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| Conozca el consolidado de aportes al proyecto de decreto de evaluación de competencias docentes | |
Entre el 18 de diciembre de 2008 y el 12 de enero de 2009, el Ministerio de Educación Nacional puso a consideración de la ciudadanía el proyecto de decreto que tiene por objeto reglamentar la evaluación de competencias de los docentes y directivos docentes regidos por el Decreto Ley 1278 de 2002, así como la reubicación de nivel salarial dentro del mismo grado y el ascenso de grado en el Escalafón Docente.
En el espacio de discusión participaron en total 312 ciudadanos y se realizaron 1550 comentarios. Del análisis de estos aportes se obtuvo que algunos de los factores percibidos como críticos dentro del proyecto, fueron: el porcentaje de aprobación (30%), los requisitos (17%) y la eliminación de la prueba (13%). Esto quiere decir que un gran porcentaje de los comentarios (473) solicitaron la disminución del puntaje aprobatorio del examen (que se proponía en 80%) , y que dentro de los requisitos para ascender y ser reubicado en el escalafón, los ciudadanos sugirieron tener en cuenta la equivalencia de tiempo por estudios o con otros títulos, la experiencia anterior, las producciones académicas, además de las situaciones administrativas especiales.
En la siguiente presentación se resume el consolidado de estos aportes, se presentan los principales temas de interés y los comentarios por capítulos, invitamos a los ciudadanos a descargarla y a leer el proyecto de decreto que fue objeto de discusión.
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** Señor usuario, si tiene consultas o preguntas sobre temas que no están relacionados con este borrador de decreto, lo invitamos a enviarlas aquí, en nuestra sección de Atención al Ciudadano . **
borrador de decreto, proyecto de decreto de evaluación de competencias |
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| Comentarios sobre el proyecto decreto (212) | | Comentado por Elena | | 12 de Enero de 2009 23:59 | |
El decreto borrador tiene pocisiones favorables para los de 1278 como la tener en cuenta el tiempo de periodo de prueba como parte de los 3 años para ascender, tambien lo de la disponibilidad presupuestal; tambien hay apartes desfavorables y otros poco claros: es muy alto el porcentaje del 80% para la buena valoracion del examen de competencias. los docentes deberian ascender por estudio, investigaciones, desarrollo de proyectos etc, y no por un examen que finalmente no evalua nada si tenemos en cuenta que todos tenemos diferentes capacidades. Tampoco queda claro el ascenso entre grados, ya que no dice si se respeta o no la secuencia de nivel independiente del grado. tambien me parece poco justo que para opinar a este decreto borrador se de el tiempo en que los docentes estan en vacaciones aunque nos interesa bastante los aportes que el MEN esta haciendo, la gran mayoria esta descansando de un año de trabajo, alargar la fecha
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| Comentado por Omar | | 12 de Enero de 2009 23:12 | |
OBSERVO CON AGRADO QUE SE HAN TENIDO EN CUENTA ALGUNOS DE LOS COMENTARIOS QUE HEMOS TENIDO LA OPORTUNIDAD DE PARTICIPAR EN LA CONSTRUCCION DEL DECRETO DE EVALAUCION DE COMPETENCIAS PARA LOS DOCENTES DEL 1278, SIN EMBARGO MINISTRA CONSIDERO OPORTUNO QUE SE REVISE LOS REQUEIMIENTOS PARA ASCENDER AL NIVEL 3, YA QUE SOMOS MUCHOS LOS PROFESIONALES QUE ESTAMOS HACIENDO UN ESFUERZO MUY GRANDE PARA ESTUDIAR UNA MAESTRIA Y VEMOS QUE EL GOBIERNO NACIONAL NO HA TENIDO EN CUENTA TAL SITUACION. MI PROPUESTA ES QUE PARA ASCENDER AL NIVEL 3 ES SUFICIENTE CON EL TITULO DE MAGISTER. DE IGUAL MANERA CONSIDERO OPORTUNO SUGERIR QUE SE ESTABLEZCA COMO CRITERIO DE APROBACION EL HABER OBTENIDO UN PUNTAJE IGUAL O SUPERIOR A 70 PUNTOS EN LA EVALUACION DE COMPETENCIAS, ESO SERIA ACORDE CON LOS CRITERIOS APLICADOS PARA DIRECTIVOS DOCENTES, EN EL EXAMEN QUE APLICO LA CNSC.
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| Comentado por Antonio | | 12 de Enero de 2009 22:49 | |
Con relación al Capítulo 1, art.2 del borrador de la reglamentación para la evaluación de competencias de docentes y directivos debo anotar que:
El porcentaje mínimo para aprobar la evaluación de competencias para poder ser trasladado o ascender en el escalafón es muy alto y poco equitativo, puesto que la mitad más uno es la calificación cuantitativa mínima para aprobar una evaluación en cualquier universidad del mundo, es decir en una calificación del 1 al 10 seria 6, de igual forma del 1 al 100 es 60, o del 1 al 5 es 3.
Se debería tener más en cuenta los resultados (sobresalientes) de las evaluaciones anuales de desempeño que son las que reflejan y muestran la praxis del docente en su entorno real, sin pretender restarle importancia a la evaluación de competencias.
También recomiendo que al establecer los criterios para la evaluación de competencias esta sea por especialidad, que se diseñe una prueba para los profesores de matemáticas por ejemplo en donde se enfatice un poco más en lo suyo, por supuesto sin dejar de tener en cuenta lo exigido por al art.35 del Dec. 1278.
Finalmente sería lo mejor que quien diseñe y aplique las pruebas sea el ICFES y no una entidad regional, para evitar posibles fraudes e injusticias.
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| Comentado por Diana Patricia | | 12 de Enero de 2009 22:43 | |
Me parece que sería muy importante que la evaluación y capacitación constante se convirtiera en una exigencia para todos los maestros que trabajan con la Secretaria y no solo para un grupo, porque todos debemos trabajar por ese compromiso institucional y realmente se verían unos mejores resultados. El aspecto que realmente no comparto es el de evaluarnos para poder ascender en el escalafón, si realizamos una maestría en una universidad certificada por el Ministerio de Educación, en la que debemos esforzarnos, presentando pruebas, proyectos de investigación, etc. Para alcanzar un titulo. Esto es innecesario, la verdad no le encuentro sentido, la evaluación debería estar encaminada a motivarnos para continuar en este reto, pero más parece una evaluación sanción.
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| Comentado por Diana Patricia | | 12 de Enero de 2009 22:41 | |
Señora Ministra de educación es muy valioso y significativo este gran esfuerzo que ustedes realizan por mejora la calidad de la educación, igualmente, los maestros que hemos decidido ingresar a trabajar con la Secretaria de Educación hemos demostrado tener la mayor disposición como también capacidad para enfrentar y superar todas estas etapas que nos permiten avanzar en este reto, que la verdad no son nada fácil; realmente estoy de acuerdo con las dos evaluaciones que se nos realizan cada año en las instituciones, pues son integrales al analizar nuestro desempeño y competencias, como también la capacitación constante aprendiendo inglés y realizando maestría y doctorado, aunque estudiar maestría y doctorado nos obligué a endeudarnos y sacrificar la calidad de vida que le ofrecemos a nuestras familias porque nuestro sueldo no nos alcanza.
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| Comentado por LUZ NORALBA | | 12 de Enero de 2009 22:24 | |
* Aspectos positivos: los ajustes y cambios que se han hecho respecto a la propuesta inicial, tales como: el considerar el periodo de prueba dentro de los tres años para la presentación de la evaluación, la conservación del nivel para aquellos que ascienden; la no afectación de la estabilidad laboral independiente de los resultados de la prueba; y la no dependencia de la disponibilidad presupuestal para hacer efectivos el ascenso o la reubicación, según el caso (Art. 17)
* Aspectos negativos: el porcentaje asignado para la superación de la prueba es demasiado alto (ello pareciera ser más un obstáculo para el ascenso y/o la reubicación que un estímulo para los docentes); adicionalmente la no consideración de los estudios realizados, (pues independientemente de los estudios hechos, si no se supera la evaluación con más del 80%, no hay movilidad en el escalafón) genera un enorme desestímulo para los educadores. Finalmente, pareciera que se desea evitar la participación sindical por parte de los docentes que recién ingresan, pues no se considera el tiempo en qué se está en comisión como válido para participar en la evaluación de competencia, y por lo tanto, para aspirar a la reubicación o al ascenso.
NOTAS FINALES: 1 Si en realidad interesan nuestros aportes, sería conveniente una ampliación del tiempo asignado para participar en este escenario, ya que muchos docentes lo desconocen y sólo hasta el 13 se reinician labores.
2. Espero que haya suficiente información sobre las características de las pruebas que serán aplicadas (literal c art.10 del presente proyecto)
3. Agradezco este espacio y la oportunidad brindada y espero que nuestras opiniones y sugerencias sean consideradas
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| Comentado por JAVIER EDGARDO | | 12 de Enero de 2009 22:20 | |
Quisiera hacer varias preguntas sobre el tema que no son claras en el texto. 1. ¿Cuál es el criterio para definir que el 80% es el nivel de aprobación de la evaluación de competencias?. 2. No es muy claro el articulo 17 cuando trata el tema de las disponibilidades presupuestales, la pregunta o aclaración es: Un docente que haya aprobado todos los requisitos para su ascenso o reubicación y que por orden de puntaje no clasifique en la primera asignación presupuestal que hace la entidad territorial, ¿cuánto tiempo tendrá que esperar para que surja efecto dicho acto administrativo de asignación presupuestal? y además en caso de que se demore el acto administrativo de reubicación de ese docente ¿tiene efecto retroactivo a la fecha en que todos los que presentaron la convocatoria fueron ascendidos o reubicados?. Gracias por la atención prestada
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| Comentado por Alba Patricia | | 12 de Enero de 2009 22:13 | |
Despues de conocer el contenido de este documento creo que la mayoria de los docentes enamorados de nuestro oficio nos llenamos de preocupación. Ya hemos sido evaluados de manera permanente y aún así se considera necesario continuar haciendolo de manera indefinida.
El ascenso deberia ser un reconocimiento a una labor social, no un instrumento de constantes dudas y control frente a nuestro quehacer.
Un porcentaje de 80% es demasiado alto y no asegura ascender si la entidad territorial no cuenta con el recurso para cubrirlo.
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| Comentado por Luz Noralba | | 12 de Enero de 2009 21:59 | |
En la Guía Metodológica de Marzo de 2008 sobre la evaluación anual de desempeño laboral (para docentes y directivos docentes del 1278) se plantea una definición muy específica en torno al concepto "COMPETENCIA", la cual deja varias preguntas en cuanto a la evaluación de competencias que se desea reglamentar con el presente proyecto de decreto:
1. ¿LA EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO Y LA EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS NO ESTARÁN EVALUANDO EN ÚLTIMA INSTANCIA LO MISMO?
2. SI LA RESPUESTA ES AFIRMATIVA, ¿NO SERÍA SUFICIENTE ENTONCES LA EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO, POR LO MENOS PARA REUBICARNOS EN EL ESCALAFÓN? (ya que para ascender si considero necesario acreditar estudios)
Lo anterior se ve con mayor énfasis al leer el artículo 35 del 1278, en el cual se plantea que las competencias mínimas que debe comprender la evaluación de competencias son: las competencias de logro y acción, competencias de ayuda y servicio, competencias de influencia, competencias de liderazgo y dirección, competencias cognitivas y de eficacia personal. Todas éstas aparecen, incluso en términos más o menos similares en la mencionada Guía que orienta la evaluación del desempeño que año tras año nos hacen. Adicionalmente si leemos con detenimiento el objeto de la evaluación de competencias (Art 1 del decreto), quedan otras preguntas en la mente de muchos docentes ¿DICHO NIVEL DE DESARROLLO EN EL EJERCICIO DE LA DOCENCIA, NO ES LO QUE SE PERMITE VISLUMBRAR A TRAVÉS DE LA EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO? ¿SERÁ QUE DICHO DESARROLLO "SOBRESALIENTE" EN EL EJERCICIO, SE PODRÁ MEDIR A TRAVÉS DE PRUEBAS ESCRITAS? ¿ESTARÁ TAN BIEN DISEÑADA "LA O LAS" EVALUACIONES DE COMPETENCIA, COMO PARA ALCANZAR A VALORAR TANTOS PERFILES, ÁREAS, Y NIVELES DE ESTUDIO?
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| Comentado por Alexander | | 12 de Enero de 2009 21:45 | |
La única posibilidad es realizar estudios de Maestría pero con escasos 1'000.000 de pesos mensuales es bastante difícil si tenemos en cuenta que hay que pagar mercado, arriendo, servicios, educación de los hijos, etc. Estamos sometidos no solo a las 6 evaluaciones antes de la última evaluación que debe ser superior en puntaje al 80%, sino que además dependemos del presupuesto nacional. Señora ministra, mi propuesta tiene que ver además con la motivación, con el respeto, con tener en cuenta el esfuerzo tan enorme de capacitarnos, no debería haber más exámenes ya que el solo hecho de realizar estudios de Maestría (en universidades e instituciones con aprobación del MEN) involucra presentar pruebas, evaluaciones, exámenes, proyectos, investigaciones que no tienen nada que ver con las evaluaciones-sanción que está propuesto en el decreto 1278. Para finalizar, ¿para qué más evaluaciones? si en las 2 que nos hacen al año ya hay de desempeño y de competencias, incluso en la resolución de inscripción en el escalafón salen el puntaje de dichas pruebas. En resumidas cuentas al final nos vamos a enfermar de evaluatitis.
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| Comentado por Alexander | | 12 de Enero de 2009 21:43 | |
Desde mi compresión la propuesta para modificar este decreto funciona como una pirámide a la que se ingresa desde la base después de haber cumplido con una serie de requisitos iníciales, como: una presentación de prueba examen tipo ICFES, una entrevista y un filtro que según el puntaje superior y la necesidad de vacantes se llega a ser docente en periodo de prueba (hasta aquí ha pasado un 1 año). Además, en realidad el periodo de prueba es de 1 año, después de haber pasado por 2 evaluaciones (semestrales) de desempeño y competencias en cada año que realizan estudiantes, coordinadores y rector a cada docente únicamente del decreto 1278. Es decir que hasta la fecha para cumplir los 3 años de tiempo de servicio exigidos para pensar en ascenso deben haber pasado mínimo 6 evaluaciones de conocimiento, desempeño y competencias. Y si lo anterior es poco, para querer llegar a la cima, a la que no todos vamos a poder ascender, ya que no hay espacio suficiente para todos porque la pirámide se hace más pequeña arriba, así el docente se esfuerce por ser el mejor; esto incluye que debemos estar estudiando permanentemente inglés u otros estudios de capacitación que finalmente no sirven para ascender.
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| Comentado por Alexander | | 12 de Enero de 2009 21:37 | |
Desde mi compresión la propuesta para modificar este decreto funciona como una pirámide a la que se ingresa desde la base después de haber cumplido con una serie de requisitos iníciales, como: una presentación de prueba examen tipo ICFES, una entrevista y un filtro que según el puntaje superior y la necesidad de vacantes se llega a ser docente en periodo de prueba (hasta aquí ha pasado un 1 año). Además, en realidad el periodo de prueba es de 1 año, después de haber pasado por 2 evaluaciones (semestrales) de desempeño y competencias en cada año que realizan estudiantes, coordinadores y rector a cada docente únicamente del decreto 1278. Es decir que hasta la fecha para cumplir los 3 años de tiempo de servicio exigidos para pensar en ascenso deben haber pasado mínimo 6 evaluaciones de conocimiento, desempeño y competencias. Y si lo anterior es poco, para querer llegar a la cima, a la que no todos vamos a poder ascender, ya que no hay espacio suficiente para todos porque la pirámide se hace más pequeña arriba, así el docente se esfuerce por ser el mejor; esto incluye que debemos estar estudiando permanentemente inglés u otros estudios de capacitación que finalmente no sirven para ascender. La única posibilidad es realizar estudios de Maestría pero con escasos 1'000.000 de pesos mensuales es bastante difícil si tenemos en cuenta que hay que pagar mercado, arriendo, servicios, educación de los hijos, etc. Estamos sometidos no solo a las 6 evaluaciones antes de la última evaluación que debe ser superior en puntaje al 80%2
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| Comentado por William | | 12 de Enero de 2009 21:25 | |
La evaluación de Competencias debe proceder cuando el Docente supere el 60 % de la prueba y no el 80% de la misma. Considero que es suficiente con la cantidad de pruebas que hemos superado para alcanzar el nombramiento en propiedad. El registro sistemático de todo nuestro quehacer, la cantidad de fotografías que debemos tomar anualmente, la cantidad de vídeos, la participación en todos los procesos de la Escuela, los formatos de la evaluación anual de desempeño...Por favor
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| Comentado por MARTHA ROCIO | | 12 de Enero de 2009 20:36 | |
LA ESCUELA SINDICAL DE ADIDA hemos estado al tanto de la reglamentación que cobija a los nuevos docentes, plantear un proyecto para la evaluación de competencia y no para el escalafón docente en su encabezado, minimiza la carrera docente y enfatiza la evaluación como impedimento para el ascenso en el escalafón, más cuando se exige un 80% para ascender o ser reubicado. Por otro lado, se esta evaluando doblemente las competencias de desempeño laboral, contradiciendo lo planteado por el MEN en la guía metodológica, donde se afirma que las competencias se deben evaluar en procesos y contextos. En cuanto a los requisitos hay un aumento con las evaluaciones de desempeño.
Cabe resaltar que este proyecto reconoce el tiempo de período de prueba. es necesario que se aclare sobre la apropiación de recursos para la disponibilidad presupuestal.
Este borrador no deja claro quien hace el examen de competencia, que tipo de examen, cual es el papel del ICFES y de las CNSC, que pasa cuando un docente tiene tiempo de servios para ser reubicado y un título, sería insólito que tuviese que presentar dos pruebas diferentes, que pasa con un docente que salga a comisión sindical, no se la valía el tiempo y como asciende sin evaluación de desempeño, en esta situación, se estaría violando el derecho a la asociación sindical.
El sistema de evaluación es coercitivo, la evaluación no debe ser punitiva cierra el escalafón a otros aporte como investigación, producción teórica y pedagógica, tiempo de servicios y estudios realizados.
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| Comentado por Margarita | | 12 de Enero de 2009 20:23 | |
El puntaje para la evaluación de competencias es bastante alto, debería asumirse el 60 o máximo el 70%, de otro lado es importante clarificar las competencias a evaluar (Cognitivas,procedimentales,actitudinales), para que de esta forma los docentes puedan seleccionar los estudios que les aporten a desarrolarlas y a su vez las universidades también diseñen currículos más pertinentes con las competencias a evaluarse.También es importante clarificar dentro del procedimiento como se va a realizar la evaluación, supongo que una mínima parte va a ser escrita y un gran porcentaje práctica, ya que en el desempeño es donde mayor se pueden evidenciar las competencias desarrolladas.
Gracias.
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| Comentado por YOLIMA | | 12 de Enero de 2009 19:49 | |
Estoy de acuerdo con la evaluacion, aunque habria de preguntarnos ¿Que posibilidad tienen los docentes que no superen la prueba con el puntaje que exigen, 80 por ciento, pero la pasan en un 60?no tienen posibilidad de ascender o reubicarse, no les parece que estan exigiendo un puntaje casi inalcanzable? pues no se conocen las caracteristicas de la evaluacion.
Se debe incentivar más no desmotivar evaluacion.
Gracias.
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| Comentado por carlos andres | | 12 de Enero de 2009 19:34 | |
La verdad creo que si el ministerio esta propendiendo por una evaluación desde el punto de vista de la valoración de lo que día a día se aprende y no como la ministra lo ha dicho en sus locuciones no es para castigar, creo que esto debe ser a todo nivel incluidos la evaluación de desempeño docente, con una evaluación en donde se apruebe con el %60 de la prueba y se le garantice el acenso a todos los docentes que la aprueben y no como esta planteado que es hasta donde alcancen los recursos esto hace a todas luces una discriminación y un castigo que no valora el esfuerzo del maestro, otra cosa que quiero plantearle a la ministra es donde están los incentivos a nosotros los docentes rurales que son los que día a día comemos polvo para garantizar esa cobertura a la que el estado quiere llegar la del 100% , el tiempo doble para el acenso por ejemplo de eso no se ha hablado, ni lo dice tampoco el borrador. Agradeciendo de antemano mis apreciaciones.
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| Comentado por Sergio | | 12 de Enero de 2009 18:08 | |
Señores
Ministerio de Educación.
Considero que un porcentaje del 80% aprobatorio en la evaluación de competencias para docentes es muy alto teniendo en cuenta lo siguiente:
1. En el año 2005, se presentó el 1er concurso para docentes y ninguno alcanzó un puntaje del 80% en la evalución de competencias. Ejem: para Antioquia de los municipios no certificados sólo el 3.9 alcanzó un promedio de 75% y ninguno superó el 80% de 3.240 docentes que aprobaron dicho concurso.
2. En el último concurso docente realizado por la CNSC en el año 2008, sólo el 1% a nivel nacional superó el 80%, y a esto hay que descontarle el porcentaje de la entrevista y el porcentaje de antecedentes, lo que nos lleva a concluir que ninguno obtuvo un puntaje de 80% en la prueba de competencias.
En conclusión, si las estadísticas de cuatro años de concursos docentes nos demuestran que ningún docente ha superado el 80% en la evaluación de competencias ¿que lógica tiene recurrir a este porcertaje como exigencia para la aprobación de la prueba?, cuando un 70% ya es demasiado exigente según los resultados nacionales.
Propongo que lo más apropiado es un porcentaje del 60% que es apartir de ahí, donde se demuestra que la prueba es aprobatoria, como se estableció en el concurso.
También considero que al docente se le debe reconocer los 3 años de tiempo laborado, como única condición para ser ascendido o reubicado salarialmente, como se aplica con los docentes del decreto ley 2277.
Fuente de consulta%
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| Comentado por Martha Judith | | 12 de Enero de 2009 16:35 | |
1. El porcetaje de aprobación debe ser el de aprobado que implica 60% o un máximo de 65%, pues este valor fue dificil de alcanzar en las pruebas iniciales para entrar al nuevo magisterio, por lo tanto, parece ser o son? inalcanzable para poder ascender.
2. Los docentes que voluntariamente se presenten y no alcancen el resultado fijado, continúan en el mismo grado y nivel, como se entiende no muy claramente en el parágrafo del art. 11?
3. Por qué si obtiene el porcentaje fijado, debe conservar el nivel del grado anterior?
4. Las pruebas de competencias se deben hacer por el ICFES y no por entidades particulares.
5. Por la época de vacaciones, la poca publicidad en medios de comunicación propios como la pagina de las secretaría de educación y la presentación de la misma convocatoria de análisis del decreto en páginas internas de la Web del Men, solicito se amplie este análisis.
Gracias
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| Comentado por Lorena | | 12 de Enero de 2009 14:34 | |
El decreto debe ser especifico acerca de lo que ocurrira con los mestros que pasaran la prueba y no alcanzaren a ser reubicados o ascendiso por falta de dinero. No estaria este maestro en igualdad de condiciones que aquellos que si fueron ubicados? Creo no se tendria en cuenta su derecho a la igualdad y si se le estaría discriminando.
Las competencias a evaluar no esta especificadas en el borrador cuales seran? Se deberia tener en cuenta solo la laborales, comportamentales ya que son ellas las que se tienen en cuenta en el trabajo diario
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| Comentado por Lorena | | 12 de Enero de 2009 14:29 | |
Considero que el porcentaje a tener en cuenta para estas pruebas debe ser del 70 por ciento y no del 80 esto ampliaria la posibilidad de que mas maestros tengan la oportunidad de ascenso.
se debe aclarar mejor el articulo 15 con respectoal ascenso y reubicacion salarial.
Tendra la misma oportunidad aquellos maestros que apenas si inician la maestria es decir los que van en primer semestre para ser ascendidos a siguiente grado?
Se debe especificar las competencias a evaluar, me refiero si son comunicativas, laborales....
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| Comentado por oscar alberto | | 12 de Enero de 2009 11:51 | |
considero que no desean que los docentes ascendamos ya que un 80% es elevado, les parece justo que despues de invertir bastante dinero en estudios de maestrias y especializaciones financiados por nosotros mismos nos exijan tanto, ademas el decreto no es totalmente claro que sucedará a los docentes nombrados que se incriban en la prueba y no alcancen el 80% exigido, e incluso que pasaría si el docente obtiene en la prueba menos de 60.
Por ello considero que en el caso de ascenso de un grado a otro unicamente se deberia acreditar el titulo y la evaluacion de desempeño anual satisfactoria y el tiempo laboral o como existia en el anterior escalafon
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| Comentado por EDWIN ANTONIO | | 12 de Enero de 2009 11:50 | |
De acuerdo con el articulo 16 para ascender de escalofon el cual debe obtener un 80% en evaluaciòn por competencias es claro que este puntaje es demasiado alto, por lo tanto creo que lo mejor es bajar el porcentaje al 65% este es mas que justo.
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| Comentado por SEBASTIAN | | 12 de Enero de 2009 11:49 | |
Es claro que la "evaluacion cuantitativa " no ha desaparecido y mas aun para el caso de los docentes donde la evaluacion esta a cargo de rectores que en su mayoria fueron educados con el antiguo sistema. es por eso, que en el articulo 16. Requisitos, sin ser mediocres y conformistas, se deberia bajar el porcentaje de la escala de calificacion de la evaluacion, cuanto? no se.. pero si ponerlo a consideracion... porque, que pesar me daria de esos docentes que se destacan por ser excelentes pero que estan a cargo de rectores (en especial monjas) que poner 80 es un maximo puntaje.
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| Comentado por yury antonio | | 12 de Enero de 2009 11:20 | |
CONCIDERO QUE TODO PROCESO DEBE SER EVALUADO Y LOS DOCENTES COMO PARTE DE ESTE PROCESO ESTAN OBLIGADOS A ELLO, PERO,PARECIERA QUE EL ASCENSO ES UN INALCANZABLE POR LOS REQUISITOS Y NO HAGO REFERENCIA A LA PRUEBA, LA DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL ES UN OBSTACULO DE DIFICIL SUPERACION EN UN ESTADO CON TAN POCO PRESUPUESTO PARA EDUCACION.
ES IMPORTANTE TAMBIEN QUE REDEFINAN LA LABOR DEL DOCENTE YA QUE ESTA SOMETIDO A TAL CANTIDAD DE TAREAS(AJENAS A FORMAR) Y A TAL CANTIDAD DE PAPELEOS Y FORMATOS QUE POCO TIEMPO QUEDA PARA SU CAPACITACION.
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| Comentado por Giraldo | | 12 de Enero de 2009 10:59 | |
Normalmente toda prueba de rendimiento se califica al 60% como minimo para ser satisfactoria, para personas normales, segun lo que establece la Psicologia. No veo porque tengamos que ser los docentes del nuevo escalafon ecptcionales o de mayor coeficiente intelectual que personas normales. NO ESTOY DE ACUERDO QUE SOLO PUEDAN ASCENDER EN EL ESCALAFON LOS QUE SAQUEN MAS DEL 80% EN LA PRUEBA DE COMPETENCIAS.
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| Comentado por DANIEL ANTONIO | | 12 de Enero de 2009 09:03 | |
Señores, el procentaje del 80% de calificación como requisitos es mucho, debería disminuir o reeplantearse puesto que las evaluciones por lo general tiene como valor minimo un 60%. Aun más cuando no se tiene algún modelo o esquema de este tipo de evaluación para cada área.
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| Comentado por MARIA ISABEL | | 12 de Enero de 2009 08:40 | |
Señores del Ministerios de Educación, en este nuevo escalafón se refleja el estimulo económico que se da a los docentes que después de haber sido nombrados realizan un postgrado, puesto que permanecen en el mismo grado y nivel pero con un salario mejor en comparación con un docente de pregrado, su único requisito es el titulo del postgrado.
Partiendo de lo anterior, cómo es posible que el docente que ya este nombrado y decida realizar una maestría que dura dos años, que hace una inversión económica mucho más grande, que la formación recibida es diferente a la de postgrado, en una universidad avalada por ustedes mismos, exijan tanto requisitos como los establecidos en este borrador, esto genera una desmotivando y desinterés a los docentes que deseen seguir cualificándose como también contradice lo que busca el ministerio de Educación que es la calidad educativa.
Ahora, si ustedes dividieron el grado 2 en pregrado y postgrado (no se en que se basaron para beneficiar solo a los de postgrado) les faltó el de maestría y doctorado en este mismo grado. Se sugiere de manera respetuosa que sean agregados en este mismo grado la maestría y el doctorado, aunque desaparecería el grado 3, otra opción es, que permanezca como esta el escalafón pero el docente que obtenga el titulo de maestría o doctorado pase al grado 3 solo con el titulo sin más requisitos, así como el que esta en pregrado que pasa a postgrado solo con el titulo; esto garantiza la equidad e igualdad para todos los docentes, como también el deseo de superación y mejoramiento de la educación.
Si de verdad el ministerio busca docentes idóneos, que se capaciten, se formen continuamente, porqué se refleja lo contrario en este borrador, en particular el caso de los docentes que realiza una maestría en comparación con los que realizan un postgrado que solo tiene como requisitos el titulo.
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| Comentado por DALILA ESTHER | | 11 de Enero de 2009 23:11 | |
Sra Ministra: Cordial saludo. Los docentes nombrados bajo el decreto 1278 hemos superado unas serie de requisitos que creo dan muestran de nuestro nivel de desempeño y competencia como docentes, por lo cual considero que el porcentaje del 80% en la evaluacion de competencia deberia ser remplazado por un 60% para ser consecuente con los puntajes obtenidos durante el concurso de meritos; de esta manera veriamos mas viable el ascenso y la reubicacion salarial.
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| Comentado por Orlando | | 11 de Enero de 2009 22:35 | |
Cordial saludo señores Ministerio de Educación Nacional.
Estamos de acuerdo en la necesidad de la evaluación de competencias al docente para persistir en el fotalecimiento de su espíritu investigador; sin embargo, la competencia como la idoneidad para hacer algo, en este caso la investigación pedagógica, no se agota en cuestionarios tipo I.C.F.E.S.,es limitado creer que con esas pruebas de competencias se persista en el espíritu creador del docente; la vida laboral docente durante diez, quince, veinte años o más presentando tales pruebas resulta frustrante porque al docente no se le permite mostrar sus progresos científicos por otros medios heurísticos; considero que se debe tener en cuenta para el escalafón la posibilidad de que sea excluido de pruebas I.C.F.E.S. el docente que publique libros y demás obras de arte resultadas del ejercicio pedagógico y sometidas a revisión por pares académicos
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| Comentado por Gustavo de Jesús | | 11 de Enero de 2009 21:29 | |
No estoy de acuerdo de la exigencia de más del 80% en la evaluación por competencias para ascender de grado o de nivel salarial. Se debe exigir el 60% tal como se hace para la inscripción en el escalafón después de superado el periodo de prueba. La exigencia de más del 80% contradice lo estipulado para la inscripción en el escalafón. Muchas gracias.
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| Comentado por YOVANY ALBERTO | | 11 de Enero de 2009 21:16 | |
NO VEO CLARO SOBRE SI SE PUEDE ASCENDER DE LA 2A A LA 3B O DE LA 2B A LA 3C POR EJEMPLO. POR FAVOR ACLARAR ESTE VACIO.
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| Comentado por fredy | | 11 de Enero de 2009 19:55 | |
Es pertinente que se tome en consideracion varios puntos que a mi parecer no brindan las garantias necesarias para que los docentes podamos aspirar a lograr una mejor posicion en nuestro escalafon , son ellos:
1. El porcentaje se mantiene del 80%, cuando estudios demostraron que aproximadamente de 1500 maestros solo 11 sacaron ese porcentaje.
2. que nos sea tenido en cuenta el tiempo de periodo de prueba dentro de los tres años que contempla la norma para poder presentar el examen de competencias
3. Exigir un presupuesto por parte de la nación para el ascenso y no quede el municipio con toda la responsabilidad fiscal.
4. Exigir claridad en la reglamentación y responsables de ejecución del mismo pues no es clara.
5. Es contradictorio que todos los años nos hagan una evaluacion. de desempeño donde se evalúan unas competencias y luego pretendan con un examen teórico evaluar lo que ha sido evaluado. ¿Cuál es el verdadero papel de la evaluacion de competencia?.
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| Comentado por Jesit | | 11 de Enero de 2009 18:08 | |
Ojalá bajen el portcentaje de la evaluación, y que los colegios no lo evalúen a cada momento a uno. Es importante la remuneración para el nuevo escalafón, puesto que somos evaluados a cada momento pero el sueldo es insuficiente.
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| Comentado por Verónica del Carmen | | 11 de Enero de 2009 17:39 | |
Considero que el escalafon docente aplicado para ascender no es el adecuado para estimular la labor diaria del maestro. Al igual que en uno de los aspectos a evaluar son los llamados de atención al docente y no se propone las felicitaciones o logros.
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| Comentado por Mónica | | 11 de Enero de 2009 15:31 | |
Cordial saludo.
La evaluación de competencias debe ser un estímulo para el docente,por lo tanto este decreto debe facilitar dicho ascenso o reubicación salarial estableciendo una puntuación del 60%,en el ascenso por grado ya el docente tiene la certificación de una Universidad,donde igualmente aprobó los ECAES, esto debe ser requisito suficiente para lograr el paso de un grado a otro.El ascenso debe ser a cargo del Estado y no del ente territorial.Igualmente se deben abrir convenios con las Universidades del país, para que los docentes realicen maestrías y Doctorados en cofinanciación por el Estado. La evaluación de Desempeño se ha convertido en una herramienta de presión y persecución por parte de los directivos docentes, donde se evalúa desde la subjetividad y no desde el mejoramiento continuo en el quehacer del educador.
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| Comentado por GUSTAVO LEON | | 11 de Enero de 2009 14:35 | |
Quisiera complementar un comentario y solicitud hecha en el día de ayer en la que involucraba la necesidad de establecer costos acumulados en este caso; y quiero complementar esa necesidad apoyandome en el paragrafo 3º y 4º, toda vez que allí se establece, que en principio, se expiden, hasta agotar el monto de la disponibilidad presupuestal, los actos administrativos de reubicacion o ascenso. Si ello es así implica que van a quedar educadores que ganarón la evaluación sin actos administrativos y estos últimos tendrían que esperar la apropiacion de nuevos recursos para que les expidan los mismos. Así las cosas estos últimos resultarían perjuduicados pues no se alcanzaría a expedir sus actos administrativos de reubicacion o ascenso 15 días despues de haberse ganado el derecho a ser ascendido o reubicado.
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| Comentado por gloria | | 11 de Enero de 2009 12:34 | |
El porcentaje del 80% niega la posibilidad de ascender. Es contradictorio que todos los años hagan eva. de desempeño donde se evalúan competencias y luego pretendan con un examen teórico (además que nos es claro qué, cómo) evaluar lo que ha sido evaluado en la praxis en nuestro quehacer pedagógico. Aunque más adelante se plantea "Pruebas. Las pruebas valorarán el nivel de desarrollo de las competencias alcanzadas en ejercicio de la docencia(...)"¿ENTONCES CUÁL ES EL PROPÓSITO DE ESTE EXAMEN? ¿ESTAS NO SON EVALUADAS DOS VECES EN EL AÑO?.El derecho a la organización, al estudio se niega con el parágrafo 1 que habla de las comisiones e impedimento para aspirar a la reubicación o al ascenso. No se justifica que por ningún lado el Estado garantice a los "PROFESIONALES DE LA EDUCACION" un programa de formación pedagógica y científica, pero si lo sanciona si este necesita un tiempo para desarrollar una profundización en su área o por su buen desempeño es nombrado a un cargo como estimulo.
Debe quedar clara la reglamentación y responsables de ejecución de la evaluación, el tipo de examen, pues lo más antipedagógico es que el evaluado no sepa los criterios, contenidos, metodología, entre otras de la evaluación que va a presentar.Como propuesta, hago el llamado que representantes de FECODE estén en el proceso y sean tenida en cuenta las propuestas de ellos. gracias
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| Comentado por LUCIA | | 11 de Enero de 2009 06:18 | |
Me parece que a los docentes y directivos docentes que están ubicados en el nivel 3A desde la posesión en período de prueba NO DEBERIA EXIGIRSELE LA EVALUACION POR COMPETENCIAS para su Reubicación en el grado 3B, ya que han demostrado con un título de Maestría que son COMPETENTES para desempeñar las diferentes funciones requeridas para el cargo. Además, si los resultados de las evaluaciones del Período de Prueba y Desempeño anual que han realizado han sido en el nivel Sobresaliente, evidencia el gran compromiso que tienen con el mejoramiento de la calidad de la educación del país.
Por eso creo que se sale de los parámetros de "estímulo" exigir una nueva evaluación y que además el porcentaje de "ganancia" sea del 80%.
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| Comentado por marta | | 10 de Enero de 2009 23:07 | |
No veo claro cual es el periodo de prueba, en unas partes dice 4 meses en otras 1 año. Pienso que seria la oportunidad perfecta para dejar claro y constancia de cuanto es el tiempo. Gracias
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| Comentado por karolina | | 10 de Enero de 2009 21:45 | |
La evaluación es una herramienta que permite mejorar nuestro sistema educativo, identificando en este caso, fortalezas y debilidades de los educadores que hacemos parte de él. Si el ascenso en elgradodel escalafón docente, como dicen ustedes, constituye un reconocimiento a quienes hemos demostrado nuestras capacidades en el desarrollo sobresaliente de nuestro ejercicio docente, deberia facilitarse dicho ascenso,mas no, exigir tantos requisitos (realizar estudios deposgrado cuyos costos exceden cualquier presupuesto,teniendoen cuenta el sueldo que devengamos ;y obtener mas DEL 80% EN LA ESCALA DE CALIFICACION, si al momento de aspirar al cargo se nos pide el 60%).Estas consideraciones parecen mas una forma de evitar que podamos acceder al mejoramientode nuestro nivel salarial que cualquier otra cosa. Por lo tanto veria mas viable el hecho de que por una parte, se estimulara a losdocentes que en susevaluaciones de desmpeño han obtenido altas calificaciones, con becaspara que puedan acceder a los estudios de posgrado(maestrias y doctorados) y, por otro lado, se disminuyera el porcentaje del 80% de la evaluacion por competencias a todos los docentes. De igual manera espero que la evaluacion por competencias,sea eso, y no una evaluación donde pretendan que los docentes dominemos altos conocimientos sobre todas las áreas del saber. Gracias.
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| Comentado por LETICIA | | 10 de Enero de 2009 21:44 | |
Los estudios de especializaciones, maestrías y doctorados deberían ser tenidos en cuenta para ascenso al escalafón, pues se supone que el docente esta buscando optimizar su desempeño laboral, por lo tanto no se le debería evaluar. además la realizacion de otros estudios de pregrado a parte de la licenciatura deberian ser tenidos en cuenta desde que tengan relación con servicio a la comunidad. carreras como Comunicación Social , Trabajo Social , Psicología etc...,son carreras que sirven de soporte al trabajo en el aula, pero no son acreditas para ascenso en el escalafón
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| Comentado por GUSTAVO LEON | | 10 de Enero de 2009 19:41 | |
En el artículo 5º en el segundo parrafo se hace, practicamente, la misma exigencia del artículo 2º numeral 3º y que tal exigencia se torna inconstitucional e ilegal, pues tal exigencia no esta contemplada en el decreto - ley 1278 y si bien el Gobierno Nacional tiene la potestad reglamentaria, no menos cierto que dicha potestad tiene obligatoriamente que respetar la norma que esta reglamentando y cuidarse de no imponer exigencias que no estan contempladas en la ley. Por lo tanto debe de bastar para presentar dicha evaluacion, dejando constancia de no estra de acuerdo con ella, el sólo hecho de: estar nombrado en propiedad, tener la voluntad de presentarla y haber acumulado 3 años que pueden ser desde contados desde la posesión, desde el último ascenso o la última reubicacion. Sobre este punto del tiempo es necesario, tambien, respetar el tiempo que se haya acumulado y que por cualquier circunstancia no se haya podido utilizar.
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| Comentado por GUSTAVO LEON | | 10 de Enero de 2009 18:04 | |
Con todo rerspeto tengo que manofestar que las entidades del Estado no son muy dadas a cumplir los plazos establecidos pero si a exigirlos, por lo que me parece necesario, con respecto al parrafo 3º del artículo 17, que si despues de los 15 días siguientes a la acreditacion de los requisitos, la entidad territorial no ha expedido los actos administrativos de reubicacion o ascenso, entonces comenzará a generarse un costo acumulado desde los 15 días a que hacemos referencia hasta que efectivamente se expida el acto administrativo de reubicacion o ascenso.
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| Comentado por GUSTAVO LEON | | 10 de Enero de 2009 17:41 | |
Faltaria establecer como una responsabilidad del M.E.N. la de resolver en segunda instancia las reclamaciones de los directivos y docentes en cada caso; pues si la entidad territorial certificada es primera instancia necesariamente el Ministerio tendría que ser la segunda.
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| Comentado por GUSTAVO LEON | | 10 de Enero de 2009 17:31 | |
El requisito No. 3 del artículo 2º serìa inconstitucional e ilegal ya que la reglamentacion esta imponiendo condiciones que no trae la ley, veamos, lo unico que pide la ley es que: es voluntaria. - se debe de estar inscrito en el escalafon docente - tener 3 años de servicio. Por lo tanto esa exigencia debe de desaparecer.
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| Comentado por Mirta Isabel | | 10 de Enero de 2009 16:36 | |
La evaluación por competencias que se va aaplicar alos nuevos docentes va en contra del principio de igualdad ¿Será que los docentes pertenecientes al 2277 están mejor preparados o cumplen a cabalidad en todo?.
Por otra parte la evaluación constituye una amenaza permanente para el docente, sí la gana hay estímulo económico de lo contrario no, es esto justo? Me parece que el gobierno nacional le está ofreciendo al nuevo maestro un bajo estímulo, no veo de qué manera alcancemos algún día a recibir una primas y unas pensiones tan llenas de gracias como las de los maestros del 2277. Existen claramente 2 clases de maestros en Colombia. ¿Qué motivación le queda al docente que no alcance el 80% en la prueba?
Finalmente creo que tanta evaluacion, da a entender que el gobierno no confía en la formación del maestros, entonces porque no empieza por reformar los programas de licenciaturas y a capacitar al maestro de acuerdo al modelo educativo y el modelo de hombre que se quiere mostrar. Evaluar es mejorar, evaluar no es atacar. La evaluación debe ser respetuosa en el sentido de evaluar a cada quien desde su campo de formación . Gracias.
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| Comentado por Hector Fernando | | 10 de Enero de 2009 16:26 | |
Cuando Hablamos de Un Concurso de Meritos, debe constituirse en un estimulo para el Maestro y no en una forma de limitarle su accion Profesional.
He revisado Juiciosamente los datos del Ultimo Concurso y Encontre de los Miles de Profesores que Aprobaron el 0000.1% PAsaron por el 80% Igual a NAda.
Asi que Si no hay Objetividad de Ministerio para Comprender que el porcentaje aprobatorio debe ser el 60%, deberian Modificar de Nuevo este documento destacando que no es Posible para los 1278 Ascender en el escalafon.
Gracias
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| Comentado por LUCIA | | 10 de Enero de 2009 14:26 | |
Los docentes y directivos docentes que están ubicados en el grado 3A por tener titulo de Maestría acreditado por una universidad de excelencia académica reconocida por el M.E.N., desde el momento que se posesionaron en el período de Prueba NO DEBERIA SER NECESARIO una Evaluación por Competencias si además en la Evaluación de Período de Prueba y de DEsempeño de los años anteriores han obtenido un resultado SOBRESALIENTE para ser REUBICADOS en el nivel B del mismo grado.
Seria desconocer el compromiso con su trabajo y con su dedicación académica si los quiere someter ahora a una evaluación que no hay claridad de cuál es el ente encargado de realizarlas y evaluarlas.
Por otra parte, el derecho a ascender o a ser reubicado NO DEBE depender de la disponibilidad presupuestas anual del ente territorial respectivo. Es sólo eso UN DERECHO.
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| Comentado por LUCIA | | 10 de Enero de 2009 14:07 | |
La evaluación de competencias NO DEBIERA SER UN REQUISITO INDISPENSABLE para la reubicación de un docente o directivo docente en el mismo grado, puesto que si las evaluaciones de desempeño han sido SOBRESALIENTES en los 2 años anteriores es una muestra que se tiene el nivel académico exigido para estar en el grado correspondiente y su compromiso laboral es loable por lo que no necesita otras evidencias para ser reubicado.
Además para los que van a ascender, no puede ser que los actos administrativos que legalicen el hecho dependa de la disponibilidad presupuestal de la entidad territorial respectiva.
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| Comentado por ROBERTO FABIAN | | 10 de Enero de 2009 13:22 | |
EN RELIDAD EL PROYECTO DE DECRETO ES BUENO EN EL SENTIDO QUE OBLIGA A LOS DOCENTES A CAPACITARSE PARA ASCENDER EN EL ESCALAFON PERO CONSIDERO QUE EL PUNTAJE MINIMO DEL 80% EXIGIDO ES MUY ALTO, TENIENDO EN CUENTA QUE EN LAS PRUBAS DE SELECCION POR CONCURSO DE MERITOS LOS PUNTAJES EN SU MAYORIA NO SON SUPERIORES AL 80% Y OSCILAN ENTRE EL 60 Y 70%, LO CUAL DA A ENTENDER QUE LA MAYORIA DE DOCENTES NO TENDRAN LA POSIBILIDAD DE ASCENDER EN EL ESCALAFON MUY A PESAR DE QUE TENGAN BUEN DESEMPEÑO LABORAL Y HAGAN ESFUERZO POR SUPERARSE EN EL SENTIDO DE ESTUDIAR Y ESPECIALZIARSE, LO CUAL NO ES GARANTIA PARA MEJORAR SUS CONDICIONES LABORALES.
ADEMAS ES NECESARIO QUE EL MINISTERIO A TRAVES DE CONVENIOS CON INSTITUCIONES PERMITA A LOS DOCENTES CAPACITARSE PARA RESPONDER A LAS EXIGENCIAS DE CALIDAD EN LA EDUCACION COMO SE ESTABLECE EN LA REGLAMENTACION, PORQUE ES VERDAD QUE SE DEBE ASUMIR LA CALIDAD EN LA EDUCACION PERO SE DEBEN PROIPORCIONAR LAS HERRAMIENTAS NECESARIAS Y SIUFICIENTES PARA ASUMIRLA DE MANERA ADECUADA. HOY EN DIA SE EXIGE PERO NO SE PROPORCIONA LOS MEDIOS PARA RESPONDER A LAS EXIGENCAIS LO CUAL IMPIDE TENER UNA VERDADERA CALIDAD
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| Comentado por SANDRO JAVIER | | 09 de Enero de 2009 22:21 | |
considero que el puntaje de mínimo 80 puntos es demasiado alto, y puede ser utilizado para justificar la falta de preparación o el no ascenso de los docentes, más aún si la entidad que ejecutará estas pruebas es el ICFES, si tenemos en cuenta que a un estudiante que saca de 50 puntos(sobre 100) para adelante le vá muy bién. Es perentorio bajar el puntaje mínimo.
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| Comentado por MARLON | | 09 de Enero de 2009 21:48 | |
Cordial saludo.
Me parece muy injusto que solo a un grupo de docentes se evaluen, mientras que otros se encuentran realizando la misma labor sin que se les haga ninguna clase de evaluaciones, por lo tanto no estoy de acuerdo con la evaluación de competencias para el ascenso en el escalafón y mucho menos con con un porcentaje por encima del 80%.
Que mas evaluaciones que las de desempeño que se hacen anualmente. por que tantas trabas!
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| Comentado por Helmer Felipe | | 09 de Enero de 2009 20:52 | |
Considero que la puntuación de 80 para poder ascender en el escalafón por medio de la evaluación de competencias está muy elevado, siendo una puntuación ideal entre 60 y 70 puntos, ya que, este fue el puntaje promedio con el cual ingresamos al escalafón docente en el consurso de méritos. No se toma como un estímulo para el ascenso, sino como algo imposible.
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| Comentado por Giovani | | 09 de Enero de 2009 20:37 | |
Pienso que en vez de reglamentar el nuevo estatuto docente, deberian de pensar en unificar los dos estatutos docentes, (ya que a nivel suramericano el unico pais que cuenta con dos estatutos docentes es nuestra bella Colombia) y emanar un unico estatuto docente que realmente DIGNIFIQUE la labor docente, ya que somos nosotr@s los encargados de nuestras futuras generaciones, tenemos una gran responsabilidad social. Recuerde que por ahi dice que para ascender, la nacion debe contar con disponibilidad presupuestal. Un profesor debe tener una muy buena remuneración para que su entrega sea al 100% y no salarios que dejan mucho que pensar. Cómo es posible que una conserje o vigilante que no tienen ningún compromiso social tengan un salario muy por encima de un profesor del decreto 1278.
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| Comentado por Gladys del Rosario | | 09 de Enero de 2009 20:28 | |
La evaluacion por competencias es pertienente para quienes reprueben la evaluacion de desempeño que nos realizan los rectores. Considero doble evaluacion situacion antipedagogica y lesiva para quienes estamos en la funcion docente.
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| Comentado por DIANA PATRICIA | | 09 de Enero de 2009 18:13 | |
no me parece justo que debamos suparar las pruebas con el 80%, esta es una evaluacion sancion en donde se nota la poca probabilidad que nosotros los docentes inscritos en el 1278 obtemgamos una nivelacion salarial justa. Es cierto que la educacion pasa por un mal mimento pero los nuevos docentes heredamos el problema y ademas la sancion por la tarea que no hicieron nuestros colegas antiguos.Ademas solcito amplie el plazo para los comentarios por que todos estabamos en vacaiones y no nos hemos enterado de set decreto. gracias
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| Comentado por Santiago Díaz | | 09 de Enero de 2009 16:57 | |
El decreto es importante, pero me parece que el título de maestría o doctorado deberían dar el ascenso automático de grado cuando se esta en el nivel A.
Tambien deberían quedar en la lista de elegibles hasta por una convocatoria más los docentes que superaron el 80% de la prueba.
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| Comentado por Mario Hernan | | 09 de Enero de 2009 12:34 | |
Soy docente del 1278 y acabo de finalizar una maestria que no he terminado de pagar. Mis puntajes en las evaluaciones de desempeño anuales nunca han bajado de 90 puntos, es increible que deba presentar una evaluacion de competencias y pasarla con mas de 80% para poder ascender sabiendo que mi nivel academico y laboral han sido excelentes. propongo que a los docentes con maestria o doctorado no se nos exija la evaluacion de competencias y en cabio nos valoren los estudios realizados y la evaluacion anual de desempeño.
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| Comentado por Abelardo | | 09 de Enero de 2009 12:26 | |
Si bien es cierto que la evaluación es un proceso inherente a la educación, el actual decreto de evaluación de competencias docentes adelantado en las instituciones públicas es por demás arbitrario e intimidante.
El hecho de implicar una sanción ha dado a los directivos docentes pertenecientes al 2277 la oportunidad de amenazar con la estabilidad y buen nombre del docente, quienes de forma subjetiva contradicen todos los preceptos que implica la evaluación, la cuál debe ser integral, procesual y holística.
El hecho de no conocer casos en los que compañeros del 1278 hubieran ascendido y por el contrario el de muchos que han sido destituídos me lleva a la conclusión de que éste decreto no es más que un sofisma de distracción en dónde inmersos en una terminología floreada, idealista y vacía se quiere vender una falsa idea de trasparencia que desafortunadamente para nosotros como docentes se ha traducido en incertidumbre y confusión en el quehacer diario.
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| Comentado por OTTO GIOVANNI | | 09 de Enero de 2009 12:00 | |
Me parece que el porcentaje para pasar la evaluacion por competencias de 80 puntos es muy alto teniendo en cuenta que para las evaluaciones que se han hecho para ingresar a la carrera docente no han superado dicho puntaje.
me parece que el docente que apruebe la evaluacion no debe estar sujeto a la disponibilidad presupuestal de la entidad territorial, por que se convierte en una forma para evitar que el docente ascienda.
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| Comentado por jesus alberto | | 09 de Enero de 2009 11:45 | |
otro aporte, analizando el articulo 17 del proyecto de acurdo de ascenso 1278, pienso que no se tiene encuenta la sentencia C-423 del 26 de abril de 2005, pues si bien fue para los ascensos de los docentes 2277, se estaria violando el Derecho a la igualdad, pues a estos (1278), se le estaria imponiendo como requisito de ascensos la disponibilidad presupuestal, cuando dicha situacion ya esta definida en esta sentencia. gracias
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| Comentado por jesus alberto | | 09 de Enero de 2009 11:20 | |
existen vacios serios en este Decreto los cuales deben quedar solucionadas, por ejemplo, si un docente del grado dos nivel salarial c, realiza su maestria y cumple los requisitos, este ascenderia al al grado 3 pero aque nivel salarial para no desmejorarlo?.
un docente con maestria grado 3 nivel a, octiene su doctorado, tendria que esperar el ascenso, o pader mejoramiento salarial, o con solo hecho de aportar el titulo se le empesaria a pagar?.
los licenciados o profesionales que adquieren su especializacion no tiene que esperar evaluacion de desempeño?, o con el solo hecho de presentar el diploma se les empieza a pagar su salario.
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| Comentado por Albio | | 09 de Enero de 2009 10:32 | |
Qué sucede con el ascenso de los docentes del decreto 2277 de l979 que llegamos al grado 14, se puede crear la opción en este decreto para que voluntariamente los docentes del viejo escalafón tambien puedan ascender en este nuevo escalafon teniendo en cuenta la experiencia adquirida en el grado 14, sus titulos con el fin de aspiar a la escala salarial mas alta del decreto 1278 de 2002, sin incluir ningun tipo de prueba, teniendo en cuenta que es como la oportunidad para que estos docentes que ya estan pensionados la mayoria, puedan voluntariamente inscribirse y ascender en el nuevo escalafon y retirarse con un salario digno que les pueda brindar el nuevo escalafon y seria una forma de ir metiendo a los docentes en el nuevo escalafon como una forma de dignificar el gremio docente, que sigue teniendo unos salarios de hambre en pleno siglo 21 comparados con otros docentes de Latinoamerica
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| Comentado por danilo | | 08 de Enero de 2009 23:22 | |
considero que no es justo y viola el derecho a la igualdad el tener nosotros los nombrados por concurso que presentar evaluacion para poder ascender, lo cual los docentes antiguos no les toca hacer. otro aspecto a revisar es cuando se habla de disponibilidad presupuestal ya que mediante sentencia de la corte no se debe estar supeditado a que el gobierno apropie dinero para ascensos.
el mejor premio para este castigado gremio es establecer las mismas condiciones de ascenso sin mas evaluaciones "colador" que solo buscan ahorrar dinero al pretender que no todos tengan la suerte de pasar de 80 puntos
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| Comentado por Julia Inés | | 08 de Enero de 2009 20:40 | |
Cordial saludo.
Qué se pretende con la evaluación...mejorar. Si es para mejorar todos las deberíamos presentar y hacer flexible la calificación, por rangos, realmente aplicar el proceso de mejoramiento continuo y no el de cortar posibilidades simplemente porque no superó el 80%.
Julia
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| Comentado por Jaime Alberto | | 08 de Enero de 2009 19:04 | |
En el Artículo 5. Tiempo de servicio y evaluaciones de desempeño. Parágrafo 2. Discrimina al docente o directivo docente que ya haya obtenido el titulo académico antes de la fecha de inscripción de la convocatoria, y simultáneamente promueve que el docente o directivo docente que este estudiando dilate la obtención del titulo para hacer acreedor a dicho beneficio. Por estas razones considero que se debería incluir en el parágrafo 2 del artículo 5 a los docentes o directivos docentes que ya tengan el titulo académico.
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| Comentado por Jaime Alberto | | 08 de Enero de 2009 19:02 | |
Me permito hacer los siguientes comentarios al borrador del proyecto de decreto:
En el Artículo 5. Tiempo de servicio y evaluaciones de desempeño. Parágrafo 1.
"...interrumpe el tiempo de servicio necesario para efectos de participar en la evaluación de competencias..."
Hace referencia al tiempo de servicio necesario para poder presentar la evaluación de competencias; pero en ninguna parte del decreto se establece. Creo dicho requisito se podría adicionar en el inciso segundo del mismo artículo, quedando así:
Para ser reubicado de nivel salarial con posterioridad a la primera reubicación o ascenso, deberán acreditarse dos (2) años de servicio y las dos (2) evaluaciones de desempeño anual satisfactorias inmediatamente anteriores a la inscripción en un nuevo proceso de evaluación de competencias.
Con lo cual es coherente con el resto del inciso y tiene en cuenta el año que dura el proceso de evaluación de competencias.
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| Comentado por Jaime Alberto | | 08 de Enero de 2009 19:00 | |
En el Artículo 4 Responsabilidades del Ministerio de Educación Nacional. Creo que falta como numeral cuatro (4): Definir la entidad pública o privada encargada de la prueba. De la hace referencia en el artículo 14.
El Artículo 8. Responsabilidades del docente o directivo docente. Expresa que el docente o directivo docente es responsable de la acreditación de requisitos para la reubicación o para el ascenso; pero el Artículo 14 parágrafo 2expresa: "La entidad territorial certificada no podrá exigir al docente o directivo docente certificaciones relativas a los requisitos de tiempo de servicio o a la evaluación anual de desempeño". ¿Cómo se hace para acreditar el resultado de la evaluación de competencias que la misma entidad territorial certificada posee?.
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| Comentado por Jaime Alberto | | 08 de Enero de 2009 18:59 | |
En el Capitulo II Proceso de Evaluación de Competencias, Artículo 10. Convocatoria el Numeral a) Debería ser coherente con el titulo del capitulo y especificar los requisitos de la evaluación de competencias y no de la reubicación o ascenso como actualmente aparece.
En el Artículo 16 Requisitos, a continuación donde se nombra el artículo dos (2) se debería escribir también el artículo cinco (5), pues este articulo también establece o mejor dicho articulo (el cinco) especifica los requisitos para el reubicación de nivel y el ascenso de grado.
En el Artículo 17 inciso cuatro (4) "Una vez agotada la respectiva disponibilidad presupuestal anual, si procede efectuar otras reubicaciones o ascensos en estricto orden de puntaje.." (resaltado fuera de texto), ese procede hace referencia a que exista listado de docentes o directivos docentes o que dependa de algún factor que no esta especificado.
En ambos casos ¿Qué sucede los docentes y directivos docentes que cumplen los requisitos de tiempo de servicio, y puntaje mayor de 80% si no alcanza la disponibilidad presupuestal? A caso quedarían pendientes hasta la próxima convocatoria?
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| Comentado por Silvia | | 08 de Enero de 2009 18:55 | |
En el artículo 1 Objeto, hace referencia a
"...así como la reubicación de nivel salarial dentro del mismo grado y el ascenso de grado en el Escalafón Docente de aquellos que han alcanzado un desarrollo sobresaliente en el ejercicio de la docencia o la dirección educativa. Este desarrollo sobresaliente es resultado del esfuerzo permanente del docente o directivo docente por mejorar sus competencias y destacarse por su desempeño profesional, mediante la práctica reflexiva y la formación." (subrayado fuera el texto original)
Se podría pensar en incentivar a los docentes que han tenido una valoración sobresaliente (mayor del 90%) en la evaluación de desempeño anual exonerándolos de la evaluación de competencias para tener derecho a la reubicación de nivel o ascenso de grado, cumpliendo con los demás requisitos
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| Comentado por Jairo | | 08 de Enero de 2009 18:52 | |
Teniendo en cuenta que unas del las bases del decreto 1278 es la profesionalización de la carrera docente, debería bastar con acreditar el titulo académico para ser ascendido, en el caso del grado uno (1) a dos (2) titulo de pregrado o del grado dos (2) al tres (3) titulo de postgrado (Maestría o doctorado), debido a que en cualquiera de los casos es necesario una gran inversión de tiempo, esfuerzo y dinero en la capacitación del docente. Además a manera de ejmplo, si se realiza una comparación entre dos personas con capacidades semejantes, Pedro que este en carrera (concursó y se posesionó) y Juan que no esta carrera, las cuales estudian juntas y obtienen el mismo titulo académico. Poco tiempo después Juan concursa y pasa (obvio, tiene las mismas capacidades que Pedro). Desde el momento en que Juan empieza esta en un grado superior, sin tener que llenar otro requisito adicional al titulo obtenido. Con este ejemplo queda de manifiesto que Pedro esta en desventaja, pues aunque tiene las mismas capacidades y el mismo titulo académico que Juan, esta en un grado inferior por el solo hecho de haber ingresado a la carrera docente primero. ¿Será que si se cumple el derecho a la igualdad con Pedro que tiene las mismas capacidades que Juan?
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| Comentado por Elkin Amado | | 08 de Enero de 2009 18:07 | |
Señores MEN.
Debieran de permitir que aquellas personas que tengan especialización, puedan continuar haciendo su maestría y una vez esta terminada se pueda pasar automaticamente al proximo grado.
Es importante que de alguna manera estimulen el estudio, la investigación y l a superación de los maestrso, así dará un mejor resultado.
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| Comentado por Hutson | | 08 de Enero de 2009 16:16 | |
SGP: DECRETO 2277 Y DECRETO 1278.
Los recursos provenientes de ambos estatutos son del SGP. Del dinero que cada año reciben las entidades territoriales se debe actualizar a los del decreto 2277 y además habrá qué pagar a los del 1278. ¿Cuáles serán los criterios para dar prioridad al pago de uno u otro? ¿O acaso los recursos para ascenso del 1278-02 provendrán de un rublo adicional?
RECURSOS SOBRE LA EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS.
El art. 7º sólo dice que las entidades territoriales resolverán en primera instancia las reclamaciones sobre evaluación de competencias, pero en ninguna parte se dice quién es la segunda instancia: ¿el Ministerio, la CNSC? (art. 36 decreto 1278).
EMPATES.
El proyecto en ninguna parte aclara sobre la forma de resolver empates. Debe considerar el Ministerio que 6 personas pueden obtener el mismo puntaje (88.63, por ejemplo) y el presupuesto puede alcanzar a pagar sólo hasta el primero o segundo de la lista. Cuál va a ser el criterio para establecer quién va de primero, quién de segundo y así sucesivamente.
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| Comentado por Hutson | | 08 de Enero de 2009 16:15 | |
LA APROPIACIÓN PRESUPUESTAL.
El numeral 2 del artículo 7º y el artículo 17º mencionan la apropiación de recursos de forma global, pero no señalan de ninguna forma de dónde salen esos recursos, dejando abierto un boquete interpretativo sobre la apropiación de recursos propios para la financiación de los ascensos, creando un desfase en el presupuesto de la vigencia fiscal siguiente del SGP y dando la opción a los sindicatos que exijan esos recursos de las entidades territoriales. Sería mejor si el decreto fuera completamente claro en señalar que para el pago de ascensos y reubicaciones sólo se puede hacer uso de los recursos remitidos por el SGP y hasta el monto girado.
VIGENCIA DEL LISTADO.
En ninguna parte del decreto se menciona cuál es la situación de las personas que quedaron en el listado y que no se alcanzaron a ascender o reubicar. La evaluación de competencias se puede realizar en máximo cada seis años. Cada año se gira el SGP y quedan excedentes de la vigencia fiscal anterior. ¿Qué pasa con los docentes que quedaron en la lista? ¿Qué pasará con los docentes que no alcancen a ser cubiertos con los recursos? ¿Perderán la oportunidad o quedarán en espera a que se les actualice el ascenso cuando haya disponibilidad? Es necesario definir qué pasa con ellos, si la lista tiene vigencia sólo por el año en que se hace o demás posibilidades.
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| Comentado por Hutson | | 08 de Enero de 2009 16:13 | |
SOBRE EL TIEMPO DE SERVICIO.
El numeral 2 del artículo 2º y el artículo 5º cuentan los 3 años a partir del período de prueba. Esto sería sólo para las personas que ascienden o se reubican por primera vez luego de la inscripción. Pero para los demás ascensos o reubicaciones... ¿a partir de cuándo se cuentan los tres años? ¿Se cuentan los tres años a partir de la última fecha que se tomó, encadenando el tiempo sin solución de continuidad como con el tiempo de los docentes del Decreto 2277-79, es decir, acumulativo? ¿Se cuentan los tres años a partir de la fecha del acto administrativo de ascenso o reubicación?
INSCRIPCIÓN DEL PROFESIONAL.
De acuerdo al inciso segundo del artículo 3º al profesional le basta demostrar que está cursando un postgrado en educación. ¿Se puede inscribir en carrera a un docente con título profesional con sólo demostrar que cursa un postgrado en educación? ¿Y si después de inscrito decide no terminarlo?
ASCENSO SIN TRES AÑOS DE EXPERIENCIA.
El parágrafo 2 del artículo 5º es algo confuso. A la final, se podría concluir que siempre que se vaya a realizar un ascenso no es necesario exigir los tres años de experiencia. Si esa no es la conclusión debe cambiarse la redacción y mejorar el sentido del artículo.
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| Comentado por JESUS EDUARDO | | 08 de Enero de 2009 15:58 | |
El m.e.n en una clara demostracion de demagogia pretende decir que enviemos comentarios y formulemos propuestas para el decreto, cuando esto ya esta dado recuerden que el nefasto 1278 ya trae la norma del 80% o superior para aprobar bien sea la rehubicacion salarial o el ascenso no hay que olvidar que el decreto 1278 nacio en el seno del pensamiento neoliberal de ahorrar ahorrar y ahorrar para la guerra. Ministra no nos mintamos ustedes solo son agentes que hacen cumplir con estas normas que realmente desmotivan a los jovenes para que se forjen como maestros, la revolucion educativa no es otra que tratar de hacer del magisterio unos empleados de 4 categoria y sumidos en la pobreza con esos miseros salarios ylas trabas de un estado totalitario.
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| Comentado por miguel antonio | | 08 de Enero de 2009 12:39 | |
No estoy de acuerdo con LOS 80 PUNTOS, considero que deben ser 60 puntos para superar la prueba.Esta es la opinion de todos mis compañeros.
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| Comentado por fernando | | 08 de Enero de 2009 12:16 | |
Despues de leido el proyecto. Considero que no pueden existir dos evaluaciones : Para reubicarse y para ascender, con ese porcentaje de aprobaciòn ,tenaz.¿Porque para la reubicaciònen el grado no se tienen en cuenta otros mecanismos?(por ejemplo: Evaluaciones de desempeño,experiencia(hoja de vida),trabajos escritos,participacion en proyectos,etc).Y se presentara solamente una prueba de competencias para el ascenso en el escalafon,EN ULTIMAS , si no se logra unificar un estatuto docente.
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| Comentado por FERNANDO | | 08 de Enero de 2009 11:20 | |
SEÑORA MINISTRA, USTED NOS QUIERE SACRIFICAR MAS...
NO LE BASTA CON EL SUELDO POCO QUE RECIBIMOS CON RESPECTO A OTROS EDUCADORES DISTINTOS A LOS DEL 1278?
Usted es que no está de acuerdo con nosotros los que hemos pasado el Concurso?
Según eso no está de acuerdo con el examen que realizó el ICFES?
Cordial saludo,
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| Comentado por JORGE ENRIQUE | | 08 de Enero de 2009 10:43 | |
1. Evaluar a todos(as) los(as) docentes del Estado, incluyendo a los antiguos. Los resultados de las pruebas del Examen de Estado ICFES y Saber han demostrado el bajo nivel de calidad de los colegios del Estado. El derecho a la calidad educativa prevalece sobre cualquier acuerdo laboral anterior o derecho adquirido. Los docentes antiguos tienen muchos beneficios laborales, los cuales no estan reflejados en un desempeño efectivo.
2. La evaluación debería ser obligatoria para los(as) directivos docentes y docentes tanto de colegios del Estado como privados, lo cual contribuiría a mejorar el desempeño de los(as) docentes en general.
3. Evaluar con lupa los planes de estudio, procesos de evaluación, investigación, recursos pertinentes y en general PEI de las facultades de Educación de nuestra país, pues los egresados son de muy baja calidad profesional, terminan preparandose realmente en los colegios (con la experiencia). Los planes de estudio de las facultades de educación de las universidades distan mucho de la realidad educativa de nuestro país en los niveles de preescolar, básica y media, lo cual contribuye al bajo nivel educativo que esta nuestro país (pruebas PISA y demás internacionales). Muchos títulos y poca efectividad de desempeño.
4. Validar las facultades de educación los estudios logrados a través de la autoformación, que en ocasiones son de mayor calidad que los presenciales y formales.
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| Comentado por Albert | | 08 de Enero de 2009 08:27 | |
la evaluacion anual de desempeño debe ser suficiente, para obtener el ascenso en el escalafón.
Es una burla hablar de una evaluación de competencias como un mínimo del 80 %para ser considerado para el ascenso y menos aun supeditar este a la disposición de presupuesto.
Este proyecto busca como lograr que los docentes no asciendan en el escalafón, desmotivando su accionar y desempeño
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| Comentado por Donaldo | | 08 de Enero de 2009 08:26 | |
Buenos Días Ministerio de Educación Nacional. Me alegra conocer el decreto de evaluación de competencias del cual noto resulta completo en la mayoría de los apartes. Sin embargo me parece conveniente aclarar lo que ocurre cuando él maestro pasa de un nivel a otro. De la misma manera me parece conveniente el hecho de que el maestro se vea obligado a la presentación de las pruebas y no así el desea. Igualmente me gustaría que el decreto otorgase la responsabilidad a las entidades territoriales por demoras en el desarrollo de esta evaluación pues si bien el maestro desea un mejor sueldo y no es responsable de trabas o demoras de entidades que no se preocupan por brindar al docente una mejor calidad de vida. Gracias
Donaldo Fernández Castellanos
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| Comentado por maria victoria | | 08 de Enero de 2009 07:15 | |
Es necesario que desde las Secretarìas de Educaciòn Departamentales en primer lugar se vea como se han capacitado los docentes desde hace tres años ya que su presencia en este sentido como el caso de Santander ha sido nula.De esta forma como se pretende evaluar normas y actitudes en el aula si cada uno interpreta de diferentes formas por favor tener encuenta la provincia
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| Comentado por MARY | | 08 de Enero de 2009 05:52 | |
ES POSIBLE QUE LOS DIRECTIVOS DOCENTES NOMBRADOS MEDIANTE CONCURSO Y YA NOMBRADOS COMO DOCENTES POR EL 2277 TAMBIEN SE EVALUEN BAJO LOS PARAMETROS DEL DECRETO 1278? ESTO SERA MUY SALUDABLE PARA LA EDUCACION PUES ELLOS SE CONSIDERAN INTOCABLES
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| Comentado por RIGOBERTO | | 07 de Enero de 2009 20:54 | |
El maestro pilar fundamental en la formación y construcción de un país. Todos debemos pasar por las enseñanzas, la orientación y la educación que el mestro nos de. Toda profesión debe ser orientada por un maestro. ¿ Es la evaluación de competancias la mejor manera de colocar al maestro en el pedestar que se merece? ¿El 80% no es la perfección para un estímulo esconómico tan bajo para un profesional de profesionales?. Un 60% sería lo razonable lo demás el maestro lo demostrará en el aula de clase
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| Comentado por jorge enrique | | 07 de Enero de 2009 20:43 | |
cordial saludo.
apreciados funcionarios del MEN. considero que el porcentaje sobre el 80% para "superar" la prueba de competencias, es demasiado elevado. Sin embargo, considero que solamente a partir de un trabajo en equipo entre un equipo de docentes que se rigen por el nuevo estatuto, funcionarios del MEN, congresistas y la directiva sindical de FECODE, entre otros; podrán buscar los cambios al decreto 1278, que últimas es quien rige inadecuadamente esta evaluacion de competencias.
Sin embargo deseo realizar el siguiente aporte:
el art. 6° del borrador del decreto de evaluacion fija como una responsabilidad del MEN " Establecer criterios para el diseño, la construcción y la aplicación de pruebas para la evaluación de competencias." lo más probable es que se conforme una comisión tecnica para ello, espero que dicha comisión este integarda por representates de las universidades, el icfes, el MEN y claro.. docentes regidos por 1278.
ahora bien no comprendo las razones de fondo, por las cuales la evaluación de desempeño que anualmente se realizan en las instituciones y en las que se valoran las competencias que en realidad demuestran los docentes en su cotidiano desempeño profesional, solo es tenida encuenta como un prerequisito para realizar la evaluación de competencias; cuando en dicho proceso evaluativo se valorar las competencias demostradas por los docentes en su diario labor, ?será que una prueba externa y descontextualizada, que se realiza en un solo dia, puede servir de parametro para cualificar el desempeño de un docen
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| Comentado por ELBER RAFAEL | | 07 de Enero de 2009 17:50 | |
Los docentes 1278 nos sentimos como rienda suelta al no encontrar suficiente información por parte de las secretarías de educación y del mismo ministerio en cuanto al conocimiento e interpretación de este nuevo estatuto. Al leerlo, nos conduce a realizar interpretaciones erróneas por que no se conocen claramente las directrices para los ascensos, inscripción en el escalafón, evaluación de desempeño y competencias etc por que no se realiza la suficiente capacitación a los agentes involucrados y seguimiento a los procesos por parte del ministerio que solo se limita a realizar cambios y publicar en la página Web. Por ejemplo no se explica como un titulo de ESPECIALIZACIÓN EN EDUCACIÓN no se tiene en cuenta para ascenso siendo que a principios de año en el decreto 714 se estableció una nueva escala salarial para los docentes que tienen este titulo.
Sobre el borrador para reglamentar la evaluación de competencias considero que tiene cosas buenas como la inclusión del periodo de prueba para tiempo de servicio, pero la calificación del 80% aunque lo establece el 1278 me parece exagerado, por que desconoce nuestro merito al haber superado un concurso donde se exigió el 60% para ingresar y todo el esfuerzo que durante más de tres años hemos hecho en las aulas de clases, procesos de capacitación y mejoramiento académico para fortalecer la labor pedagógica etc. Considero que la evaluación debe ser un instrumento que conduzca al mejoramiento continuo y no una conducta represiva que nos haga ver la reubicación salarial y el ascenso como una utop
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| Comentado por Guillermo | | 07 de Enero de 2009 16:04 | |
Me preguntaba de nuevo:
De qué forma podemos participar los educadores en el diseño de esta propuesta. Qué podemos opinar, que ya no esté decretado.
Muchas gracias
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| Comentado por Carlos Enrique | | 07 de Enero de 2009 16:01 | |
Al respecto del proyecto de evaluación de competencias y reubicación salarial, me permito comentar que, noto un vacío acerca de los ascensos por obras publicadas para los docentes del 1278. Al revisar el borrador, no encuentro por ningún lado a qué grado o nivel ascenderíamos los docentes en caso de publicar algo, sea una cartilla, un libro, o cualquier producción intelectual que interese al sector educativo, tal y como lo contempla el decreto 1278.
En este borrador aparece reglamentado el ascenso por tiempo de servicios y por estudio, pero no aparecen ascensos por libros publicados.
Sería formidable, entonces, que incluyeran este tópico de ascensos por obras publicadas y así estaríamos muy estimulados para producir obras de interés para la educación.
También quiero manifestar que, considero exageradamente alto el porcentaje con el debemos pasar la evaluación. Me parece, y sería lo justo, que con pasar con un nivel satisfactorio la evaluación anual, sería más que suficiente para ascender en el escalafón, cumpliendo, lógicamente los otros requisitos de tiempo y años de servicio.
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| Comentado por Carlos Enrique | | 07 de Enero de 2009 15:35 | |
Al respecto del proyecto de evaluación de competencias y reubicación salarial, me permito comentar que, noto un vacío acerca de los ascensos por obras publicadas para los docentes del 1278. Al revisar el borrador no encuentro por ningún lado a qué grado o nivel ascenderíamos los docentes en caso de publicar algo, sea una cartilla, un libro, o cualquier producción intelectual que interese al sector educativo, tal y como lo contempla el decreto 1278.
En este borrador aparece reglamentado el ascenso por tiempo de servicios y por estudio, pero no aparecen ascensos por libros publicados.
Sería formidable, entonces que incluyeran este tópico de ascensos por obras publicadas y así estaríamos muy estimulados para producir obras de interés para la educación.
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| Comentado por PEDRO PABLO | | 06 de Enero de 2009 21:07 | |
Tal como está redactado el proyecto de Dcreto, presenta una des-igualdad de condiciones para llegar a un grado superior, entre el que está nombrado y pretende ascender y el que se presenta a concuso para nombramiento. pues para ascender por ejemplo del grado 1A al 2A estando nombrado se requiere obtener 80% en la prueba de competencias pero si se presenta a concurso de méritos para nombramiento y llena los requisitos para el grado 2A, solo necesita obtener nota superior a 60% para acceder al cargo y se inscribe de una vez en el grado 2A. con ventaja para este último.
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| Comentado por german alexis | | 06 de Enero de 2009 20:29 | |
El 80% es muy alto, ni siquiera a los estudiantes se les pide eso, deberia ser un mas bajo, por ahi un 60% o como a los directivos docentes 70%
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| Comentado por juan carlos | | 05 de Enero de 2009 21:13 | |
tener en cuenta el promedio de los tres años en la evaluacion de desempeño para un 80 por ciento. tomar un puntaje de 60 por ciento para la evaluación de competencias.
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| Comentado por hugo fernando | | 05 de Enero de 2009 18:34 | |
Señores MEN cordial saludo
gracias por el espacio de participacion, espero nuestros aportes construyan un decreto que permita mejorar la calidad y estimular la capacitacion. nuestros salarios no son de profesionales y la evaluacion de competencias con tan altos porcentajes hace una utopia la mejoria de nuestro salario.
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| Comentado por Sonia Mireya | | 05 de Enero de 2009 17:47 | |
El proyecto me parece demasiado exigente en lo referente al 80% que se exige en la evaluaciòn de competencias, creo que serìa mas justo un 60% como mìnimo que es la calificaciòn que se tiene en cuenta en cualquier concurso de mèritos en nuestro paìs.
Ademàs se debe considerar que como aspirantes al ascenso hemos sido evaluados en el concurso de mèritos y en las evaluaciones anuales que hemos superado satisfactoriamente mostrando nuestra idoneidad en el cargo de docentes.
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| Comentado por Esperanza | | 05 de Enero de 2009 16:29 | |
Cordial Saludo:
Estoy de acuerdo con las opiniones de todos, me parece que el 80% es muy alto, teniendo en cuenta los examenes de ingreso donde dificilmente superamos el 60%. Tambien creo que si uno tiene una carrera o maestria debe ascender sin necesidad de evaluacion pues por eso la universidad ya le acredito el titulo.
Gracias
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| Comentado por rafael | | 05 de Enero de 2009 16:19 | |
Es una exageración exigir una calificación mínima del 80%
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| Comentado por jorge | | 05 de Enero de 2009 15:13 | |
ese porcentaje esta muy alto, el que gane tiene que tener una suerte de dios padre.
Deverian sacar un decreto donde den la posibilidad de que los maestros realisen maestrias
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| Comentado por DIEGO JAVIER | | 05 de Enero de 2009 12:11 | |
En buenahora se acordaron de los docentes que fuimos nombrados bajo el suplicio de la ley 1278 mediante concurso de meritos, el cual nos tiene sometidos a constantes evaluaciones y es triste saber que para ascender y mejorar nuestros ingresos salariales tambien debemos someternos a una evaluación de competencias con una ponderación barrera del 80% (no sera muy alto) ¿es estimular o castigar?, fuera de llenar requisitos onerosos de poseer postgrados, maestrias,etc , que no justifican el interés del maestro en superarse cada día. Además en nuestro ente territorial del Magdalena todavía no hemos sido inscritos en el escalafón nacional ¿el tiempo pasado que?, estamos retrasados porque a nivel nacional ya se esta manejando el ascenso. En todo caso gracias por este espacio para expresar nuestros sentimientos e ideas. ¡Queramos mucho al maestro!
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| Comentado por LUZ NELIDA | | 05 de Enero de 2009 09:35 | |
En general, considero que el decreto posee el articulado necesario para reglamentar la evaluacion de competencias, sin embargo, en el artículo 6° dentro de las responsabilidades del Ministerio, pienso que es necesario precisar la contratación para la aplicacion de la prueba puesto que en el conjunto del decreto como está redactado da la impresion que nadie se hará cargo de ella.
De otro lado, es necesario revisar el requisito exigido a los profesionales con titulo diferente a licenciado en educación, toda vez que el parágrafo 1° del artículo 12 determina que al finalizar el período de prueba deberán acreditar "que cursan... un postgrado en educacion" pero no se especifica en ese caso, cuanto es el plazo para terminar dicho programa y esto implica que las entidades territoriales no tenga una herramienta jurídica para determinar la revocatoria del nombramiento cuando el docente inicia un postgrado pero no lo culmina en el tiempo previsto.
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| Comentado por JUAN CARLOS | | 04 de Enero de 2009 19:49 | |
FUI NOMBRADO EN PERIODO DE PRUEBA EN OCTUBRE DE 2005, CON MUCHOS OTROS DOCENTES DEL DPTO. DE NARIÑO, EN ESTE MOMENTO LLEVAMOS 3 AÑOS Y DOS MESES EN EL MISMO GRADO Y NIVEL (2A), Y SOLO HASTA ESTE MOMENTO SE HAN ACORDADO DE REDACTAR UN PROYECTO DE DECRETO (EL CUAL HA SIDO REVISADO 2 VECES), CUANTOS AÑOS MÁS TENDREMOS QUE ESPERAR PARA QUE SE DIGNEN REDACTAR EL DECRETO EN FIRME, SE CONVOQUE A EVALUACION, SE REALICEN LAS PRUEBAS, SE PUBLIQUEN LOS RESULTADOS, SE RESUELVAN LAS RECLAMACIONES Y DEMANDAS Y POR FIN SE DEN A CONOCER LA LISTA DE POSIBLES DOCENTES A ASCENDER (SI ES QUE EXISTE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL).
CUANTOS AÑOS MÁS TENDREMOS QUE SOBREVIVIR CON ESTE SALARIO MISERABLE.
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| Comentado por lacides alfonso | | 04 de Enero de 2009 19:05 | |
comision:
que se tenga encuenta la evaluacion de desempeño docente, con un alto valor porcentual en la evaluacion de competencias.
tambien el puntaje de 80 porciento se debe bajar al 60 dado que estoy seguro que si se aplican las pruebas de competencias a los congresistas no superan el 80 porciento
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| Comentado por Juan Manuel | | 04 de Enero de 2009 17:45 | |
Grave que saquen a la CNSC de este proceso, no aparece por ningun lado
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| Comentado por Juan Manuel | | 04 de Enero de 2009 17:40 | |
Cualquier reubicación o ascendo deberá tener como requisito como mínimo los dos evaluaciones desempeño anterios en nivel satisfactorias despues de la primera reubicación o ascenso
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| Comentado por Olga patricia | | 03 de Enero de 2009 11:54 | |
Me parece que los ajustes realizados al proyecto son acertados, excepto lo que se refiere al porcentaje de la evaluacion. Estoy deacuerdo con los que opinan que es suficiente con haber sobrepasado un periodo de prueba de un año, mas evaluaciones de desempeño constantes las cuales ademas tambien tienen una calificación.
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| Comentado por FERNANDO | | 02 de Enero de 2009 19:09 | |
Con mucho pesar, manfiesto que ambas pruebas son un dolo para docentes y estudiantes.
Señora Ministra:
Usted debería pensar en una evaluación para poder ser Ministra.
Cordial saludo,
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| Comentado por orlando | | 02 de Enero de 2009 18:09 | |
Veo una dificultad en el porcentaje de la prueba; ya que el 80% es muy alto y parece ser más un obstáculo o sanción que un estimulo a aquellos que han alcanzado un buen desempeño en sus competencias. Podría ser un 60% para ser reubicado en un mismo grado y el 70% para ascender de un grado a otro. Igualmente la prueba deberá ser diseñada para cada área en la cual fue nombrado el docente que aspira a ser reubicado o a ascender y por expertos en dicha área, que esten acordes a las muy diversas realidades colombianas; porque considero que no es lo mismo el desarrollo de competencias en una capital que otro territorio carente de muchas comodidades y oportunidades de superación. Además la prueba deberia aplicarse para la segunda solicitud de reubicación o ascenso. y para quienes realicen estudios profesionales durante la docencia no deberían aplicarse.
Gracias.
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| Comentado por ESPERANZA | | 02 de Enero de 2009 17:50 | |
Enero 2 de 2009
el porcentaje para pasar el examen me parece demasiado alto se debería bajar a un 60% .Esta sería una forma de motivación a nosotros los docentes .
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| Comentado por carlos | | 02 de Enero de 2009 15:32 | |
quiero que el puntaje minimo de la prueba sea mas baja por ejermplo asi como la del concusro de docentes por me parece muy drastico se puntaje del 80% muy alto
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| Comentado por Oscar Alberto | | 02 de Enero de 2009 11:52 | |
Como es posible que para ingresar se exija un minimo de 60 puntos y para ascender 80 puntos, cuando el promedio nacional fue cerca de 68 puntos o menos, además que la evaluación de competencias no es solamente de mi area de desempeño, ejemplo ciencias sociales, sino que se le suma matematicas y lenguaje que son transversales pero no la sespecificas de mi saber profesional. ademas de una psicotecnica que no sabemos verdaderamente que evalua.
gracias
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| Comentado por yaneth M. | | 02 de Enero de 2009 00:54 | |
No es justo que para mejorar el salario se tenga que concursar, basta las especializaciones , maestria, tiempo y la evaluacion de de desempeño
Es que ser licenciado es la unica profesion que se necesita concursar para para mejorar su sueldo.
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| Comentado por jhonny de la cruz | | 01 de Enero de 2009 23:39 | |
Señora Ministra, estoy seguro que este proyecto de Decreto es una atentado contra nuestra estabilidad labora y desarrollo profesional. Primero, no nos deja oportunidad de seguir cualificándonos; Parágrafo 2 del Articulo 5. Segundo, nos ponen en mano de los gobernantes regionales para el ascenso o reubicación; Numeral 1 del Articulo 7 y Tercero es algo titanico sacarle al ICFES un promedio de 81 puntos; Articulo 16.
Señora Ministra le hago las siguientes preguntas: ¿Cuántas evaluaciones de competencia a presentado usted? y si las ha presentado ¿cuál a sido su calificación?
¿Cuántos docentes y directivos docentes han obtenido un promedio de 81 puntos en las pruebas del ICFES para el concurso de meritos docentes en toda Colombia?
¿Qué culpa tenemos los nuevos docentes de los errores del pasado para que se nos trate de esa forma?
¿Por qué el Ministerio de Educación no deja de perseguir a los maestros y persigue a los políticos y docentes corruptos de este país en compañía del Fiscal General de la Nación?
Señora Ministra de Educación es injusto lo que usted pretenden hacer con las condiciones especiales planteadas en este Decreto.
Seria justo y equitativo pensar en un promedio; la MITAD MAS UNO.
Recuerde que el Estado no puede estar en contra de los principios constitucionales.
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| Comentado por ALBERTO LUIS | | 01 de Enero de 2009 20:33 | |
Me gustaria saber cuál fue el criterio con el que se fijo el 80% de nota mínima para superar la prueba. Considero que un 70% es un mínimo justo, o establecer una escala desde el 60%, es decir, el que obtenga el 60% asciende con la mitad del incremento, de esta manera, se hará masiva la convocatoria y se establece una competencia sana en el ascenso. Considero que el método y el borrador del decreto está, en lo demás, bien articulado y es muy explicito. ¿Que sucederá en el colectivo docente, si la gran mayoría no asciende? ¿Se interpretara como una burla? Busquemos un término medio: mínimo del 70%.
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| Comentado por Wilber | | 31 de Diciembre de 2008 22:34 | |
En el decreto no veo contemplado como se ubicaría a un docente que se presenta nuevamente a concurso con otro ente territorial y logra pasarlo, si ya esta inscrito y a logrado ascender ya sea de grado o nivel.
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| Comentado por ALEX ADRIAN | | 31 de Diciembre de 2008 17:55 | |
Considero que el decreto es muy bueno, pero debe mejorarse los siguientes aspectos.
- La evaluación de competencias para el ascenso es muy alto.
- Debería tenerse solo en cuenta la evaluación de desempeño anual para ascender
- Los docentes que realicen estudios de maestria o doctorado y demás docentes vinculados con el dcto 1278 deberiamos ascender demostrando y evidenciando un buen desempeño laboral sin necesidad de más pruebas que las que ya hemos presentado
-Deberian tenernos en cuenta para ascender unicamente el tiempo laborado, obviando a la vez la disponibilidad presupuestal, con el requisito adicional de un buen resultado de evaluación de desempeño, lo cual estimularia la labor y no se veería como algo imposible de obtener
Agradecido
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| Comentado por HECTOR JAIME | | 31 de Diciembre de 2008 14:35 | |
El puntaje mínimo aprobatorio de la evaluación de competencias es demasiado alto (80%), creo que es conveniente se disminuya dicho valor a un 60%.
Es importante que el ascenso o reubicación salarial se le de una mirada de estímulo a los educadores y no que sea una barrera o un logro no alcanzable.
Nosotros los docentes y directivos docentes regidos por el decreto ley 1278 estamos siendo periódicamente evaluados, lo detallo de la siguiente manera:
Continua con el siguiente comentario:
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| Comentado por JORGE HERNAN | | 31 de Diciembre de 2008 12:18 | |
Por favor, ya los docentes del primer concurso que ingresamos al servicio en julio de 2005, tenemos cumplido el tiempo para dicho ascenso. Estas no son hora de estar estudiando proyectos de decreto, este debio estar listo en julio de 2008 , y ya se debió haber hecho la evaluacion, los docentes estamos perdiendo plata por la lentitud con que el gobierno maneja el asunto. o es que los efectos fiscales seran apartir de cuando cumplimos los tres años. Por favor recapaciten y agilicen el proceso.
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| Comentado por JORGE HERNAN | | 31 de Diciembre de 2008 12:15 | |
1. Me parece que el solo hecho de que un docente adelante estudios de maestria y al mismo tiempo cumpla con sus labores docentes y saque un puntaje satisfactorio en su evaluacion de desempeño anual, deben ser requisitos suficientes para que ascienda de el grado 2 al grado 3 en el nivel que corresponda, es decir debe ascender con solo presentar el titulo universitario que lo acredita.
2. La entidad encargada de realizar las pruebas debe ser el ICFES y el proceso debe ser seguido minuciosamente por la CNSC para garantizar la transparencia e imparcialidad en el proceso.
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| Comentado por JORGE HERNAN | | 31 de Diciembre de 2008 12:13 | |
1. Respecto al puntaje exigido para la reubicación o ascenso debe ser minimo del 70% y no del 80%, pues si el docente ingreso por concurso y ademas presenta satisfactoriamente sus evaluaciones de desempeño, para que exigir un puntaje tan alto para su merecido ascenso.
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| Comentado por Wbeimar | | 30 de Diciembre de 2008 19:49 | |
Cordial saludo.
Me parece que con este decreto se esconde, despues de las etapas del concurso docente, entrevista, experiencia, titulos, periodo de prueba y evalaciones de desempeño semestral, el principio mismo que cita el decreto, esto es, reubicación de nivel salarial o ascenso en el escalafon. Asimismo, el puntaje superior al 80% y la presentacion de una prueba incierta que evalua, entre otros aspectos, competencias de influencia; competencias de liderazgo y dirección; competencias cognitivas; y competencias de eficacia personal permiten reforzar la idea de la imposibilidad de ascender o conseguir una reubicacion salarial para la mayoria de los docentes.
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| Comentado por ALBERT ALONSO | | 30 de Diciembre de 2008 18:43 | |
señores del ministerio de educacion muchas gracias por esta opotunidad de dejarnos expresar nuestras
peticiones , la subgerencia es la siguiente. por favor asi como le dieron la oportunidad de convocar a concurso a los profesionales y tecnologos, por que no tambien darnos la oportunidad a nosotros los TECNICOS en diversas areas como dibujo, programacion, mercadeoy areas tecnicas comerciales, pues tambien tenemos las mismas facultades y capacidades, actitudes para cer docente en diferentes areas, ya que la nacion requiere mas maestros con un perfil practico y ocupacional del docente con el alumnado. por favor denos el privilegio de poder concursar y asi incorporar al magisterio por derecho de igualdad y competitividada comprometiendonos a capacitarnos y superarnos en nuestros mismos campos academicos y de formacion atentemente: ALBERT ALONSO WITT ESCOBAR de Santa Marta
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| Comentado por luis Fernando | | 29 de Diciembre de 2008 23:46 | |
Sugiero muy resptuosamente que para reubicar un docente en el mismo grado le sean tenidos en cuenta los promedios de las evaluaciones de desempeño de los tres años de servivio, y que para su rebucación el promedio sea mayor o igual al 70%.
Para pasar de un grado 1 grado 2 acreditar el título de licenciado junto con los resultados de la evaluación de desempeño, para pasar del grado 2 al 3 el título de maestría junto con los promedios de la evaluación de desempeño.
Creo que con los títulos universitarios y las evaluaciones de desempeño es mas que suficiente para reubicar o asencer un docente. Tengan el cuenta que el MEN acreditó las universidades que son las que expiden los títulos y los gastos de estudio son sufragados por los docentes.
Por otra parte se trata de estimular al docente no de acabar con las pocas ilusiones que nos quedan para tener una mejor situación salarial para ofrecer un mejor futuro a nuesras familias.
Con el 80% de un examen, ¿cómo esperan que asendamos?, ¿por qué a los docentes se les pone un puntaje tan alto cuando a otras entidades con aprobar con el 60% los asienden o nombran? ¿es justo esto con las personas que forman los futuros ciudadanos?.
Ojalá estos aportes sean tenidos en cuenta.
GrACIAS POR EL ESPACIO
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| Comentado por NELSON ALFREDO | | 29 de Diciembre de 2008 19:23 | |
Se debería tener una consideracón especial por todos los docentes del 1278 que hayan sido afectados por la caida de las opirámides en el mes de noviembre pasado.
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| Comentado por MARTHA | | 29 de Diciembre de 2008 11:29 | |
RESPECTO DE LA REUBICACION O ASCENSO POSTERIOR A LA PRIMERA, SE DEBE DEJAR CLARO A PARTIR DE QUE FECHA SE EMPIEZAN A CONTABILIZAR LOS TRES AÑOS?. POR EJEMPLO A PARTIR DE QUE SE CUMPLIERON LOS TRES AÑOS DESDE QUE SE POSESIONO EN PERIODO DE PRUEBA. O DESDE QUE APROBO SATISFACTORIAMENTE CON EL 80% LA EVALUACION DE COMPETENCIAS. LO ANTERIOR POR CUANTO EN LOS REQUISITOS SOLAMENTE SE HABLA DE LA PRIMERA REUBICACION O ASCENSO Y DE LAS POSTERIORES NO SE SEÑALO NADA AL RESPECTO.
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| Comentado por derly | | 29 de Diciembre de 2008 11:28 | |
creo que el tiempo de servicio y un porcentaje viable es lo logico para poder ascender pues lo colocaron imposible...80%.con eso le estan diciendo "usted no asciende".. ese es el estimulo?.con que moral un docente trabaja sino hay estimulo...a duras penas paso con 65 o 70 puntos en el examen incial
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| Comentado por EDUARDO | | 29 de Diciembre de 2008 11:19 | |
YA SABEMOS QUE EL DECRETO 1278 ES DE CORTE NEOLIBERAL, ALLI SE DEJA PLANTEADA LA HIPOTESIS DE "ENTRE MAS AHORRRES MAS PLATA HABRA PARA PAGAR LA DEUDA" NO NOS VENGAN AHORA CON UN DECRETO QUE VIOLA EL DERECHO A LA IGUALDAD PUES MIENTRAS UNOS EDUCADORES ASCIENDEN EN EN SU JUSTO ESCALAFON POR TIEMPO DE SERVICIO OTROS LOS "NUEVOS" ADEMAS DEL TIEMPO TENEMOS QUE PASAR UN EXAMEN QUE NI LOS SABIONDOS DEL ICFES NI LOS SABIONDOS DEL MINISTERIO ALCANZARIAN UN 80%. COLOMBIA ES EL UNICO PAIS QUE TIENE DOS ESTATUTOS PARA LOS EDUCADORES OFICIALES CLARO EL 2277 NO LO PUDIERON DESMONTAR LOS NEOLIBERALES GRACIAS A LAS PROTESTAS DE LOS MAESTROS VIEJOS, A NOSOTROS SI NOS METIERON EL IMPOPULAR 1278 PARA NO DAR UN PESO PARA LOS ASCENSOS. MINISTRA Y SUS COLABORADORES LES SUGIERO QUE SE PRESENTEN TAMBIEN AL EXAMEN A VER SI SE ACERCAN SIQUIERA AL 60% IIMAGINENSE AL 80%
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| Comentado por Jorge | | 29 de Diciembre de 2008 10:04 | |
Veo que el puntaje es demasiado alto, pues en estas pruebas en muchas ocasiones las respuestas son demasiado ambiguas, por lo tal es complicado sacar un puntaje tan alto, casi siempre se termina contando es con la suerte....o si el examen es manejado por cada entidad territorial puede existir el peligro de que los políticos chanchuyeen la prueba con sus adeptos políticos.
Pienso que el puntaje debería ser más bajo (70) y no dejarlo en manos de las entidades territoriales, si no que el examen lo maneje directamente el ICFES para evitar corrupción y polítiquerías
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| Comentado por teresa | | 28 de Diciembre de 2008 23:36 | |
no veo justo colocar a unas personas a enfrentarse a un concurso para mejorar su situacion economica y mucho menos cuando para poder superar la prueba se necesita como minimo 80% aprobado de la evaluacion.
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| Comentado por MARIA DEL CARMEN | | 28 de Diciembre de 2008 19:33 | |
No indica claramente el Decreto que la prueba tenga algún costo para el docente o directivo Docente. Respecto de la voluntad de presentar o no la prueba de competencias, indica entonces que la profesionalizaciòn del docente solo sera voluntaria, lo que hace manifiesto la permisividad ante el desinterès del funcionario por contribuir al mejoramiento permanente de la calidad de la educaciòn y se constituye en un alquilozamiento en el sector, es decir terminarà como empezò y pasarà sin pena ni gloria en beneficio de la educaciòn. No habrà entonces condiciòn de tèrmino como en el antiguo escalafòn que fijò un lìmite para quienes registraban grado 1 por ejemplo. Los Normalistas terminaràn como normalistas si no desean ascender por competencias. Pareciera entonces que al no darse esta condición beneficia al Gobierno al no tener que cancelar mayores costos por ascensos, a costa de qué?
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| Comentado por GLORIA | | 28 de Diciembre de 2008 19:21 | |
Articulo 17 sobre la Disponibilidad Presupuestal. Que sentido tiene esta condiciòn si finalmente puede expedir las disponibilidades que requiera de acuerdo a los ascensos o incrementos salariales derivados del listado del proceso de evaluaciòn por competencias, si de igual manera no le puede negar a nadie que llene el requisito su solicitud? o aclarar si el monto de la disponibilidad tiene alguna condiciòn diferente.
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| Comentado por Rosa Aleyda | | 28 de Diciembre de 2008 19:02 | |
Espero que en este proyecto también esten considerando a aquellas personas que antes de ser nombradas por el 1278 ya estabamos escalafonadas, en mi caso en el escalafón 9 y con papeles entregados para el escalafón 10.Con el nombramiento en vez de premiarnos nos castigaron bajandonos al escalafón 7.Gracias por tener en cuenta esta inquietud.
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| Comentado por aquiles | | 28 de Diciembre de 2008 16:48 | |
Señores del MEN
Cordial saludo:
La presente es para hacer un comentario acerca del decreto de evaluación de competencias docentes:
1. Me parece injusto que despues que un docente normalista superior halla realizado una licenciatura tenga que hacer una evaluación para ascender de grado ó un licenciado que haga una maestria tenga que hacer lo mismo, no veo quien va a hacer una inversión cuando no se le asegura nada despues de hecha, siendo que además le exigen un putaje de 80% para superar dicha prueba.
2.Prequnto: un docente que este ubicado en el grado 2C despues haga a una maestria y concurse para ascender de grado donde quedara ubicado ¿en el grado 3 nivel A ? si es asi quedara ganando menos.
creo que el ministerio debe ser claro en estos aspectos.
No creo que alquien desee quedar ganando menos.
3. Para mi concepto un docente que este por ejemplo en el grado 2 nivel C si hace una maestria y concursa y gana debe ascender de grado y quedar en el mismo nivel o el siquiente 3C O 3D.
Gracias
Aquiles
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| Comentado por NAFER | | 28 de Diciembre de 2008 14:59 | |
Las pruebas que ha realizado el ICFES para el nombramiento en perìodo de prueba a los docentes regidos por el 1278 de2002, nos ha demostrado que menos del 5% llegan a un puntaje igual o superior al 80%, lo que nos indica que se debe de reconsiderar ese porcentaje a un 60% mìnimo para Docentes y 70% para Directivos Docentes. De lo contrario serà la ecatombe del Decreto 1278/02 (No estabilidad laboral).
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| Comentado por Zareth | | 28 de Diciembre de 2008 13:26 | |
Este borrador de decreto va un tanto en contravía con la política del Estado para el avance de la ciencia y la innovacción tecnologica, que tiene por motivación principal el estímulo a la investigación y los estudios avanzados que le permitan al país aumentar su número de magisteres y doctores.
Por cuanto, luego de realizar unas inversiones millonarias en este tipo de estudios superiores y de alcanzar niveles complejos de pensamiento, de investigación, de propuestas innovadoras y de desarrollo, les corresponda hacer evaluación de competencias para ascender en el escalafón, resultando desconcertante y desmotivante.
Sugiero que en congruencia con la política de ciencia e innovación, se estímule a los educadores para la realización de Maestrías y Doctorados que le contribuyan al país; permitiendo que quienes obtengan estas titulaciones ingresen automaticamente al nivel que les correspondería por el titulo acreditado sin necesidad de evaluación de competencias, que serán presentadas para posteriores reubicaciones dentro de dichos niveles.
Esta estrategia estimularía a los docentes y directivos a invertir tiempo y dinero en sus estudios y le traería un gran impacto positivo a Colombia.
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| Comentado por JHON WILDEMAR | | 27 de Diciembre de 2008 20:34 | |
para mi el proyecto de evaluación esta bien definido, pero que pasa con aquellos docentes qeçue laboran en zonas de dificil acceso, ellos deberian de tener un trato especial en esta evaluacion, ya que al hacerse muy dificil el ingreso a capacitaciones o cualificacion que ocurre en las ciudades capitales de departamento.
Otra cosa para mi el 80% es muy alto, se deberia hacer una consideracion y bajarlo al 60% como en la pruebas para el ingreso.
muchas gracias
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| Comentado por carlos | | 27 de Diciembre de 2008 19:11 | |
No entiendo porque exigen el 80% dek resultado de competencias y no especifican para nada los salarios. Un docente recién incorporado queda automáticamente en la categoría 2A que en sueldos equivale a la categoróa 7a. de los docentes antiguos, lo cual constituye una burla. Un docente de la categoría 1C, 1D, 1F... gana más que un docente de la categoría 2A lo cual es un adefesio porque se supone que la categoría 2A supone más méritos que la anterior. ¿Porqué desde ahora no son explicítos con los salarios así como son tan explícitos para los requisitos? Esto presupone una artilugio poliquero barato.
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| Comentado por EDISON | | 27 de Diciembre de 2008 19:05 | |
SEÑORA MINISTRA.
EL PROCESO DE ASCENSO EN EL ESCALAFON PARA LOS DOCENTES DEL 1278 ES INJUSTO Y SATURADO CON TANTAS EVALUACIONES (EVALUACION POR MERITOS, PERIODO DE PRUEBA, DESEMPEÑO ANUAL Y ASCENSO).
NO ES JUSTO QUE MIENTRAS HACEMOS UN GRAN ESFUERZO TANTO ECONOMICO COMO PERSONAL (TRABAJAMOS Y ESTUDIAMOS) PARA SEGUIRNOS PREPARANDO HACIENDO ESPECIALIZACIONES, MAESTRIAS O DOCTORADOS EN UNIVERSIDADES AVALADAS POR EL MEN, MIENTRAS GANAMOS UNOS SALARIOS BAJOS, ENCONTREMOS UN OBSTACULO MAYOR QUE ES LA PRESENTACION DE OTRA PRUEBA Y LO PEOR DE TODO CON UNA CALIFICACION DESPROPORCIONADA POR ENCIMA DEL 80%.
ESTO EN NADA MOTIVA NUESTRA EJERCICIO PROFESIONAL SINO QUE CAUSA TODO LO CONTRARIO.
PROPONDRIA QUE PARA EL ASCENSO SOLO SE TUVIERA EN CUENTA EL ESTUDIO REALIZADO (MAESTRIA-DOCTORADO) Y LOS 3 AÑOS DEL SERVICIO PUES LLEVA IMPLICITO TODO EL ESFUERZO Y LA CALIDAD REQUERIDA POR USTEDES, PUES CUMPLIMOS A CABALIDAD CADA AÑO CON LA CORRESPONDIENTE EVALUACION DE DESEMPEÑO.
ADEMAS SERIA CONVENIENTE QUE EN PROCURA DE MANTENER LA CALIDAD DE LA EDUCACION SEA EL MEN QUIEN A TRAVES DE OTRAS INSTITUCIONES FOMENTE LA PARTICIPACION DE LOS DOCENTES EN PROGRAMAS DE CAPACITACION Y FORMACION QUE LE BRINDEN NUEVAS COMPETENCIAS PARA SU DESARROLLO PROFESIONAL Y LAS CUALES SE TENGAN EN CUENTA PARA LA EVALUACION DE DESEMPEÑO.
UN EJEMPLO DE ESTE TIPO DE FORMACION FUE LA EXPERIENCIA QUE TUVIMOS CON LA CAPACITACION
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| Comentado por Mauricio | | 27 de Diciembre de 2008 19:03 | |
Sra Ministra.
NO me parece justo con los del 1278 que tengamos que presentar una evaluacion-sancion depues de haber pasado por tantas pruebas (evaluacion, periodo de prueba, evaluacion anual), ademas un porcentaje de aprobacion tan alto es injusto, teniendo en cuenta el tipo de evaluacion que presentamos en el año 200?.
En ocasiones considero que somos los parias de la educacion en colombia.
muchas gracias
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| Comentado por Efraín | | 27 de Diciembre de 2008 16:07 | |
El porcentaje se me hace muy alto, debería ser del 60%, teniendo en cuenta la cantidad de pruebas que debemos superar cada año, las cuales deberían contar.
Hace falta claridad sobre lo que puede pasar con quienes se incriban y no alcancen el porcentaje requerido.
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| Comentado por Diego Alexander | | 27 de Diciembre de 2008 16:01 | |
creo que el 80% de calificación es muy alto. Se deberîa hacer un consideración y bajarlo al 60%. Debemos visualizar esta evaluacion de competencias como un estímulo y no como algo imposible.
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| Comentado por Nieves Dolores | | 27 de Diciembre de 2008 14:29 | |
Si el gobierno quiere mejorar la calidad de la educación y para ello ha introdujo la evaluación para ingresar al magisterio bajo el decreto-ley 1278 y el porcentaje para ingresar fue del 60% y luego la evaluación anual de desempeño en donde el tope mínimo es del 60%, y los comentarios son favorables, no tiene sentido el aumentarlo a más del 80% para después emitir comentarios contrarios al anterior.
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| Comentado por CARLOS | | 27 de Diciembre de 2008 11:56 | |
saludos
Señora ministra
A continuacion le presento un ejemplo:
estadisticamente tomemos una muestra representativa del 10% de una prueba de competencias docentes:
prueba total = 100 preguntas
muestra 10% = 10 preguntas
prueba superada = mayor al 80%
los calculos: = 10 * 80% = 8 aciertos
como el rango propuesto no incluye el limite inferior el docente debe acertar 9 (nueve) de las diez preguntas
!por favor! con el mayor respeto: ¿si usted fuera la maestra y nosotros ( educadores) sus estudiantes, con que promedio nos valoraría?; ¿a su buen juicio los estudiantes que acierten 6 ó 7 preguntas reprobarían?
Insisto en que la valoracion cuantitativa es discriminativa desde el punto de vista planteado en este borrador de decreto. una competencia se mide directamente en el campo de trabajo y no atravez de un cuestionario descalificador.
gracias
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| Comentado por Jimmy | | 27 de Diciembre de 2008 10:01 | |
Se debe bajar del 80% al 60% como un estimulo frente a todos los que tienen los del 2277 para ascender. Se debe mejorar el nivel salarial de los que pasamos el concurso y no premiar a los provisionales que lo han perdido hasta tres veces. Tener en cuenta que ingresamos ganando menos (1013000) frente a los profesionales de otras areas que estan por el nivel de 1800000.
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| Comentado por Luis Alberto | | 26 de Diciembre de 2008 23:43 | |
Se debe modificar el paragrafo 1 del articulo 5, en cuanto a que si un docente o directivo docente se encuentra en comision desempeñando un cargo de libre remocion, se le debe contabilizar ese tiempo, ya que se estaria limitando a los docentes del 1278, la posibilidad de poder aportar algo mas, desde un cargo de libre nombramiento. Es decir, nunca un docente o directivo docente del 1278, llegará a ser por ejemplo secretario de educacion municipal, o cualquier otra cosa que tenga que ver con la educacion. desaprovechando de pronto el talento y las habilidades mostradas por estos docentes. Gracias
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| Comentado por Carlos | | 26 de Diciembre de 2008 23:02 | |
Existen puntos importantísimos aún no tratados en la discusión sobre esta evaluación: a modo de sugerencia, podría pensarse en la posibilidad de ganar puntos (en la evaluación) a través de otras competencias o fortalezas que pueda tener el docente. Por ejemplo, un docente que además de su área de desempeño, pueda demostrar altos niveles de dominio en una segunda lengua (Inglés, frances, etc.) o en cualquier otro tipo de competencia importante para el desarrollo de los estudiantes, como tecnología, por ejemplo, podría encontrar una nueva y justa posibilidad de elevar su puntaje hasta el 80%. Igualmente -como sugerencia-, si el docente no desea que se le evalúe dicha "electiva", podría tener también la posibilidad de no escogerla y preferir que se le evalúe de forma general en su área específica de desempeño, sólamente. No sería camisa de fuerza para los docentes sino una forma de incentivar a quienes manejan otros tipos de competencia, permitiéndoles mejorar su puntajes a través de la escogencia de dichas electivas. Desde la perspectiva del proyecto "Colombia Bilingüe", por ejemplo, séría una forma interesante de promoverlo, evaluando competencias bilingües "a quienes las posean", por supuesto; pues, no se trata de poner en desventaja a quienes no las poseen.
Otro punto importante es una inconsistencia que se presenta entre decreto 1278 y evaluación para ascenso de nivel salarial: los maestros que entraron en el primer concurso ya cumplieron los tres años de servicio (van a cumplir, inclusive 3 y medio, en pocos
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| Comentado por LUIS | | 26 de Diciembre de 2008 21:29 | |
no esd equitativo lo del ascenso para nosotros los que entramos con el 1278, primero, examen para entrar, luego periodo de prueba, luego evaluacion de desempeño y ahora otro examen desconocido y con el agravante que se necesita el 80% de preguntas acertadas, es injusto por nosotros que somos solo el 10% del magisterio de colombia parece que hubieramos hecho algo malo para tantas trabas para ganarnos un salario profesional como lo que somos
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| Comentado por RENE FABIAN | | 26 de Diciembre de 2008 20:22 | |
La idea de la evaluacion a quienes estamos dentro del nuevo estatuto creo que no nos preocupa, considero importante pensar en los procesos que se proponen para lograr esos beneficios, me preocupa el punto de los costos, desde su convocatoria hasta la apropiacion presupuestal en cada entidad territorial, imaginense un municipio que reciba bien poco por el SGP y tenga que sacar para apropiar presupuesto y además pagar por el proceso de evaluacion, sinceramente creo que va a ser muy dificil que podamos ascender algun dia. Así se presione para que cumplan con las responsabilidades que el proyecto de decreto contempla para las regiones.
Mi propuesta es la siguiente:
Durante los tres años de espera en el grado o nivel respectivo, tener la posibilidad de bonificaciones economicas según la evaluacion final de desempeño (95 puntos o más), valorando las evidencias que se presenten (comite de calidad en las entidades territoriales).
Al cumplir los tres años en el grado o nivel respectivo.
1. El estado debe garantizar el presupuesto que cada entidad territorial requiera, al presentar apropiadamente el estudio de quienes tengan derecho para reubicacion o ascenso.
2. Los costos de la realizacion de la evaluacion por competencias serán incluidos en el estudio que cada entidad territorial envie al Ministerio.
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| Comentado por carlos | | 26 de Diciembre de 2008 19:04 | |
en el artculo 6 aparece mensionado el idioma extranjero, y lenguale como areas y mas adelante aparece humanidades, se debe aclarar esto por que de acuerdo con la ley general de educacion y el decreto 1860 idioma estranjero y lenguaje conforman un area la de humanidades.
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| Comentado por José Luís | | 26 de Diciembre de 2008 18:42 | |
Con este decreto el MEN parece más preocupado por mantener a los docentes en el mismo nivel salarial o sacarlos del sistema, que brindarles oportunidades de mejoramiento y desarrollo personal. Sí bien es cierto que la evaluación es fundamental para el mejoramiento continuo, ya que nos ayuda a detectar los aciertos y las oportunidades de mejoramiento; si el objeto es el mejoramiento constante de la labor docente como lo dice la guía metodológica de la evaluación anual de desempeño de marzo de 2008, el MEN debe garantizar la financiación de los planes de mejoramiento y acompañamiento en las instituciones educativas colombianas
Para que los docentes del 1278 puedan ascender o ser reubicados basta con:
1. EVALUACIÓN ANUAL DE DESMPEÑO DOCENTE.
2. TIEMPO DE SERVICIO.
3. ACREDITACIÓN DE ESTUDIOS.
(MEN, debes creer en las universidades que acreditas)
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| Comentado por Martha Lilia | | 26 de Diciembre de 2008 18:30 | |
Es injusto còmo se evalùa a los docentes vinculados bajo el 1278, es màs difìcil para ellos ascender y recibir una remuneraciòn justa, de acuerdo a su experiencia y estudios. Estoy en total desacuerdo con este proyecto de evaluaciòn. Deberìan ascender de acuerdo a los años de experiencia y por estudios.
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| Comentado por Manuel Antonio | | 26 de Diciembre de 2008 15:58 | |
interesante que el ministerio expida los decretos que reglamentan el 1278 ,pero me sorprende que la entidad donde laboro no ha hecho la inscripcion en el escalafon docente ,estamos nombrado en propiedad hace 18 meses y no tenemos ninguna resolucion donde nos hayan inscrito en escalafon ,ademas creo conveniente que el ministerio establesca unas guias paras poder orientarnos hacia el objetivo establecido
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| Comentado por irving herney | | 26 de Diciembre de 2008 15:52 | |
me parece eso de poner a discuciòn o dar sugerencias u opiniones sobre los borradores de decretos que expide el ministerios de educaciòn una perdedera de tiempo, ya en antaño ha puesto en el tablero todos los borradores de decretos, la gente opina y al final termina quedando el decreto tal como estaba en el borrador, entonces, eso de dar opiniones es por llenar un requisito; mas sinembargo pienso que me uno a la opinion de casi todos los colombianos, de que si ya no se puede eliminar el hacho de presentar una evaluaciòn para ascender, al menos se tenga en cuenta:
1. que el puntaje para ascender sea minimo del 60% no se la ley de donde saco ese 80% si en toda instituciòn o plantel el minimo es la mitad mas uno.
. para ascender de grado no se necesite concursar o se evaluado, simplemente con presentar el titulo que lo lleva al siguiente grado.
gracias
espero no sea en vano las sugerencias que damos los colombianos
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| Comentado por LEONARDO | | 26 de Diciembre de 2008 15:04 | |
1. el porcentaje de docentes que han sacado por encima del 80% en el examen del concurso es muy bajo, o sea seran muy pocos los que ascenderan, esto es lo que busca el gobierno?
2. el posecionarse los nuevos docentes no los estan escalafonando, solo los inscriben,o sea estan en el limbo, respecto al escalafon.
3. que pasa cuando asciende de la 2A a la 3, sigue en la 3A, o pasa a la 3B?
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| Comentado por Jovanny | | 26 de Diciembre de 2008 13:12 | |
SEÑORA MINISTRA
LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES, SE HAN GANADO UN DERECHO POR ESO CREO QUE CON LA EVALUACION ANUAL DE DESEMPEÑO CON PORCENTAJE MAYOR O IGUAL AL 80% Y LOS AÑOS DE EXPERIENCIAS SON SUFICIENTES PARA SUBIR EN EL ESCALAFON
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| Comentado por luis hernando | | 26 de Diciembre de 2008 12:42 | |
cordial saludo señora ministra; desde luego el actuañ borrador de decreto ha mejorado algo, pero lo que acotaria es lo siguiente:
1- se debe estructurar un cuadro bien definido para aclarar el articulo de escensos y reubicaciones de ecuerdo a los requisitos que se necesitam para cada uno de ellos. Esto evitaria diferentes apreciaciones en las ectidades territoriales. (algo parecido a la tabla del 2277)
2- se debe potencializar el mejoramiento academico de los maestros y que bueno seria que para ascender con maestria no se necesitara de evaluacion de competencias.
3- el paragrafo 2 del art 5 no es muy claro y se debe ser mas explicito sobre todo con el asunto de las especializaciones
4- de acuerdo con la ley antes de la maestria se debe acreditar la especializacion.
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| Comentado por ANDRES FELIPE | | 25 de Diciembre de 2008 23:41 | |
Señores: MEN
Estudianto el proyecto del decreto, considero que:
1. El 80% para la evaluacion de competencias es mucho, puesto que se ha evaluado sobre el 60%
2. Un normalista que obtenga un titulo de licenciado no le es viable ascender de grado pues no se ve reflejado en economicamente.
3. No creo necesario exigir la evaluacion de competencias para reubicacion, deberia plantearse nuevas estretegias, es decir por estudios.
4. Propondria que los docentes se puedan reubicar o ascender en el escalafon, y puedan presentar la evaluacion de desempeño en un tiempo determinado "años" pues este es el mayor obstaculo para mejorar su nivel salarial
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| Comentado por mineyi | | 25 de Diciembre de 2008 23:10 | |
Se debe replantear la idea del 80%, como requisito para asenso, debe ser un puntaje aprobatorio de minimo 60% como es el estandar nacional para la superacion de una prueba, ademas cuando un maestro acredite un titulo superior de licenciado, maestria o doctorado el asenso deberia ser automatico, porque concursar por algo que ya lo hizo durante su carrera de postgrado, que valor tiene entonces la universidad que lo acredita, espero que todos estos comentaros emitidos por los foristas sean tenido de gran aporte al momento de legalizar el presente decreto borrador. gracias
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| Comentado por Jhovany | | 25 de Diciembre de 2008 21:32 | |
La metodología de evaluar para ascender me parece bien, pero creo que el 80% es una meta un poco alta. Las grandes diferencias que existen en Colombia , bien sea por la región, sitio de trabajo, nivel socioeconómico,cultura, etc. no permiten una homogenización de conocimientos por parte de los docentes.
Creo que lo más viable es un 60%.
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| Comentado por Lelia Marina | | 25 de Diciembre de 2008 20:04 | |
Teniendo en cuenta que los salarios de los docentes del 1278 son mas bajos que los del 2277 y la ley contempla que deben ser superiores por haberse perdido derechos otorgados a los del anterior estatuto. Sugiero que los profesionales dedicados a la educación tengan un salario de $ 2.000.000; mínimo con postgrado $2.500.000; con maestría $3.500.000 y con Doctorado $ 5.000.000.
Que para el acenso de la A a la B el puntaje exigido sea de 70%, de la B a la C del 75% y de la C a la D del 80%. Que se contemple para aprobar traslados un tipo de prueba, para evita la politequería regional.
Gracias
Marina.
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| Comentado por Lelia Marina | | 25 de Diciembre de 2008 19:28 | |
Si inicialmente el examen de ingreso fue sobre competencias generales suponemos que el examen de acenso en el escalafón sea sobre competencias específicas al área de desempeño y que el puntaje minimo requerido para el asenso sea de 70 puntos ya que 80 puntos y con un alto nivel de dificultad no lo pasaría ni el 1% de los aspirantes.
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| Comentado por NICOLAS AICARDO | | 25 de Diciembre de 2008 15:45 | |
Desde la escuela normal se asume la evaluacion de competencias docentes como las posibilidades que tienen l@s nuev@s docentes de mejoramiento de los procesos educativos y del sistema educativo Colombiano;en tal sentido se aboga por unos diagnosticos mas objetivos y pertinentes para su evaluacion,entendiendo que las politicas actuales son muy universales y que no apuntan a unos diagnosticos institucionales objetivos.Se plantea entonces el compromiso del estado con la profesionalizacion y el perfeccionamiento obligatorio de l@s docentes a partir de cada realidad institucional detectada en los diagnosticos;lo anterior se aleja de las eventuales "SANCIONES"; y permite estimular la profesion de l@s nuev@s docentes con que cuenta la nacion y que son indispensables para el sistema educativo en proceso de renovacion generacional.
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| Comentado por Julio Germán | | 25 de Diciembre de 2008 13:37 | |
No encuentro coherencia entre el puntaje establecido para superar inicialmente el examen de ingreso al 1278 que era del 60%, la evaluación anual de desempeño del 60% y la desproporción de obtener más del 80% para superar la evaluación de competencias, la cual se ve desde ya como un obstáculo para el ascenso. Para que haya coherencia debe manejarse el mismo porcentaje de las dos anteriores.
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| Comentado por CARLOS ANDRÉS | | 25 de Diciembre de 2008 11:15 | |
Exigir un porcentaje equivalente al 80% en una evalaución de competencias para ascenso después de tres (3) años de servicio y habiendo exigido un porcentaje en las evalauciones de ingreso y permanencia equivalentes al 60% es algo irracional, bajo qué criterios se establece una mejoria de 20 puntos porcentuales en el conocimiento de un docente después de tres (3) años de servicio y cuál fue la política del gobierno para que eso se hiciera realidad.
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| Comentado por CARLOS ANDRÉS | | 25 de Diciembre de 2008 11:09 | |
Creo que si el gobierno en verdad quiere implementar una política de meritocracia, debería permitir que un docente que haya cursado una maestría o un doctorado ascienda en el escalafón sin evaluación de competencias (tener en cuenta si el tiempo y los resultados de las evaluaciones de desempeño), puesto que el conseguir el título involucra ya un gran esfuerzo del maestro desde el punto de vista económico, profesional, familiar y laboral, más cuando el magisterio no apoya bajo ninguno de los anteriores elementos al maestro.
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| Comentado por RAUL | | 25 de Diciembre de 2008 09:57 | |
El decreto es contradictorio al permitir que una persona con titulo de maestria puede ingresar al sistema en el grado de escalafon con 60% y otra persona que esta en el sistema no puede tener el mismo grado en el escalafon al obtener el titulo, si para entrar yo obtuvo el 60%
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| Comentado por GUILLERMO | | 24 de Diciembre de 2008 18:19 | |
ME PARECE QUE DEBIERAN DE BAJARLO AL 60 % Y TOMAR COMO REFERENCIA PRINCIPAL LA EVALUACION DE DESEMPEÑO DEL DOCENTE QUE A LA LARGA ES LO MAS IMPORTANTE; OTRA COSA QUE SE DEBIERA TENER EN CUENTA ES EL TIEMPO DOBLE PARA LOS DOCENTES RURALES.
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| Comentado por MARYOLYS ELENA | | 24 de Diciembre de 2008 15:56 | |
*Estar nombrado en propiedad e inscrito en el Escalafón Docente. Actualmente se han realizado los Nombramientos en Propiedad, mediante Actos Administrativos; pero no sucede en su totalidad con la Inscripción en el Escalafón (Acto Administrativo), para los docentes regidos por el Dto.1278. ¿Podrán participar dichos docentes, para la Reubicación o Ascenso en el Escalafón, si ha dicha fecha no se han realizado los Actos Administrativos?como es el caso del ente territorial MAGDALENA.Que a la fecha no se han realizado los actos administrativos y continuamos sin ser inscritos en el escalafon Docente.
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| Comentado por cesar augusto | | 24 de Diciembre de 2008 10:31 | |
el puntaje del 80% es muy alto ya hemos demostrado capacidad para entrar a la docencia con el concurso y nuestra permanencia depende de las evaluaciones de periodo de prueba y desempeño respectivamente y por favor si quieren que nosotros sigamos estudiando faciliten el ingreso a las maestrias y doctorados pues con estos sueldos no nos alcanza para pagarlos
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| Comentado por jorge luis | | 24 de Diciembre de 2008 09:58 | |
Saludo Cordial a tod@s.
Mi inquietud en lo referente al decreto 1278 está dirigida a varios aspectos que no están muy claros en borrador del proyecto.
En primera instancia el borrador del proyecto en su artículo 12 no explica en que consiste cada una de las competencias a evaluar, por ejemplo estas son las competencias (Decreto 1278 Art.35) que permitirán la valoración de por lo menos los siguientes aspectos:
Competencias de logro y acción; competencias de ayuda y servicio; competencias de influencia; competencias de liderazgo y dirección; competencias cognitivas; y competencias de eficacia personal.
Las dudas que me surgen son las siguientes:
¿Cuáles son sus características de estas competencias?
¿Qué aspecto de esas competencias se tendrán en cuenta?
¿Cómo se realizara la ponderación de los resultados?
¿Cuáles son los fundamentos conceptuales y teóricos que apoyan estas competencias?
¿Cómo se tiene en cuenta la parte investigativa y la innovación en esta evaluación?
Otro aspecto que no esta muy claro son los tiempos de realización de las pruebas.
¿Por qué esperar 6 años para realizar estas evaluaciones?
¿Cual es el criterio para definir el 80% de la evaluación?
Espero que se tengan en cuenta estos interrogantes y puedan aclarar muchas de las dudas que tenemos los docentes y creo que hasta el mismo MEN.
Gracias.
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| Comentado por pedro | | 24 de Diciembre de 2008 09:01 | |
Mi aporte al Decreto es el siguiente: el docente o directivo docente que acredite un titulo superior al que ingreso (normalista-licenciado-maestria o doctorado), pueda asender automomaticamente al grado siguiente y mantener su nivel
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| Comentado por jaime | | 23 de Diciembre de 2008 23:36 | |
SEÑORA MINISTRA
SI PRETENDE HACER UNA EVALUACION DE COMPETENCIAS, TRATE AL MENOS DE HACERLA PERTINENTE.EVALUAR A LOS MAESTROS PARA CLASIFICARLOS EN BUENOS Y MALOS MEDIANTE UN EXAMEN ME PARECE QUE NO APORTA. MIRE DE MANERA OBJETIVA LO QUE PASO CON EL ANTERIOR EXAMEN,SE QUEDARON CON LOS PUESTOS LOS HABILIDOSOS EN ESTE TIPO DE PRUEBAS Y NO LOS BUENOS EDUCADORES.EN MI OPINION ESTO VA A TERMINAR DESMOTIVANDO AUN MAS A LOS MAESTROS Y GENERANDO MAYOR INCONFORMIDAD. LA INVITO A QUE TRATE GENERAR CONDICIONES DE COMPETITIVIDAD PERO MOTIVANDO A TODO EL SISTEMA, NO BUSCANDO AHOGARLO.
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| Comentado por Jaime Ivan | | 23 de Diciembre de 2008 23:12 | |
No me opongo a una evaluación de competencias en tanto esta sea pertinente.
No es lo mismo evaluar competencias matemáticas que habilidades musicales y no es lo mismo evaluar comprensión lectora que lenguaje, aunque en apariencia resulten similares. debe formularse una evaluacion que realmente evalue al docente en el campo especifico de su competencia, lo demás me resulta abusivo, pretencioso y nada objetivo.
Ojala tengan en cuenta mi comentario.
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| Comentado por Nicolas Aicardo | | 23 de Diciembre de 2008 21:25 | |
Se trata de una evaluacion subjetiva que no apunta a fortalecer los procesos de calidad, pertenencia,eficacia, promocion de la ciencia, la tecnica y la tecnologia sino a reunir evidencias para sancionar o finalmente para que todo siga igual.
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| Comentado por patricia | | 23 de Diciembre de 2008 17:05 | |
Pienso que el puntaje de la prueba de competencias es muy alto... debe ser maximo de un 70%.
En realidad los maestros que ingresamos con este decreto tenemos muchas desventajas salariales y al observar los requisitos para el mejoramiento en este aspecto es un tanto desmotivante....
Supongo que aunque demos nuestra opinion .... no sera tenida en cuenta.... pero lo minimo que espero es que el ICFES realice la prueba y que a los docentes se nos prepare para ella con minimo tres simulacros y especificando que se va a evaluar...
Gracias
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| Comentado por wilson emilio | | 23 de Diciembre de 2008 15:10 | |
De lo que he leido, no entiendo porque si un docente ha pedido una licencia no remunerada,o ha tenido una comision pierde el tiempo antes laborado o entendi mal? yo estoy en tal caso, pero no creo que el tiempo de servicio se olvide, o porque se se necesito dicha licecia es logico que el tiempo servido se pierda?. otra cuestion que deja un sinsabor es el hecho de que a duras penas se logro obtener el puntaje de 60% para el ingreso al escalafon y eso que habia personas duchas en el area que se presentaron respectivamente, y ahora exigir un 80% es algo exagerado, bajo que criterios se establecieron estos parametros? ¿sera que mas del 50% de los que prsentaron el concurso de ingreso por meritos alcanzaron tal puntaje? deberia replantearse ese porcentaje
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| Comentado por Guillermo | | 23 de Diciembre de 2008 11:59 | |
Señora Ministra; con mucho respeto le aclaro que el puntaje obtenido en una prueba no puede dar cuenta de la excelencia del docente. La forma más efectiva para ser evaluados y poder ascender o ser reubicados en este nuevo escalafón; es la evaluación de desempeño, en donde se evidencian nuestras competencias ante las comunidades y no ante unas pruebas que tienen un porcentaje elevado de suerte.
Muchas gracias
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| Comentado por Ruben Dario | | 23 de Diciembre de 2008 11:59 | |
cordial saludo.
las entidades territoriales deberian diseñar convenios o estimulos para el curso de maestrias,¿como algunas entidades lo realizan con contratistas o funcionarios administrativos?, que poco o no le aportan sus conocimientos al desarrollo educativo regional, no es que se nos regale todo, pero si que sea de estimulo para seguir contribuyendo al desarrollo no solo intelectual, sino al social de nuestra comunidad.
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| Comentado por Ruben Dario | | 23 de Diciembre de 2008 11:51 | |
Se dice que para ascender de un grado a otro se require de una maestria referente a educacion. soy lic en Biologia Y quimica y quisera hacer una maestria en biologia molecular, me dicen que no me sirve para ascender, no me parece logico ni justo, por que al igual estoy contribuyendo al mejoramiento de mi area especifica y estudiando algo que me gusta, ¿ o mejor pedagogia reeducativa?, donde invierta un poco de plata y no le vea utilidad. muchas gracias
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| Comentado por Samuel Arturo | | 23 de Diciembre de 2008 11:33 | |
Este decreto y el decreto 1278 no son claros en la ubicación salarial para los docentes que hemos estudiado otra carrera, solo hasta ahora se habla de aquellos docentes con especialización. Si una especialización es de 2 años y se tiene en cuenta como mejoramiento, ¿por qué no se tiene en cuenta una carrera profesional de 5 años bajo los mismos parámetros?
Desearía ilustrar mejor con un ejemplo, Yo soy docente de biología y química y soy ingeniero de sistemas. Concursé en 2004 para el cargo de docente en el área de informática y tecnología, siempre entregué la documentación necesaria con las fotocopias de los dos títulos, pero cuando fui a entregar la documentación para el escalafón y nombramiento en propiedad no me quisieron recibir el título de ingeniero de sistemas argumentando que tenía que hacer el curso de pedagogía; pero no me recibían el título de licenciado. Ahora bien, ¿esto implica que mi titulo de ingeniero esta envolatado y no me sirve para mejoramiento salarial?, aclaro, siendo éste el motivo de mi concurso.
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| Comentado por Samuel Arturo | | 23 de Diciembre de 2008 11:11 | |
Como es conocido por todos, en los concursos en los cuales han participado los docentes para ser nombrados en propiedad, no más del 40% de los docentes (desde mi punto de vista) , en los porcentajes alcanzados en las competencias básicas no han superado el 80%; sin embargo, el límite para ser nombrados era del 60% lo cual permitio a los educadores continuar con el proceso para su nombramiento en propiedad. Por ello, creo necesario reevaluar el porcentaje de 80% necesario para la reubicación salarial y el ascenso en el escalafón ya que un aumento de 20 puntos en el porcentaje podría llegar a ser inalcanzable en la primera prueba que se realiza para alcanzar esta propuesta de mejoramiento y ascenso. Quizas se podría evaluar un 70% para quienes deseen una reubicación salarial y un 75% para quienes deseen un ascenso en el escalafón, como preambulo a los siguientes concursos que podrían ubicarse en el 80% como puntaje mínimo ya que los docentes se han adecuado al proceso y mejorado su nivel académico. Claro que esto implica una adecuación del decreto 1278 en el artículo 36. El gobierno debería tener en cuenta el compromiso adquirido por nosotros (docentes del 1278) en busca del mejoramiento de la calidad de la educación en nuestro país.
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| Comentado por Elizabeth | | 23 de Diciembre de 2008 10:43 | |
Exigir el 80% en la evaluacion por competencias es como exigirle a un estudinte para aprobar una area o asignatura que debe obtener excelente, sin otra opocion. A nivel nacional las evaluaciones tento en educacion basica, media o superior se tienen una valoracion minima para aprobar que normalmente es un Aceptable o 3.0 segun el caso, porque para los docentes se les exige el maximo cuando son evaluados años tras año, es que su desempeño no cuenta?, son demasiadas evaluaciones para lograr unpequeño aumento salarial, somos el gremio al cual mas evaluaciones se les realiza, evaluacion para ingresar a la carrera, periodo de prueba y evaluacion del mismo, evaluacion anual de desempeño y ademas de haberlas aprobado ahora hay que obtener 80% en evaluacion por competencias, pienso que lo justo es que haya una valoracion minima aprobatoria del 60%.
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| Comentado por Sofia Catalina | | 23 de Diciembre de 2008 10:12 | |
Quedo con la misma preocupación, ya que no comprendo como alguien que estudio una maestría o un doctorado 3 o 5 años más, tenga que someterse nuevamente a este proceso de evaluación para ascender. Acaso las universidades no son competentes para evaluar a sus estudiantes y otórgales una certificación y que esta sea reconocida por el ministerio para promocionar a sus maestros? esto no generará docentes capacitados , al contrario, desmotiva su cualificación académica, nadie estudiará, ya que los costos son muy elevados y no se verás reconocidos en el futuro... Una maestría y un doctorado no los hace todo el mundo requieren disciplina, compromiso, investigación, publicación y esfuerzo ... acaso terminarlo no es suficiente?????.
Señora Ministra yo no le pido que quite las pruebas que evalúan las competencias de los docentes, ni los ascensos a la ABCD sino que permita que los que terminan master o doctorado pasen de una categoría a otra, sin más requisitos que su cartón profesional y la evaluación que su rector le hace cada año.
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| Comentado por ALFREDO | | 23 de Diciembre de 2008 09:45 | |
En el proyecto de decreto no se ha tenido en cuenta a aquellos licenciados que han hecho un esfuerzo muy grande cursando otra carrera profesional, la cual es de mucha utilidad en la formación de los estudiantes y en la dirección de las instituciones educativas. El título profesional adicional se debería reconocer como equivalente al de una maestría, ya que la duración de esta carrera supera en mas del doble al de una maestría. Con este título se debería ascender automaticamente sin necesidad de concurso.
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| Comentado por jose william | | 23 de Diciembre de 2008 09:34 | |
Propongo 60 % màximo ,en la evaluaciòn de competencias, para el ascenso en el escalafon. El MEN, debe proponer estimulos para los docentes y no imposibles que desmotiven y desgasten la profesiòn docente.
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| Comentado por Antonio | | 23 de Diciembre de 2008 07:18 | |
Que pasa con los docentes provisionles que estamos terminando una maestria como se nos tendra en cuanta para poder mejorar nuestro nivel salarial, ya que no veo nada en relacion con este tema, hablo de pasar del grado 2 al grado 3. ya que es titulo para el nivel indicado. y creo que somos varios docentes provisionales que podemos estar es esta situacion, espero se nos tenga en cuenta ya que son muy pocas las personas que realizan estos estudios y mucho mas en la figura de provisionalidad.
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| Comentado por John Jairo | | 22 de Diciembre de 2008 20:27 | |
De verdad, es muy importante la cualificación para mejorar los estandares educativos , sin embargo, pienso que 80 puntos como base para mejorar en el escalón es alto.
En espera, para conocer los criterios que tendrá dicha evaluación.
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| Comentado por Weimar | | 22 de Diciembre de 2008 20:08 | |
Me parece que la evaluación de competencias a la que se refiere este decreto, despues de la evaluacion para ingresar por concurso, periodo de prueba, evaluacion de desempeño semestral y anual, titulos y experiencia, seria inoperante. A esto se suma la ponderación mayor o igual 80% en el diseño de una prueba, en cierta medida, " incierta" que evalua diversos tipos de competencias: de logro y acción, de ayuda y servicio, de influencia, de liderazgo, cognitivas y de eficacia personal. Se infiere que se quiere negar precisamente lo que supone el decreto, la reubicacion de nivel salarial o el ascenso de grado en el escalafon docente para una población mayoritaria de docentes.
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| Comentado por Jaderson | | 22 de Diciembre de 2008 19:04 | |
El valor minimo en las pruebas debe ser del 85% en todos los proceso, así se les exige mayor calidad a los docentes y directivos y no avanzan porque si. Hay que buscar caminos de calidad y el que quiera celeste, que le cueste
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| Comentado por LUIS HERNANDO | | 22 de Diciembre de 2008 18:10 | |
creo que es conveniente que dentro de la estructura misma del decreto se establezca un cuadro comparativo para que se puedan considerar y entender claramente las situaciones de reubicacion y ascenso en cuanto a requisitos y tiempo de servicio,de acuerdo al nivel salarial y al grado que corresponda´. algo asi como el cuadro que establece el decreto 214 que registra las situaciones de ascenso de los antiguos educadores.
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| Comentado por VICTOR MANUEL | | 22 de Diciembre de 2008 15:49 | |
Considero con todo respeto; que la evaluación para ascenso en el escalafon o reubicación en el mismo grado es buena... solo que el porcentaje establecido está por fuera de los parámetros normales de aprobación, es decir pareciera que el MEN y los entes territoriales certificados, no quieres otra cosas que hacer que un muy bajo porcentaje o tal vez nadie supere esta prueba... con esto se estarían ahorrando una gran cantidad de dinero... además si ya demostramos a través de una prueba de ingreso y de otras tantas de competencias anuales nuestro desempeño, porque le colocan tanta tiza al asunto... Les agradeceria que tuvieran en cuenta todo esto... y reevaluaran esta posibilidad...... GRACIAS..... VICTOR MANUEL
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| Comentado por JUAN | | 22 de Diciembre de 2008 15:22 | |
NO ME PARECE QUE LOS DOCENTES SEHAN EVALUADOS POR OTROS DOCENTES (RECTOR), LA EVALUACION DE BE SER POR PARTE DE LOS ESTUDIANTES Y LOS PADRES DE FAMILIA. YA QUE SE ESTA VIENDO QUE ENTRE BOMBEROS NO SE PISAN LAS MANGERAS. Y DE AHI QUE NINGUN MAESTRO ESTE SIENDO MA L EVALUADO, POR EL CONTARIO SALEN CON EXCELENTES EVALUACIONES, QUE EN LA REALIDAD NO SE LAS MERECEN.
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| Comentado por Gerson | | 22 de Diciembre de 2008 15:08 | |
El problema lo veo por el orden del 80% de calificación. Se debía hacer un consideración y bajarlo al 60%. NO debe ser una EVALUACIÓN - SANCIÓN, debe ser es como un incentivo para ascender. Debemos visualizarlo como un estímulo y no como algo imposible.
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| Comentado por Luis Alberto | | 22 de Diciembre de 2008 11:42 | |
Cordial saludo.
He leído algunos apartes del Proyecto de Evaluación De competencias y encuentro lo siguiente:
*Estar nombrado en propiedad e inscrito en el Escalafón Docente. Actualmente se han realizado los Nombramientos en Propiedad, mediante Actos Administrativos; pero no sucede en su totalidad con la Inscripción en el Escalafón (Acto Administrativo), para los docentes regidos por el Dto.1278. ¿Podrán participar dichos docentes, para la Reubicación o Ascenso en el Escalafón, si ha dicha fecha no se han realizado los Actos Administrativos?
*Constituye ascenso la promoción de un docente o directivo docente a otro grado del Escalafón Docente. Quien asciende conserva el nivel (ABCD) alcanzado en el grado anterior. Tengo dudas frente a este enunciado. Mediante un ejemplo lo interpreto así: Un docente actualmente en el Grado 1 Nivel A, realizo una Licenciatura afín a su formación durante los últimos años, aspira Ascender al Grado 2 debido a su Titulo Obtenido. Pero observando la Escala Salarial Vigente, dicho docente analiza que es mejor una Reubicación de Nivel Salarial, ya que el Decreto de Ascenso en el Escalafón lo ubicaría en el Grado 2 y conserva el Nivel A alcanzado en el Grado 1, lo cual no es económicamente viable para dicho docente. Es valida esta interpretación?. O por el contrario, es como este Ejemplo: Un docente el Grado 2 Nivel A, realiza una Maestría, cumple con los requisitos, Aspira al Grado 3, aunque le mejora la situación salarial y económica, en cual Nivel es conveniente que quede Inscrito en el Grado 3 A o Grado 3B?
Mediante Acto Administrativo de la Entidad Territorial, un Docente es designado por Encargo o Comisión de Directivo Docente. Con lo anterior, El Docente esta suspendido en el ejercicio del cargo? Interrumpe el tiempo de servicio necesario para efectos de participar en la evaluación de competencias?.
Que variables o consideraciones se tendrán en cuenta para los Docentes del Sector Rural?
Por ultimo, para quienes fueron nombraros en Propiedad pero aun no han sido Inscritos en el Escalafón Nacional Docente, y que se encuentran adelantando Postgrados, En que Grado y Nivel de Escalafón serian Inscritos mientras se surte el Acto Administrativo?
Deseo que mis aportes sirvan de apoyo en este proceso de mejoramiento en el Escalafón de los docentes, ello da mayor ánimo de continuar desempeñando una buena labor.
Cordialmente,
Luis Alberto García B.
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| Comentado por GENY | | 22 de Diciembre de 2008 00:03 | |
Estoy de acuerdo con reglamentar mejor la evaluación, pero creo que en el decreto no es claro que ocurre si el docente o directivo docente pierde la evaluación y me parece que el porcentaje para superarlo en un 80% es muy alto, no por el nivel del docente sino por las características de la evaluación.
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| Comentado por Gustavo Adolfo | | 21 de Diciembre de 2008 13:02 | |
Es importante que se publique con la debida antelación, una guía de presentación de pruebas de competencia, que incluya tipos y ejemplos de pregunta.
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| Comentado por ROBER ARTURO | | 21 de Diciembre de 2008 12:33 | |
me parece que obtener un puntaje de 80% en la evaluacion de competencias es muy alto. Insisto en que 60% es el puntaje minimo que se debe exigir para ganar esta prueba, que es lo mismo que se ha exigido para ganar este y otros concursos de meritos.
para ascender en el escalafon me parece que con la acreditacion del titulo de magister es suficiente para pasar del grado 2A al 3A, ya que se esta haciendo un esfuerzo muy grande tanto economico como academico para la obtencion de este titulo
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| Comentado por Pedro Jose | | 21 de Diciembre de 2008 10:41 | |
Para aquellos docentes no licenciados que adquirimos educación complementaria (especializaciones en áreas del mundo del trabajo logísticas, mercadeo, etc.) que en ocasiones no se relaciona con la docencia, pero que en definitiva aporta a los procesos de aprendizaje de los niños y las niñas, podría incluirse en el decreto y dejarlo reglamentado para que no se manejen interpretaciones parciales. Además al reglamentarlo hace que lo pongamos con autoridad en juego en el aula o en la institución respectiva
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| Comentado por MARCOS | | 20 de Diciembre de 2008 18:21 | |
En el artículo 17 manifiesta que los actos administrativos de los docentes o directivos docentes que merecen reubicación de nivel o grado del escalafón, solo serán hasta la disponibilidad presupuestal vigente para tal fin. Yo sugiero que por derechos adquiridos y de igualdad sean expedidos al mismo tiempo y los efectos fiscales sean cancelen con los nuevos aportes dispuestos por la entidad territorial certificada para cubrir tales compromisos. Por otra parte este decreto no hace mención de la manera como la entidad territorial dispondrá de los recursos anuales para darle cumplimiento al presente decreto.
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| Comentado por maritza cristina | | 20 de Diciembre de 2008 17:57 | |
considero que la norma debe expresarse: la prueba debe ser igual o superior al 80%, ya que en el documento dice: obtencion de un puntaje mayor al 80%en la evaluacion por competencias
Considero que el Reconocimiento de proyectos o,premios otorgados a los docentes por parte de entidades reconocidas podrian permitir ubicar al docente en otro nivel del escalafon, sin necesidad de presentar la evaluacion de competencias
agradezco la atencion
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| Comentado por GUSTAVO ADOLFO | | 20 de Diciembre de 2008 15:11 | |
Es cierto que estas eran las reglas del juego, pero seria bueno analizar la posibilidad de bajar el listón hasta el 75% para ascender. Aparte los que llevamos cuatro años desde el primer concurso nos merecemos el ascenso sin tanta evaluación, pues suficientes pruebas hemos tenido que pasar. gracias
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| Comentado por LUIS JOAQUIN | | 20 de Diciembre de 2008 12:39 | |
me parece bien el proyecto, pero le Disminuiría el 80% del resultado de la competencia.
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| Comentado por Oscar Eduardo | | 20 de Diciembre de 2008 12:14 | |
Considero que este nuevo borrador de decreto es muy importatnte para todos los docentes 1278 debido a que permite nivelarnos salarialmente con el viejo decreto, dandonos un estatus verdaderamente profesional. Sin embargo considero que un docente que realice sus estudios de maestria o doctorado en una Universidad acerditada no deberia realizar una evaluacion de competencias para aspirar a ser ascendido. Esto es injusto si consideramos el grado de dificultad y los altos costos de estos estudios, los cuales son autofinanciados por los docentes. Por ello considero que en el caso de ascenso de un grado a otro unicamente se deberia acreditar el titulo y la evaluacion de desempeño anual satisfactoria (> del 60%).
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| Comentado por GUIDO DE JESUS | | 20 de Diciembre de 2008 09:42 | |
Esta bien y estoy de acuerdo en algunas circuntacias con la evaluacion pero que va a pasar con los docentes que se encuentran en propiedad con el 1278 y el ente territorial a la fecha no a sacado el escalafon y nuevamente entramos en periodo de prueba al pasar de un cargo a otro que no lo reglamenta el decreto ojala tengan en cuenta esta situacion
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| Comentado por FABIÁN ELÍAS | | 19 de Diciembre de 2008 20:49 | |
El decreto no es totalmente claro en que le sucedará a los docentes nombrados que se incriban en la prueba y no alcancen el 80% exigido, e incluso que pasaría si el docente obtiene en la prueba menos de 60%.
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| Comentado por SOLEDAD LEONOR | | 19 de Diciembre de 2008 18:01 | |
Mirè el borrador del Proyecto de decreto para evaluar a los docentes del 1278, bueno... de verdad a los nuevos nos toca duro (referencia a los del 2277) casi por no decir que intocables, pero siento que evaluar lo que hacemos y como lo hacemos debe permitir que los proceso educativos mejoren, ademàs de hacernos màs competitivos y coherentes con las polìticas educativas existentes, definitivamente de acuerdo, mi pero va mas encaminado a la cantidad de requisitos que se estan proponiendo para avanzar de un grado del escalafòn a otro: El decreto 1278 dice especificamente que los docentes nombrados y regiods por este Decreto tendràn un salario mas alto que los que viene regidos por 2277; me pregunto: donde esta la mejor remuneraciòn, si un docente del 2277 en el grado 7 u 8 gana lo mismo que gana un docente del 1278, la difrerencia son %50 pesos, donde està el incentivo? si a ellos no lo evaluan y a nosotros sÌ? . Otra inquietud, dice el mismo decreto que se daran incentivos a los docentes y directivos docentes en el sentido que seràn capacitados y no me refiero a cursos, talleres o seminarios, hablo de especializaciones que tenga que ver con nuestro desempeño laboral.
Agradezco su respuesta a estas inquietudes,
Gracias,
Soledad Leonor
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| Comentado por Isabel Cristina | | 19 de Diciembre de 2008 15:28 | |
Considero que los docentes que tienen titulo de especializacion o maestria, no deberian presentar evaluacion por competencias, puesto que esto quiere decir que el MEN, no confia en la buena calidad de las universidades que el mismo MEN a certificado.
Los docentes deberian ascender automaticamente, siempre y cuando hayan superado la evaluacion de desempeño.
Muchas gracias
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| Comentado por ana maria | | 19 de Diciembre de 2008 14:55 | |
Saludo muy especial a la ministra de educación por habernos dado la oportunidad de entrar al magisterio por méritos y darle cumplimiento al decreto que nos rige; de acuerdo a la evaluación de competencias, creo que es una forma imparcial de ascender por capacidades individuales y crecimiento personal, no por cursitos mediocres para acreditación. El 80% de la prueba cómo va a ser valorada, quisiera saber este dato y que nos den un simulacro para saber que tipo ce competencias van a ser evaluadas; y que tengan en cuenta el porcentaje, no será que es muy alto?Gracias.
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| Comentado por carlos | | 19 de Diciembre de 2008 13:59 | |
el 80% en las pruebas es mucho ...quien asciende asi??
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| Comentado por MONICA | | 19 de Diciembre de 2008 13:06 | |
SEÑORES DIRECTIVOS DEL MINISTERIO:
BASTA CON HABER LLEGADO BAJO CONCURSO DE MERITOS Y LAS EVALUACIONES DE:
1.- SUPERACION DE PERIODO DE PRUEBA
2.- EVALUACIONES DE DESEMPEÑO.
LA CONSTANTE EVALUACION ES SUFICIENTE PARA ASCENDER MAS LOS 3 AÑOS DE LABORES CON EL DECRETO 1278.
CORDIALMENTE
MONICA DAVILA TORRES
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| Comentado por MARCO ANTONIO | | 19 de Diciembre de 2008 13:02 | |
SEÑORA MINISTRA:
EL SALARIO DE LOS NUEVOS MAESTROS ES MUY BAJO, YA LOS DOCENTES DEL 1278 PASARON POR EL EXAMEN ICFES PARA EL INGRESO Y LAS EVALUACIONES DE DESEMPEÑO ANUAL, BASTA CON ASCENDER A LOS DOCENTES CON EL TIEMPO DE SERVICIO (3 AÑOS) MAS LOS RESULTADOS DE LAS EVALUACIONES DE DESEMPEÑO.
CON UNA EVALUACION DE COMPETENCIAS CON TAN ALTA CALIFICACION, PONE EN LA MENTE Y EN EL CORAZON DE CADA MAESTRO UNA VISION INALCANZABLE DE ASCENSO.
GRACIAS
MARCO ANTONIO.
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| Comentado por luis | | 19 de Diciembre de 2008 10:54 | |
Para trasparencia en la evaluación de competencias, estas deben ser desarrolladas por el ICFES y no por la Empresa que escoja la entidad territorial.
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