de 2010 17:29 | |
En hora buena se plantea la creación de la sala anexa para las Escuelas Normales superiores, en tanto el futuro de la educación parte del semillero de maestros que egresan de las normales, el proyecto de resolución es acorde a una necesidad inminente para brindar acompañamiento y apoyo a la función importante de formar futuros maestros. Felicitaciones al Ministerio por la preocupación de establecer lineamientos y fortalezas a la educación en Colombia.
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| Comentado por REINALDO | | 09 de Enero de 2010 13:48 | |
ES UN APOYO FUNDAMENTAL PARA EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN Y LA FORMACIÓN EN LAS ESCUELAS NORMALES SUPERIORES DEL APIS. LA SALA ANEXA LE DARÁ CONFIABILIDAD AL PROCESO DE ACREDITACIÓN Y POR LO TANTO LE DA SERIEDAD AL PROCESO DE FORMACIÓN DE LOS NUEVOS MAESTROS Y MAESTRAS. LA RECOMENDACIÓN QUE SE HACE ES QUE EN ESTA SALA ANEXA PUEDA TENER ESPACIO REPRESENTACIÓN DE LOS GRUPOS AFRODESCENDIENTES E INDIGENAS DEBIDO A QUE MUCHAS DE LAS NORMALES FORMAN ETNOEDUCADORES.
GRACIAS.
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| Comentado por Nydia Yolanda | | 09 de Enero de 2010 10:00 | |
La creación de la sala anexa es urgente, pero deben estar dotadas de excelente material pedagógico actualizado y apoyarse en la experiencia de los docentes que laboramos en las Normales.
Anteriormente se daba una bonificación a las docentes pòr orientar las prácticas pedagógicas, pero lastimosamente se quitó. El trabajo de orientar la práctica es de mucha responsabilidad y de mucho tiempo, se trabaja el doble.
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| ProyectoDecreto:Comentario:Comentado por LUIS HERNANDO | | 08 de Enero de 2010 12:09 | |
continuando con mi opinion sobre el proyecto de resolucion creo pertinente lo siguiente: Frente a los requisitos modificar el numeral 2 en el sentido que los cinco años de experiencia sean ejercidos dentro de una normal superior y eliminar que dentro de esos cinco tres sean de coordinacion del programa de formacion complementaria pues con esto se estaria reduciendo las posibilidades de acceder a ser miembro de la sala, pues con ello se bulnera el principio de oportunidad, igualdad y transparencia. mil gracias
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| Comentado por MARÍA TERESA | | 07 de Enero de 2010 14:19 | |
Respetados señores.
Considero que las ideas planteadas en el borrador de proyecto para la creación de la Sala Anexa para las Escuelas Normales Superiores, son claras y pertinentes; además, es consecuente con los procesos de democratización. Sugiero que se incluya en el artículo 13, las condiciones y funciones a tener en cuenta para la designación de pares acdémicos. Gracias, MARÍA TERESA DURÁN CELÓN
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| ProyectoDecreto:Comentario:Comentado por MARÍA STELLA | | 06 de Enero de 2010 12:17 | |
Recomiendo incluir como funcion de la Sala Anexa de las ENS: Seleccionar los pares académicos para la visita de verificación de condiciones de calidad y como requisitos para los pares: Postgrado en Educación, ya sea Espcialización, Maestría o Doctorado, cinco años de experiencia en Formación de Maestros preferiblemente en Escuelas Normales ya sea en docencia o como directivo docente. Explicitar que la convalidación del título de Normalista Superior, se refiere a estudios realizados en el Exterior y que es función únicamente de la sala Anexa. En los integrantes del Comité para lista de elegibles de la Sala, debe participar un funcionario del MEN que haga parte del equipo asesor de ENS de Colombia.
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| ProyectoDecreto:Comentario:Comentado por Maria Isabel | | 05 de Enero de 2010 12:16 | |
Buenas tardes. En relación con el borrador de la resolución que organizara la sala anexa para el apoyo al concepto favorable de funcionamiento de ENS (entre otras funciones de la sala), considero pertinente, estudiar la posibilidad de facilitar la participación de funcionarios: rectores, coordinadores, docentes de las ENS o de universidades, en el proceso de selección de integrantes de la sala. La experiencia de ellos en el campo especifico de lo que se resolverá (según funciones de la sala) , es factor de notable peso en el proceso de calidad de las ENS. Para no generar inhabilidad o incompatibilidad por la remuneración recibida por cada sesión asistida, puede flexibilizarse el artículo 9, estableciendo que quien participe en calidad de funcionario público, no recibirá remuneración, solo el equivalente a los gastos de desplazamiento y estadía y así se lograría el valioso aporte académico, especialmente en las competencias del saber y hacer, que pueden proporcionar estos integrantes
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| ProyectoDecreto:Comentario:Comentado por Aida del Socorro | | 04 de Enero de 2010 12:14 | |
El aprendizaje Cooperativo y colaborativo como estrategia de formación complementaria en las Escuelas Normales. Cuando un educador debe iniciarse en el desempeño de su labor como docente en la sociedad actual la cual se encuentra inmersa en un mundo tecnológico y tan cambiante, enfrenta muchas dificultades, desde aprender a usar el computador hasta comprender de qué manera organizar "pedagógicamente" a los estudiantes para sacarle el mayor provecho posible los recursos tecnológicos dominados en su gran mayoría por los estudiantes. En este sentido, la verificación de las condiciones básicas de calidad del programa de formación complementaria de los docentes debe ser orientado para comprender que el aprendizaje cooperativo es útil para aquellos docentes que se forman, pues vivencian una estrategia de organización integrada y de fácil comprensión para la utilidad didáctica y metodológica de cómo organizar a sus estudiantes para trabajar con las TIC's en algún establecimiento educativo. Introducir a los docentes en el uso de aprendizaje cooperativo en el aula de clases puede resultar una tarea bastante compleja, pues ellos aprenden su rol en la práctica al mismo tiempo que sus estudiantes (Sharan y Sharan, 1987), por ende entregarles herramientas experienciales en un programa de formación inicial resulta, por una parte, una poderosa forma de desarrollar las habilidades necesarias para el trabajo colaborativo (Johnson y Johnson, 1987). Así mismo, el desarrollo de tareas propias del aprendizaje cooperativo, tales como la interdependencia de metas y roles, interdependencia de la información para los grupos de trabajo y la interdependencia con otros grupos para consecución de un objetivo final (Johnson y Johnson, 1984), debieran ser entregados durante el proceso de formación docente por medio de un ejercicio concreto y real, para facilitar la comprensión de la estrategia.
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| ProyectoDecreto:Comentario:Comentado por lina julieth | | 02 de Enero de 2010 12:12 | |
me parece oportuno que sean dos delegados de asonen en lugar de otro de educacion superior, creo suficiente con los dos viceministros . me parece que se puede reemplazar el de ascofade por el de asonen
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| ProyectoDecreto:Comentario:Comentado por DANIEL | | 02 de Enero de 2010 12:11 | |
PIENSO QUE LA SAL ANEXA ES INPORTANTE PARA EL DESARROLLO DE CRITERIOS DE CALIDAD, EN LAS FUNCIONES DE LA SALA ANEXA SE DEBE TENER. EL REVISAR EL PERSONAL DOCENTE IDONEO PARA EL PROGRAMA DE FORMACIÓN COMPLEMENTARIA DESDE LAS SECRETARIAS DE EDUCACIÓN DEPARTAMENTAL Y LOS MUNICIPIOS CERTIFICADOS, YA QUE DESDE ALLÍ A VECES SE DELEGAN PERSONAS SOLO POR CLIENTELISMO Y COMO AÚN NO SE HAN GENERADO LAS PLAZAS ESTAS SON CUBIERTAS CON PERSONAL POR CONTRATOS INFERIORES A UN AÑO. POR ELLO ES IMPORTANTE CONTAR CON UN ARTÍCULO QUE LE DE FACULTAD A LA SALA ANEXA DE VERIFICAR LA PLANTA DE PERSONAL DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN. OTRA FUNCIÓN PODRÍA SER EL DISEÑO DE ESTRATEGIAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES DE CALIDAD QUE PERMITA UNIFICAR CRITERIOS POR PARTE DE LAS UNIVERSIDADES QUE ACOMPAÑAN A LAS ESCUELAS NORMALES. ESTARÉ ATENTO DEL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN COMPLEMENTARIA GRACIAS POR LA OPORTUNIDAD DABEJA
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| ProyectoDecreto:Comentario:Comentado por Bertha del Socorro | | 01 de Enero de 2010 12:06 | |
Seria interesante que el MEN creara mecanismos de control y vigilancia que acabaran con los obsoletos metodos y registros de los docentes en ejercicio y que no tienen nada que ver con lo aprendido en las escuelas Normales, el medio absorve al nuevo docente y no le deja ejercer sus practicas innovadoras y flexibles
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| ProyectoDecreto:Comentario:Comentado por PEDRO ANTONIO | | 01 de Enero de 2010 11:50 | |
El Ministerio de Educación Nacional No debe descuidar la preparación en ciencias Naturales y ciencias Sociales de los egresados de Las Normales, muchos de sus egresados escogen carreras afines a las ciencias Naturales o sociales y siento que debido a la modalidad se le da prioridad a la pedagogía y descuidan las ciencias
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| ProyectoDecreto:Comentario:Comentado por JANETH DEL CARMEN | | 01 de Enero de 2010 11:44 | |
La resoluciónes válida en cuanto a que posibilita un merecido espacio para el reconocimiento de la labor desempeñada por las ENS en Colombia. La contextualización de propuestas en las diferentes ENS de las regiones, al igual que el trabajo de la investigación pedagógica, liderazgo, innovación y posicionamiento estas han de ser evidencias de su proyección y reconocimiento. Si bien en el propósito de la resolución vislumbra una clara intención de aseguramiento de la calidad de la educación en la formación de maestros, esta intención implica la debida selección de representantes de la sala previo confirmación de trabajos y acciones de formación atinentes a la formación integral de maestros en las ENS. Se constítuye en factor garante de este propósito el respaldo y conocimiento de realidad por parte de representantes de los gobiernos de turno para hacer de la educacción una acción posible, generadora de reflexión,y compromiso para generar el cambio el cambio social que el país necesita. De la escuala a la sociedad... ... una educación de calidad.
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| ProyectoDecreto:Comentario:Comentado por Julio Cesar | | 30 de Diciembre de 2009 11:40 | |
Soy normalista de 1983. Considero que el tiempo dado para que las escuelas normales acepten el par asignado es muy y ademas se les deberia dar informacion relacionada con su par a las dos instituciones, lo cual indica que el ministerio de educacion debe crear un banco de infromacion relevante que cada una de las normales que funcionan en el pais para la escuela normal tenga mayor referencia de su par y pueda tener mejores argumentos para aceptar o no su par asigando. El par deberia entregar copia del informe presentado al Ministerio a la escuela normal para que pueda mejorar las condiciones minimas para la aprobacion del ciclo complementario
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| ProyectoDecreto:Comentario:Comentado por MONICA | | 30 de Diciembre de 2009 11:38 | |
Se nota en mucho docente con titulo de Normalista superior, demasiados vacios pedagogicos, rendian mejor los normalistas antiguos. cordialmente MONICA de Cali Valle.
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| ProyectoDecreto:Comentario:Comentado por MARCO ANTONIO | | 30 de Diciembre de 2009 11:35 | |
Les suplico señores del M.E.N. Mejorar el pemsum y la calidad de los normalistas. Que estudien un poco mas de: Psicologia, Artisticas aplicadas a la educacion(Musica, Danzas, Teatro) Redacción, Filosofia, Pedagogia para el aula de clases e informatica. Gracias. Oigan mi clamor, sufro con algunos normalistas superiores que son mis compañeros de trabajo muchos de ellos muy ineptos.
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| ProyectoDecreto:Comentario:Comentado por OSSES BARRERA | | 30 de Diciembre de 2009 11:33 | |
Me parece importante que dentro de la sala anexa exista un docente de una escuela normal, que puede tener reemplazo de otro docente de otra escuela normal, con el fin de tomar en cuenta los criterios de los formadores de formadores, cuya experiencia es valiosísima. Hasta pronto
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| ProyectoDecreto:Comentario:Comentado por sonia mercedes | | 29 de Diciembre de 2009 11:30 | |
me parece procedente nombrar un miembro mas de ASONEN que reeemplace el de educacion superior dada la especificidad de las escuelas normales y ademas que este ya forma parte de los programas de posgrados
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| ProyectoDecreto:Comentario:Comentado por LAMBERTO | | 29 de Diciembre de 2009 11:28 | |
Las Escuelas Normales como Instituciones Formadoras de Maestros deben mantener su liderazgo en un Directivo que reuna los requisitos en competencias pedagógicas, o al menos que tenga actitudes en ese campo.
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| ProyectoDecreto:Comentario:Comentado por Cesar Augusto | | 29 de Diciembre de 2009 11:24 | |
No es prudente iniciar esto ahora, puesto que se podria utilizar por algunos enemigos de la educacion para cerrar ciclos complementarios en las normales colombianos.
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