Actualizado el 21 de Agosto de 2008 |
| Lea los aportes al proyecto de decreto para reglamentar el servicio de apoyo pedagógico para atender estudiantes con necesidades educativas especiales | |
Hasta el 1 de septiembre el Ministerio de Educación recibió los aportes que los ciudadanos hicieron sobre el proyecto de decreto que busca reglamentar el servicio de apoyo pedagógico para atender a estudiantes con necesidades educativas especiales.
La norma en construcción, puesta al público, define las responsabilidades de las entidades territoriales, así como las funciones del personal de apoyo.
En el proyecto de decreto se describen las condiciones que se deben tener en cuenta para atender a niños y niñas con discapacidad cognitiva motora y autismo; sordos usuarios de la lengua de señas (LSC); ciegos y sordociegos; y con capacidades y talentos excepcionales.
Así mismo aborda temas como la contratación, los recursos y la formación de docentes.
Lo invitamos a leer los aportes de los ciudadanos.
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Borrador decreto, servicio, apoyo pedagógico, estudiante, necesidades educativas especiales |
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| Comentarios sobre el proyecto decreto (171) | | Comentado por Andrea | | 01 de Septiembre de 2008 23:40 | |
continúo diciendo que aún, sigue s muy amplio el promedio de estudiantes con NEE por grado puesto que es un tanto útopico pensar que se pueden tener en el Colegio un promedio de 60 estudiantes y un solo Docente de "apoyo".El titulo de profesor itinerante , es un legado de nuestra hermana la patria Española pero, sigue en duda el que se pueda implementar en Colombia puesto que se habla de un aula Inclusiva cuando en un mayor porcentaje no hemos llegado a la inclusión, es entonces donde yo digo que la labor de nosostros como Educadores Especiales está siendo subordinada a aquel que va un rato a una institución "evalùa" y no sigue procesos pedagógicos puesto que aunque se quiera por ser docente itinerante no se daría; y que además no se reconoce como Docente sino como el señor de Apoyo.
Cuando hablamos de inclusión estaríamos hablando del principio de Educación para Todos, pero y que pasa cuando sólo se nombran a las seis "excepcionalidades" dónde quedan las personas victimas de la violencia, o tal vez aquellos que poseen dificultades de aprendizaje....... ...entre otro tantos.......dónde ?
borrador, decreto, necesidades educativas especiales, proyecto |
| Comentado por Andrea | | 01 de Septiembre de 2008 23:28 | |
Bueno, pero y mi pregunta va hacia, qué pasa con las personas que como yo estamos culminando una carrera de Lic, en educación con enfásis en educación especial, pues si queremos llegar a un dado "puesto" nos tocaria tener antes 3 años de experiencia, pero y cómo la va
En cuanto a la contratación de los Docentes de Apoyo, quisieramos tener mas claro esto, pues vemos que se hacen concursos en los cuales nosotros no somos reconocidos como docentes de Educación Especial, sino como docentes provicionales, en realidad vemos que este tipo de "leyes" las escribe alguien que nunca a tenido vinculo con personas con NEE, pues para ellos es necesario que se siga un proceso el cual no avanzaría si se cambia el personal frecuentemente, y no se vería un avance significativo, y pues es allí donde vemos al jóven que lleva 6 años en primero de primaria.
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| Comentado por Luz Adriana | | 01 de Septiembre de 2008 23:26 | |
ES IMPORTANTE LA ATENCION A ESTOS NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES CON NEE, PERO ES MAS IMPORTANTE Y PRIMERO DEBERIA CAPACITARSE A LOS DOCENTES PARA LA INCLUSION, PUES EN LA ACTUALIDAD ESTOS ESTAN SIENDO VICTIMAS DEL RECHAZO, LA BURLA Y QUE NO SEAN ATENDIDOS ADECUADAMENTE.
DEN NOMBRAR EN PROPIEDAD A LOS CONSEJEROS ESCOLARES Y EE PARA QUE CAPACITEN Y FOMENTEN EL PROCESO EN LA COMUNIDAD NORMAL QUIEN SON LOS QUE NECESITAN AYUDA ESPECIAL PARA NO DISCRIMINAR.
EL LICENCIADO EN EDUCACION CON ESPECIALIDAD EN ORIENTACION Y CONSEJERIA, DEBE RESTABLECER SUS FUNCIONES Y ORIENTAR A NUESTROS JOVENES PARA SU PROYECCION COMO PERSONA INTEGRA, CAPAZ DE ACEPTARSE Y ACEPTAR A LOS DEMAS, EN UNA SOCIEDAD TAN DESCOMPUESTA.
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| Comentado por Martha Belén | | 01 de Septiembre de 2008 23:12 | |
En relación con la educacion del sordo, no se puede desconocer los nuevos roles que presentan para ofrecer una educacion de calidad bajo un proceso de inclusion educativa en nuestras instituciones escolares: Maestro de Aula, Docente de castellano como segunda lengua, Modelo linguistico, Interprete y Docente de apoyo. Cada uno con un perfil determinado y una s funciones especificas.
EL DECRETO DEBE CONTEMPLAR INCENTIVOS PARA LOS PLANTELES QUE DE MANERA RESPONSABLE Y SERIA SE COMPROMETEN CON ESTA LABOR.
Qué pasa con los decretos y resoluciones anteriores ?
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| Comentado por Lina María | | 01 de Septiembre de 2008 22:37 | |
el paragrafo del articulo 3 no hace referencia a los profesionales en fonoaudiologia cuando es una de las carreras mas completas e integradas a nivel de salud y educacion, siendo en esta ultima en donde el desempeño del fonoaudiolog@ es fundamental ya que en cualquiera de las discapacidades que el mismo decreto menciona, se ve afectada la parte comunicativa, la cual es la base para cualquier aprendizaje humano y escolar; ademas cabe anotar que es uno de los profesionales que mas requieren en las instituciones educativas.
a nivel de contratacion, cual seria la situacion de aquellos servidores publicos docentes que estan en aula de apoyo pedagogico con nombramiento provisional, que cumplimos con el perfil y las funciones desde haca varios años, ¿ en que condiciones quedarian? ¿ por que nunca se ha realizado un concurso de meritos para docentes en el programa de atencion a la poblacion con necesidades educativas especiales? y teniendo en cuenta que no es campo que a nivel de educacion tenga mucha demanda para su desempeño, ya que la comunidad educativa reconoce la labor ardua que demanda compromiso , entrega , responsabilidad y amor de aquel que la ejerce, por lo tanto, no cualquier docente se le mide a este reto profesional.
para terminar por que las contrataciones se haran por agentes externos a las secretarias de educacion municipal?
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| Comentado por Carol (parte 7) | | 01 de Septiembre de 2008 22:36 | |
5. En el ARTÍCULO 10. PARÁMETROS ESPECÍFICOS: Exclusivamente en el caso de población con discapacidad cognitiva (síndrome Down y otros retardos mentales) (importante no utilizar el término retardos mentales) y autismo, el porcentaje máximo de estudiantes incluidos en el grado, no deberá ser superior al diez por ciento (10%) teniendo en cuenta el tamaño actual de los grupos, es decir lo numerosos que son con respecto a otros países, en promedio 45 a 50 estudiantes, son muchos por aula, sería importante pensar en un 5%, del total de estudiantes por grupo. Para el caso de los estudiantes con discapacidad sensorial o con discapacidad motora, el porcentaje no deberá ser superior al 25%.
Importante que se amarren presupuestos a este tipo de Decretos, para velar por su efectivo cumplimiento.
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| Comentado por Carol (parte 6) | | 01 de Septiembre de 2008 22:35 | |
Con respecto al: ARTÍCULO 5. ATENCIÓN A ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD COGNITIVA, MOTORA Y AUTISMO. Los establecimientos educativos que reporten matrícula de estudiantes con discapacidad cognitiva, motora o con autismo deben organizar, flexibilizar y adaptar el currículo, el plan de estudios y los procesos de evaluación, permanencia y promoción conforme a las condiciones y estrategias establecidas en las orientaciones pedagógicas producidas por el Ministerio de Educación y otros documentos generados desde las secretarías de educación distritales, así como con los docentes de nivel, de grado y de área, deben participar de las propuestas de formación sobre modelos educativos y didácticas flexibles.
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| Comentado por Carol (parte 5) | | 01 de Septiembre de 2008 22:34 | |
3. En cuanto al punto 8 "Definir y gestionar el mejoramiento de la accesibilidad en los establecimientos educativos: infraestructura arquitectónica, los servicios públicos, medios de transporte escolar y comunicación, para que todos los estudiantes puedan acceder y usar de forma autónoma y segura los espacios y la información según sus necesidades". Me parece muy bien formulado, sin embargo, ¿quién sería exactamente el responsable de monitorear el efectivo cumplimiento de esta normatividad?
En el parágrafo final del artículo tres mencionan que el perfil del profesional de apoyo: preferiblemente debería ser un profesional en educación especial, psicopedagogía, psicología, o con formación en pedagogías diferenciales. Acá sería importante incluir el saber o perfil del fonoaudiólogo y el terapeuta ocupacional, profesiones que en sus principios fueron de corte clínico, pero que han extendido su saber realizando aportes fundamentales y decisivos en el ámbito educativo, en especial con la población en situación de discapacidad por lo cual es importante reconocer el aporte que podrían dar como profesionales de apoyo e incluirlos dentro de los perfiles posibles.
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| Comentado por Jorge Eliecer | | 01 de Septiembre de 2008 22:33 | |
Con las nuevas politicas de inclusión de estudiantes con N.E.E, los docentes de aula formal se ven enfrentados a atender estudiantes con multiples dificuladesde tipo pedagógicoy de daptación en el medio escolar; de allí, la importancia de brindar apoyoa los docentes, estudiantes, padres de familia y comunidad educativa en general; con el objetivo de garantizar una mayor oportunidad a los niños, jovenes y adultos con discapacidad, desenvolbersen en un ambito familiar, social, laboral, político, etc.
Desde que se creo el programa y se implemento en la institución se ha sensibilizado la comunidad educativa sobre la importancia de atender individualidaes, demostrado a través de la oferta, al interes de los maestro de aula formal, docente de apoyo, directivos y padres de familia en asumir retos pedagogicos y emocionales en busca de una buena atención para los niños integrados.
Este programa demuestra la humanizacion de la Educación en Colombia brindando oportunidades a un sector bulnerable de la comunidad educativa en el departamento de Risaralda, experiencia digna de ser aplicada en todos los rincones del país en el ´proceso de mejoramiento de la calidad educativa.
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| Comentado por Jorge Eliecer | | 01 de Septiembre de 2008 22:33 | |
Con las nuevas politicas de inclusión de estudiantes con N.E.E, los docentes de aula formal se ven enfrentados a atender estudiantes con multiples dificuladesde tipo pedagógicoy de daptación en el medio escolar; de allí, la importancia de brindar apoyoa los docentes, estudiantes, padres de familia y comunidad educativa en general; con el objetivo de garantizar una mayor oportunidad a los niños, jovenes y adultos con discapacidad, desenvolbersen en un ambito familiar, social, laboral, político, etc.
Desde que se creo el programa y se implemento en la institución se ha sensibilizado la comunidad educativa sobre la importancia de atender individualidaes, demostrado a través de la oferta, al interes de los maestro de aula formal, docente de apoyo, directivos y padres de familia en asumir retos pedagogicos y emocionales en busca de una buena atención para los niños integrados.
Este programa demuestra la humanizacion de la Educación en Colombia brindando oportunidades a un sector bulnerable de la comunidad educativa en el departamento de Risaralda, experiencia digna de ser aplicada en todos los rincones del país en el ´proceso de mejoramiento de la calidad educativa.
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| Comentado por Carol (parte 3) | | 01 de Septiembre de 2008 22:33 | |
2. En el artículo 3 donde habla de las responsabilidades de las entidades territoriales, en el punto 2 dice: "Identificar y caracterizar antes de la iniciación de las actividades del correspondiente año lectivo la población con necesidades educativas especiales que demanda apoyo pedagógico". Me parece muy importante la intención, pero la realidad es que habría que hacer valoración rigurosa de todos los estudiantes de la institución educativa y anualmente de los estudiantes nuevos, pues generalmente los casos se detectan en el transcurso del año, gracias a las observaciones de los maestros frente al desempeño de sus estudiantes. Por lo cual la logística y recursos humanos disponibles deben ser los suficientes para cubrir a toda la población y debe iniciarse entonces el proceso de matrícula y valoraciones mucho antes del ingreso de los estudiantes a su calendario académico.
El punto tres de este mismo artículo (3) "Reportar el número de establecimientos educativos y la matrícula de población con necesidades educativas especiales, con dos fines: A) Ubicar en dichos establecimientos los recursos requeridos, B) Desarrollar en dichos establecimientos programas de sensibilización y formación de docentes en el manejo de metodologías y didácticas flexibles para esta población.
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| Comentado por Carol (parte 2) | | 01 de Septiembre de 2008 22:32 | |
El término discapacidad intelectual cubre la misma población de individuos que fueron diagnosticados previamente con "retraso mental" en número, tipo, nivel, y duración de la discapacidad, así como en la necesidad de servicios y apoyos individualizados para las personas con esta discapacidad. Además, cada individuo que es o era elegible para un diagnóstico de retraso mental es elegible para un diagnóstico de discapacidad intelectual. Sin embargo, la diferencia crucial radica en la nominación y las connotaciones que ella conlleva.
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| Comentado por Carol (parte 1) | | 01 de Septiembre de 2008 22:30 | |
En el artículo 2 " De los principios generales" en el párrafo 2, líneas 5 y 6, se anota: "de tipo cognitivo como síndrome de Down y otros retardos mentales …". Lo que se sugiere al respecto es modificar por: "de tipo cognitivo como síndrome de Down u otras discapacidades caracterizadas por limitaciones significativas en el funcionamiento intelectual y en la conducta adaptativa" .
El término "retardo mental" ya caducó, dada su alta carga peyorativa; así de acuerdo a la Asociación Americana de Discapacidades Intelectuales y del Desarrollo (AAIDD), (2002) se denomina ahora: "discapacidad Intelectual". En Colombia podría ser aceptable por ahora el uso de "discapacidad cognitiva", pero el ideal es introducir: "discapacidad intelectual". La definición actual de la AAIDD: "La discapacidad intelectual es una discapacidad caracterizada por limitaciones significativas en el funcionamiento intelectual y en la conducta adaptativa , así como expresada en las habilidades conceptuales, sociales, y prácticas. Esta discapacidad origina antes de los 18 años de edad".
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| Comentado por Luz Dary Rodríguez, Angélica Sánchez (parte 5) | | 01 de Septiembre de 2008 22:27 | |
Artículo 15
- Los profesionales nombrados son los únicos que tienen derecho a dichos beneficios educativos, y los docentes de apoyo siempre son contratados como ocasionales o por contratos de prestación de servicios lo que no permite acceder a estos beneficios, adicional causan dificultades para población en situación de discapacidad, porque no hay una continuidad en proceso, por tal razón es de cuestionar que este beneficio debe ser dirigido para todo aquel que trabaje con dicha población y quiera mejorar sus procesos de formación que repercutan como beneficio de la población en situación de discapacidad
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| Comentado por Luz Dary Rodríguez, Angélica Sánchez (parte 4) | | 01 de Septiembre de 2008 22:24 | |
Artículo 9
- El cuestionamiento viene a que se refieren con personal idóneo, aquel que acredita haber trabajado con población y donde su formación no cuenta con la experiencia. Este debe ser mucho mas especifico para aclara cuales son las obligaciones
- En los numerales de este artículo, cuestionamos en gran medida si se ha tenido en cuenta, las verdaderas necesidades de los procesos de las personas en situación de discapacidad para considerar el número de personas que se le asignan. Esto no es coherente con la mejorar de los procesos académicos y de inclusión al sistema. Es "absurdo", el no considerar que es un trabajo que requiere un apoyo individualizado en esto no se puede aplicar lo de la educación globalizada que se emplea en la educación regular que aun es de cuestionar.
Artículo 11
- Se menciona el aporte de recursos a la población en situación de discapacidad, pero quien controlara esto, ya que puede convertirse en una fuente de desvíos de dinero, la pregunta mayor quien lo controlara.
Artículos 13, 14
- Vuelve a observarse las inconsistencias de reconocer que es tipo de educación se maneja en si es una educación inclusiva, contradice todos los procesos de asumir el trabajo solo por una área especializada.
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| Comentado por Luz Dary Rodríguez, Angélica Sánchez | | 01 de Septiembre de 2008 22:22 | |
Artículo 4
- En este artículo se reafirma la responsabilidad en el área específica que es la educación especial.
Artículo 5
- Se habla sobre las diferentes reformas que deben realizar los establecimientos educativos, pero no se supone que este un proceso el cual lleva mas de 10 años en proceso.
Artículo 6
- El docente que enseña lengua castellana debe ser idóneo para esto, no un encargado para esto, sino un docente que sea licenciado en el área puesto que es el especialista, aquí resaltamos que la responsabilidad no puede ser solamente de la educación especial.
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| Comentado por Luz Dary Rodríguez, Angélica Sánchez (parte 2) | | 01 de Septiembre de 2008 22:19 | |
Artículo 2
- Establecer si sigue siendo condición o situación?, para no continuar con el mismo paradigma y permitir que las políticas tengan un verdadero fundamento epistemológico para la población en situación de discapacidad dentro del contexto colombiano
- Educación pertinente; a que se le considera pertinente, cuales son los criterios para considerar esto, se tiene en cuenta los procesos que las personas en situación de discapacidad a traviesan para adquirir sus procesos
- En el caso de referirse a las diferentes clasificaciones que se dan a las discapacidades, se sugiere realizar una mejor apropiación de los términos puesto que ya no se dice retardos mentales, sino discapacidad intelectual.
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| Comentado por Luz Dary Rodríguez, Angélica Patricia Sánchez (parte 1) | | 01 de Septiembre de 2008 22:17 | |
Al realizar la lectura detallada del Decreto, en este se evidencia una inconsistencia en cuanto a la conceptualización de condición o situación, inclusión o integración.
De igual manera resaltamos que volver los procesos educativos exclusivos de áreas especializadas, causa un retroceso en los procesos realizados en los últimos años, que se convierten en una causal de exclusión en los planteles educativos, además que no permite el desarrollo de los niños, niñas y jóvenes.
Otra de las observaciones del documento, es la reaparición del área especializada de la Educación Especial como aquella suple todas las necesidades del grupo poblacional, de esta manera se evidencia la dificultad para comprender que el éxito en el trabajo con las poblaciones en situación de discapacidad se encuentra en el trabajo interdisciplinario.
Aclaramos que el término que utilizaremos para dirigirnos a la población es situación de discapacidad, puesto que nos permite relacionar tanto sus necesidades personales como las condiciones del entorno.
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| Comentado por Lina María | | 01 de Septiembre de 2008 22:07 | |
el paragrafo del articulo 3 no hace referencia a los profesionales en fonoaudiologia cuando es una de las carreras mas completas e integradas a nivel de salud y educacion, siendo en esta ultima en donde el desempeño del fonoaudiolog@ es fundamental ya que en cualquiera de las discapacidades que el mismo decreto menciona, se ve afectada la parte comunicativa, la cual es la base para cualquier aprendizaje humano y escolar; ademas cabe anotar que es uno de los profesionales que mas requieren en las instituciones educativas.
a nivel de contratacion, cual seria la situacion de aquellos servidores publicos docentes que estan en aula de apoyo pedagogico con nombramiento provisional, que cumplimos con el perfil y las funciones desde haca varios años, ¿ en que condiciones quedarian? ¿ por que nunca se ha realizado un concurso de meritos para docentes en el programa de atencion a la poblacion con necesidades educativas especiales? y teniendo en cuenta que no es campo que a nivel de educacion tenga mucha demanda para su desempeño, ya que la comunidad educativa reconoce la labor ardua que demanda compromiso , entrega , responsabilidad y amor de aquel que la ejerce, por lo tanto, no cualquier docente se le mide a este reto profesional.
para terminar por que las contrataciones se haran por agentes externos a las secretarias de educacion municipal?
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| Comentado por Fungana (parte 5) | | 01 de Septiembre de 2008 22:02 | |
La accesibilidad, permanencia y promoción de los estudiantes con NEE y sus desarrollos dependen de la continuidad de los procesos de apoyo e investigación que solo se garantizan con la presencia del personal de apoyo, quienes son los responsables de las respectivas mediaciones.
Esperamos con estos aportes, contribuir al desarrollo de las Políticas Públicas para población con Discapacidad de nuestro país y a mejorar la calidad de la educación para las personas con NEE.
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| Comentado por Fungana (parte 4) | | 01 de Septiembre de 2008 22:01 | |
Por otra parte, el articulo 14, no es preciso en aclarar la situación administrativa del personal de apoyo vinculado, lo que da a entender es que este será suprimido paulatinamente hasta cuando haya una vacantes en los cargos que no constituyen apoyo y por lo tanto esta figura iría desapareciendo. De ser así, el decreto estaría en contradicción, con lo planteado en el mismo decreto y con lo reglamentado en Ley vigente, lo que significaría un retroceso en el avance de la política de inclusión que plantea el incremento y especificidad en los apoyos que para su educación requieran los estudiantes con NEE.
Es pertinente recordar que el personal de apoyo para la inclusión educativa debe ser un recurso fijo que garantice este derecho a las personas con NEE y que permita al mismo tiempo avanzar desde las instancias investigativas en el mejoramiento de la calidad del proceso. Resaltando lo que afirma el presente proyecto de decreto: "En el marco de los derechos fundamentales, la población que presenta necesidades educativas especiales por su condición de discapacidad o por poseer capacidad o talento excepcional tienen derecho a recibir educación pertinente y sin ningún tipo de discriminación. Para lo anterior, dichas poblaciones requieren de apoyos particulares que hagan efectivos sus derechos a la educación y a la participación social".
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| Comentado por Fungana (parte 3) | | 01 de Septiembre de 2008 21:58 | |
Para Nicolescu (1997) esta modalidad hay que entenderla a partir del prefijo trans que significa dos cosas a) a través de la diferentes disciplinas y b) más allá de toda disciplina. El supuesto ontológico de esta es la existencia de diversos niveles de realidad con dinámicas distintas, que permiten distintos niveles de percepción de esa realidad, conocimiento complejo, sin desconocer que la multi, inter y transdisciplinariedad interactúan entre sí y se complementan.
Los profesionales participantes del aula asumen en general un papel de educadores comprometidos, en igualdad de condiciones y responsabilidades y desde esta perspectiva estén dispuestos a tener una nueva visión, una nueva vivencia, una forma de autotransformación, una nueva manera de conocer y hasta un nuevo arte de vivir con implicaciones epistemológicas, éticas y políticas, exentas de prejuicios, supuestos e ideas preconcebidas.
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| Comentado por Fungana (parte 2) | | 01 de Septiembre de 2008 21:57 | |
En la descripción de las responsabilidades y funciones del personal de apoyo, articulo 4, no aclara quienes son los que realizan este apoyo, que en nuestro concepto deberá ser un o una profesional enfocado en el área de las ciencias sociales y humanas, con experiencia en procesos de inclusión educativa, o en su defecto este dispuesto a acceder a la capacitación necesaria para tal fin.
Cuando en el mismo artículo se hace mención al personal de apoyo no se es claro si se refiere a un grupo de personas o a una sola persona, y retomando lo que dice el articulo 9, se asume que se habla de una persona para un grupo de mínimo 10 hasta 60 estudiantes con NEE, cuando lo adecuado y óptimo para un proceso de integración educativa debería ser que el personal de apoyo esté integrado por un equipo transdsciplinario que permita el diálogo y la unión de saberes y prácticas en la construcción de metodologías, estrategias y contenidos básicos integrados en un currículo, donde se aborde los fenómenos aleatorios, las incertidumbres y lo imprevisible en el proceso educativo de los niños y niñas con necesidades educativas especiales, en general.
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| Comentado por Fungana | | 01 de Septiembre de 2008 21:55 | |
El objetivo principal y primero de la educación debe ser ofrecer a todos los niños y a todas las niñas una cultura común que les garantice la autonomía física, personal, social y moral, lo que le permitirá llevar más tarde una vida de calidad. Es decir, un patrimonio cultural que les permita superar, como es el caso de las personas con necesidades educativas especiales, la historia de prejuicios, evitando con ello las desigualdades, y sustituyendo los objetivos tradicionales en su educación que a menudo se han orientado a lograr unos comportamientos sociales asistenciales y controlados por aquellos otros que les permita adquirir la cultura suficiente como para que puedan guiar su propia vida (López, 2003).
Teniendo en cuenta el anterior pensamiento, analizando el articulado del proyecto de decreto que nos ocupa, el Ministerio de Educación (MEN), es coherente con sus principios y objetivos, y aclara expresamente que la entidades territoriales son quienes deben ocuparse de que se respete el derecho a la educación de las personas con necesidades educativas especiales.
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| Comentado por Elsa Yolanda | | 01 de Septiembre de 2008 21:52 | |
La contratación con entidades externas a las instituciones educativas, no es conveniente. El seguimiento a los estudiantes debe ser realizado por personal nombrado en cada institución educativa.
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| Comentado por Elsa Yolanda | | 01 de Septiembre de 2008 21:43 | |
El Decreto no menciona los límites de edad para la atención a la población con discapacidad cognitiva en instituciones de educación formal. Evento que deja un vacío en la norma, debido a que su edad mental es diferente a su edad cronológica.
Artículo 14. Situación Administrativa del personal de apoyo pedagógico. No se menciona lo que sucederá con el personal de apoyo vinculado actualmente y cuya formación no corresponde a la mencionada, es decir docentes con formación en terapia ocupacional, del lenguaje...etc.
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| Comentado por María Cristina | | 01 de Septiembre de 2008 21:38 | |
Es necesario precisar el término déficit cognitivo y no limitar solamente a algunos diagnósticos que lo ocasionan como es el Síndrome de Down.
La propuesta no incluye la población con hipoacusia.
Incluir dentro del decreto el sector responsable de establecer diagnósticos de discapacidad, ya que se vive una realidad en el que Salud no lo asume y tampoco educación.
En cuanto al parametro, debe tenerse en cuenta el tipo de discapacidad, pues es muy diferente el tipo y la intensidad de apoyos que requieren. En el caso de Discapacidad cognitiva, se sugiere que sea un profesional de apoyo, por cada 20 estudiantes.
En el decreto no se tiene en cuenta la población con deficiencia cognitiva moderada que, por susu características particulares no pueden incluirse en aula regular, para lo cual se requiere el mantenimiento de las aulas exclusivas cuyo número de studiantes no podrá ser mayor a 15.
El artículo 14 busca suprimir, a largo plazo los cargos de docentes de apoyo, lo que no garantiza la oferta educativa y la permanencia a la población con discapacidad.
No se contemplan disciplinas fundamentales dentro de los docentes de apoyo como son fonoaudiología y terapia ocupacional, indispensables para el apoyo pedagógico de la población con discapacidad cognitiva, hipoacusicos y sordos.
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| Comentado por Martha Isabel | | 01 de Septiembre de 2008 21:37 | |
La instancia que determina la condición de discapacidad debe ser conformada por la sec de educación o hace referencia a una entidad de salud?
Los profesionales de apoyo que vienen laborando en las I E , personal terapeutico psicologas etc que estan nombrados por la entidad territorial, (gobernación)y que estan adscritas en la sec de educación porque en la planta de la gobernación no estan justificadas, por lo tanto pueden ser suprimidos los cargos, pueden ser asumidas según este decreto por el sistema general de participaciones?
Gracias
borrador, decreto, necesidades educativas especiales, proyecto |
| Comentado por Elsa Yolanda | | 01 de Septiembre de 2008 21:36 | |
Artículo 10. Parámetros específicos. En el caso de la discapacidad cognitiva el parámetro debería ser del 5%. La razón obedece a que un buen número de estudiantes con esta discapacidad, presentan además patologías que deben ser atendidas con sicólogo y siquiatra, al docente del aula regular le queda dificil controlar esta situación.
http://articulo.mercadolibre.com.co/MCO-5781582--sony-ericsson-w850i--_JM |
| Comentado por Elsa Yolanda | | 01 de Septiembre de 2008 21:32 | |
Artículo 9. Parámetros. Numeral 1. No es suficiente un docente de apoyo para instituciones que matriculen de 10 a 60 estudiantes con discapacidad cognitiva, porque la realización de adaptaciones curriculares, proyectos personalizados, seguimiento y apoyo pedagógico individualizado requiere de tiempo y dedicación.
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| Comentado por Claudia | | 01 de Septiembre de 2008 21:13 | |
Art. 14 Que realidad pretende plantearse en la prestación del servicio de apoyo pedagógico y permanencia en este cuando este artículo plantea la vacancia definitiva, suprimir o convertir los cargos actuales, además plantea la ubicación de profesionales especializados en grados 0 o básica primaria. Dónde queda la importancia de las capacitaciones recibidas durante los últimos años en estos temas, los costos que esto ha generado al país.
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| Comentado por Claudia | | 01 de Septiembre de 2008 20:45 | |
Art. 3, numeral 1 se debe especificar la especialidad profesional que compete para dar los diagnóstico y fortalecer esta responsabilidad desde las E.PS.
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| Comentado por Myriam Stella | | 01 de Septiembre de 2008 20:22 | |
Es necesario enriquecer la propuesta de decreto con una discusión más amplia e interdisciplinaria que involucre a los diversos profesionales que aportan a la atención a la población en condición de discapacidad (Universidades, Facultades de Educación, Facultades de Rehabilitación, Sector Salud, Secretaría de Integración Social, Consejos Locales de Discapacidad, docentes en ejercicio, etc).
El documento no refleja la propuesta del documento del MEN (2008) sobre "orientaciones pedagógicas para la atención en el servicio educativo de poblacion con problemas de aprendizaje, deficit de atención e hiperactividad".
El documento no refleja las tendencias internacionales de atención interdisciplinaria e intersectorial a las personas en condición de discapacidad.
El documento no recoge los fundamentos legales que sobre la atención a las personas en condición de discapacidad generados en los últimos años en el país y en el Distrito Capital.
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| Comentado por Sara | | 01 de Septiembre de 2008 20:16 | |
El ministerio ha planteado un decreto borrador y es importante haber dado el primer paso, la propuesta siguiente sería que se dieran foros locales, regionales y nacionales con el fin de hacer una construcción colectiva en la que se tenga en cuenta la experiencia de todos los profesionales.
No se puede perder la oportunidad de reglamentar el trabajo, los equipos, las responsabilidades, los recursos, sin embargo el decreto adolece de fallas significativas en todos los aspectos y para todos los programas, lo ideal es tener en cuenta las opiniones de las personas que han estado trabajando, respetar sus luchas y responder a este esfuerzo generando una ley que de verdad nos respalde y nos sirva de soporte ante las entidades, los colegios, los rectores y coordinadores que la mayoría de las veces no saben de los procesos de inclusión. Este decreto borrador nos deja exactamente en las mismas: sin bases legales.
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| Comentado por Marina Ester | | 01 de Septiembre de 2008 19:38 | |
PARA MEJORAR EL TRABAJO DE LOS DOCENTES CON NIÑOS CON N.E.E. DEBE TENERSE EN CUENTA LA RELACION ALUMNO - DOCENTE EN LAS AULAS DONDE ESTAN INCLUIDOS, PUES EL PROBLEMA RADICA QUE EN UN AULA DONDE ESTAN 35 O 40 ALUMNOS COMO LO EXIGE LA NORMA, LA ATENCION AL N.E.E ES MUY DEFICIENTE, YA QUE LA ATENCION NO ES LA MISMA.
-LO MISMO CAPACITAR NO DE MANERA INTERMITENTE A LOS DOCENTES INCLUYENDO A LOS QUE SE ESTAN FORMANDO EN LAS ESCUELAS NORMALES SUPERIORES.
-QUE LAS INSTITUCIONES ESCOGIDAS POR LAS ENTIDADES TERRITORIALES PARA EL MANEJO DE LAS N.E SEAN CONDICIONADAS PARA TAL Y PROPORCIONARLE EL MATERIAL CORRESPONDIENTE DE ACUERDO A LAS N.E QUE SE ATIENDAN.
-QUE EN LAS INSTITUCIONES QUE MANEJAN N.E. ANTE TODO LOS SORDOS DE SECUNDARIA, DESERTAN PORQUE LA ENTIDAD TERRITORIAL NO NOMBRA INTERPRETES PARA EL MANEJO DE LAS DIFERENTES AREAS.
-DETERMINAR HORARIOS, PORQUE ALGUNOS DOCENTES DE APOYO TENEMOS NOMBRAMINETO COMO DOCENTES Y OTROS COMO ADMINISTRATIVOS Y EN ESTOS LA ASIGNACION SALARIAL ES DIFERENTE.
-CLARIFICAR LAS FUNCIONES DE DOCENTES DE APOYO.
-QUE TODO LO QUE TENGA QUE VER CON LA POBLACION PROBLEMAS PARA EL APRENDIZAJE Y LA PARTIIPACION O N.E.E LO ASUMA POR LA PARTE ADMINISTRATIVA Y DOCENTE CON IGUAL RESPONSABILIDAD QUE EL DEL RESTO DE LA POBLACION ESTUDIANTIL.
-ASIGNAR RECURSOS A LAS SECRETARIAS DE EDUC MUNICIPAL Y DEPARTAMENTAL PARA ATENDER LAS NECESIDADES DE ESTA POBLACION QUE LA MAYORIA SON DE ESCASOS RECURSOS ECONOMICOS.
-NOMBRAR PERSONAL CALIFICADO EN LAS ESCUELAS NORMALES PARA QUE PODAMOS ORIENTAR LAS AREAS DE FORMACION REFERENTE A LA POBLACION CON N.E.E.
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| Comentado por Claudia Cristina | | 01 de Septiembre de 2008 19:27 | |
DURANTE LA ULTIMA DECADA HA SIDO GRANDE EL ESFUERZO QUE HA HECHO EL ESTADO POR DAR ATENCION EDUCATIVA DE CALIDAD A LA POBLACION CON NEE. SIENDO NECESARIO PARA DAR CONTINUIDAD A LOS PROCESOS CON CALIDAD, OFRECER ESTABILIDAD A LOS DOCENTES DE APOYO QUE ORIENTAN EL TRABAJO EN LAS INSTITUCIONES.
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| Comentado por Sara | | 01 de Septiembre de 2008 19:22 | |
El ministerio ha planteado un decreto borrador y es importante haber dado el primer paso, la propuesta siguiente sería que se dieran foros locales, regionales y nacionales con el fin de hacer una construcción colectiva en la que se tenga en cuenta la experiencia de todos los profesionales.
No se puede perder la oportunidad de reglamentar el trabajo, los equipos, las responsabilidades, los recursos, sin embargo el decreto adolece de fallas significativas en todos los aspectos y para todos los programas, lo ideal es tener en cuenta las opiniones de las personas que han estado trabajando, respetar sus luchas y responder a este esfuerzo generando una ley que de verdad nos respalde y nos sirva de soporte ante las entidades, los colegios, los rectores y coordinadores que la mayoría de las veces no saben de los procesos de inclusión. Este decreto borrador nos deja exactamente en las mismas: sin bases legales.
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| Comentado por Adriana | | 01 de Septiembre de 2008 19:20 | |
LA ORGANIZACION DEL SERVICIO EDUCATIVO PARA LA ATENCION A LA POBLACION CON NEE, SE HA VENIDO ESTRUCTURANDO Y CADA VEZ TIENE UNA MAYOR CLARIDAD, TANTO EN LO QUE CORRESPONDE A LOS ESTUDIANTES COMO AL PERSONAL DOCENTE QUE TRABAJA CON ESTA POBLACION. ES POR ESO QUE E HACE NECESARIO DARLE LA IMPORTANCIA QUE TIENE DOCENTE DE APOYO EN LAS INSTITUCIONES.
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| Comentado por Sara | | 01 de Septiembre de 2008 19:14 | |
No se entiende como si se hace relación al docente de apoyo como parte del equipo interdisciplinario mas adelante el artículo 14 esta eliminando estas plazas docentes.
Igualmente no hay especificidad en el equipo para trabajar con personas sordas usuarias de la lengua de señas ya que no mencional el profesional de apoyo que es de vital importancia en el momento de jalonar todos los procesos de inclusión en los colegios.
Tampoco se menciona a los docentes de lengua castellana como segunda lengua, ni al modelo linguístico como apoyo en la básica secundaria, media , tampoco se tiene en cuenta la propuesta distrital de trabajar por ciclos y realizar una articulación con la educación superior, tema de vital importancia para esta población ya que no es suficiente con que terminen el bachillerato sino lo ideal es que tengan una proyección profesional y que mejor que hacerlo desde el colegio.
De igual manera es hora de unificar los términos a utilizar, ya que en los colegios se habla de programas inclusivos, el término ¨especial¨es hora de reevaluarlo o reemplazarlo por otro que responda a la calidad de educación que los profesionales de los equipos queremos lograr para estos escolares.
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| Comentado por Luci | | 01 de Septiembre de 2008 19:12 | |
Es importante reconocer que la estabilidad laboral y las funciones que cumple el docente de apoyo, deben estar tambien claramente establecidas, para el beneficio de los estudiantes con NEE, ya que es posible darle continuidad a los procesos que se llevan a cabo con esta poblacion y dentro de un marco mas amplio como es el de la atencion a la diversidad, para una mejor calidad en la educacion.
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| Comentado por Dora Elsa | | 01 de Septiembre de 2008 18:58 | |
Me parece excelente este decreto, pero quisiera que ayudaran para poder emplear un recurso como lo son las salidas pedagogicas a Bogota las cuales son muy costosas, y necesitamos bajar costos para poblacion desplazada.
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| Comentado por Isabel Cristina | | 01 de Septiembre de 2008 18:55 | |
La ley es sana si el gobierno se compromete a subsidiar la cantidad de niños discapacitados auditivosy demas que no pueden asistir a la escolaridad por falta de recursos, porque algunos de estos niños carecen de alimentos, de transporte y por tal motivo se presenta deserción y asistencia al servicio escolar. La asistencia a la escuela no depende de la administracíón de las escuelas, sino de la falta de asistencia social a la poblacion vulnerable.
En Villavicenocio, la población sorda en su gran mayoria vive en barrios marginales, lo cual dificulta su inscripción al servicio educativo.
En nuestra comunidad educativa sorda nos vemos en la necesidad de apoyar economicamente a nuestros estudiantes sordos para evitar la desersión educativa, sin contar que la mayoria carece de un buen servicio médico,por lo cual espero que con la ley se busque hacer mayor cubrimiento a esta población y no para sacar docente, interpretes y modelos lingüisticos que cada día son más necesarios.
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| Comentado por Isabel Cristina | | 01 de Septiembre de 2008 18:54 | |
La ley es sana si el gobierno se compromete a subsidiar la cantidad de niños discapacitados auditivosy demas que no pueden asistir a la escolaridad por falta de recursos, porque algunos de estos niños carecen de alimentos, de transporte y por tal motivo se presenta deserción y asistencia al servicio escolar. La asistencia a la escuela no depende de la administracíón de las escuelas, sino de la falta de asistencia social a la poblacion vulnerable.
En Villavicenocio, la población sorda en su gran mayoria vive en barrios marginales, lo cual dificulta su inscripción al servicio educativo.
En nuestra comunidad educativa sorda nos vemos en la necesidad de apoyar economicamente a nuestros estudiantes sordos para evitar la desersión educativa, sin contar que la mayoria carece de un buen servicio médico,por lo cual espero que con la ley se busque hacer mayor cubrimiento a esta población y no para sacar docente, interpretes y modelos lingüisticos que cada día son mas necesarios.
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| Comentado por Sara | | 01 de Septiembre de 2008 18:54 | |
El proyecto de ley debe abarcar la totalidad de las discapacidades y definir en cada una el equipo interdisciplinario que requiere y las funciones de cada uno, ya que por ejemplo en el 2565 esta descrito claramente las funciones del docente de apoyo, sin en embargo en este no queda claro, por ejemplo en el caso de los programas de inclusión de escolares sordos. El artículo 14 elimina las plazas docentes, esto conlleva a la eliminación de los programas? Porque no se incluyen a fonoaudiólogas dentro del perfil profesional, cuando es bien sabido que forman parte de la mayoria de los equipos cumpliendo funciones de docente de apoyo y además de trabajo directo con estudiantes. Es necesario realizar mesas de trabajo donde se tenga en cuenta la opinión de representantes de todas las discapacidades y de talentos excepcionales pues en este decreto borrador no se plasma la realidad ni esta acorde con el avance que han tenido los programas y su proyeccion para el fuuro.
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| Comentado por Alcira E. | | 01 de Septiembre de 2008 18:51 | |
Este proyecto de ley da respuesta a una necesidad pedagogica no atendida. Esperamos que se implemente tambien en las escuelas rurales, pues siempre son las ultimas en beneficiarse de este tipo de cambios positivos que ocurren en el pais.
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| Comentado por María Luisa | | 01 de Septiembre de 2008 18:02 | |
Mi reflexión tiene que ver con los procesos de contratación de los profesionales de apoyo,continuan siendo defeciente, este debería ser como la de cualquier docente que ingresa al servicio educativo por concurso y vinculación permanenente y se deja como contratación los cambios de administración afectan los procesos de Educación inclusiva en las instituciones educativas y en los municipios.
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| Comentado por Clara Eriscinda | | 01 de Septiembre de 2008 18:00 | |
En cada sede de una institución normal supuestamente para niños normales se debe contar con un pedagogo especializado en este tipo de estudiantes ya que los docentes nunca recibimos orientaciones pertinentes para ayudarlos y lograr así contribuir de manera idonea en su formación paraq una vida digna
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| Comentado por Dolly | | 01 de Septiembre de 2008 17:57 | |
EL DOCUMETO TIENE VARIAS CONTRADICCIONES AL INTERIOR, ES IMPORTANTE QUE NO SE DESMERITE LA LABOR DOCENTE Y QUE ASI SE MANTENGA, QUE NO SE AMPLIE A TANTO LOS NUMEROS POR DOCENTE DE APOYO SI SE QUIERRE CALIDAD. ASI MISMO ES NECESARIO FOMENTAR LA FORMACION PERO DESDE MINISTERIO. POR OTRO LADO NO ES CONVENIENTE PONER A ROTAR A LOS DOCENTES DE APOYO CUANDO QUEDEN CON POCOS ESTUDIANTES, INCLUIR LA ATENCION DIRECTA CUANDO SE REQUIERA EL APOYO.
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| Comentado por Angela María | | 01 de Septiembre de 2008 17:31 | |
mis inquietudes frente al decreto leido son:
¿Donde van a quedar las aulas multigraduales de sordos?
¿los niños con deficit de atencion e hiperactividad y los que presentan problemas de lenguaje donde se ubicarian?
para mi seria maravilloso que los demas docentes de aula regular esten capacitados para atender esta poblacion y que se empapen del tema, pero que a nosotros nos sigan teniendo presentes en todos los proyectos y programs que se desarrollen en favor de esta poblacion como ha sucedido hasta ahora.
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| Comentado por Carmen Alicia | | 01 de Septiembre de 2008 17:11 | |
según mi interpretacion. si se van a suprimir las aulas de apoyo, mi pregunta es ¿Que va a pasar con el aula multigradual de sordos?
¿los niños con deficit de atencion e hiperactividad y comunicación donde quedarían?
Espero seguir aportando y ayudando a la población con necesidades educativas especiales como lo hemos hecho hasta ahora.
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| Comentado por Natalia | | 01 de Septiembre de 2008 17:10 | |
Me gustaria que analizaran los porcentajes que proponen para tener en las aulas los niños con N.E.E., ya que como lo entiendo, entre mas mas numeroso sea el grupo, mas niños con N.E.E. podra tener la docente, deberia ser al contrario, porque si el grupo es pequeño se supone que es mas facil para la docente apoyar estos casos especificos. Por la carga que puedan recibir las docentes integradoras, es de vital importancia que este aspecto sea considerado para su modificacion ya que la inclusion se puede realizar siempre y cuando tengamos unas buenas condiciones.
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| Comentado por María Luisa | | 01 de Septiembre de 2008 16:58 | |
Análisis Artículo 14:Situación administrativa del personal de apoyo, me parece que este articulo va en contravía de la busqueda que tenemos con la política de inclusión, pues es muy procupante que los docentes nombrados en propiedad después de finalizado su tiempo de trabajo desaparece el cargo de apoyo y este es reemplazado por un maestro de básica primaria, no estoy de acuerdo con esto, pues los docentes de básica primaria no tienen funciones tan específicas como el personal de apoyo pedagógico.
También quiero indagar por las aulas multigraduales para los estudiantes sordos, el decreto no hace referencia a este tema.
Es importante que el decreto contemple la posibilidad de ampiar la atención a la población vulnerable que viene en crecimiento por la situación de violencia y no sólo se contemple la población en situación de discapacidad y talentos excepcinoales.
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| Comentado por Maria Eugenia | | 01 de Septiembre de 2008 16:37 | |
Como profesional en la educación de personas sordas y como persona sorda que soy, quiero comentar sobre este nuevo decreto que se piensa reglamentar. Me parese interesante e importante que los decretos ya existentes sobre la educación para personas en situación de discapacidad se modifiquen, pero siempre y cuando sea para bien de dicha población. Este borrador de decreto que se piensa reglamentar me parece que no es acorde con los avances y actuales necesidades de los estudiantes en situación de discapacidad, se ve que se retrocede en la oferta y calidad educativa. creo que para las personas que trabajamos con discapacidad, nos parece que falta justificación del porque querer volver a la decada de los 80 en educación para esta población o que hay desconocimiento por parte del MEN sobre los grandes avances que se han obtenido.
Asi mismo me parece elitista la ubicación de los docentes de apoyo o docentes de aula en la planta del magisterio. Por qué querer acabar esos puestos y excluirnos del sistema educativo?? donde quedan nuestros derechos plasmados en la ley general de Educación??
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| Comentado por Carolina | | 01 de Septiembre de 2008 16:30 | |
Considero q es muy importante que cada vez se vayan aclarando mas los decretos y politicas que tienen que ver con educacion especial, y más si se refiere a inegracion. es muy importante que los docentes de aula regular tengan conocimiento de las N.E.E., y por medio de capacitaciones, comprendan como debe ser el trato tanto del docente de aula como de los compañeros de clase frente a las personas integradas, ya que los estudiantes son fiel copia de sus maestros. Respecto a la cantidad de alumnos, si considero que un aula de integracion, no debe tener mas de 40 estudiantes, poruqe las personas con N.E.E necesitan de mayor atencion y sin con 40 en aula medio se les presta atención, como será con 60??? aho ya no sería integracion sino exclusion porque el docente no le va a prestar la atencion adecuada.
Sería clave que el MEN por medio de unas cartillas sobre integración, especifique estrategias y didácticas de intervencion en aulas de integracion, dependiendo del tipo de N.E que contemple la integración, sería un AZ bajo la manga, una herramienta demasiado útil.
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| Comentado por Neggie Zamira | | 01 de Septiembre de 2008 16:29 | |
Me parece de gran importancia la aprobación de este decreto, aunque considero que le hace falta incluir en él a otros grupos de la población diversa ( indígenas, desplazados, y otros) de nuestro país; los cuales también presentan necesidades educativas especiales que debe ser atendida.
Por otro lado es importante reconocer el gran paso que se daría con este proyecto decreto pues considero que se abriría la puerta a la inclusión en nuestro país, sobre todo en las regiones más apartadas, se le daría una mayor importancia a el trabajo realizado por los docentes de apoyo y por aquellos que como yo ejercemos esta practica inclusiva con mucho amor y dedicación, pero un poco solos, en este momento solo contamos con el apoyo de las docentes de las UAI. Por eso veo en este decreto una luz de esperanza y apoyo para nuestros niños y niñas con NEE y también para el personal docente que los atiende.
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| Comentado por Ana María | | 01 de Septiembre de 2008 16:04 | |
Me parece muy importante que creen este decreto porque los rectores no le delegan las funciones a las docentes de apoyo, en particular cuento con una rectora muy centrada y preocupada por dar una educaciòn incluída a estos niños que tanto lo necesitan. Gracias señora ministra por interesarle la educación en Colombia y sobre todo con esta población que es tan especial.
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| Comentado por Karol | | 01 de Septiembre de 2008 15:58 | |
Hice en algun momento de mi vida parte de los programas de apoyo de la institución educativa en la que estudie y me parece que es fundamental para el adecuado desarrollo de los procesos te atención de los educandos con NE y en situación de discapacidad la experiencia de los profesionales que en la actualidad apoyan sus procesos de integración por eso concidero que se debe reglamentar que presizamente aquellos que atienden poblaciones en situación de discapacidad o con NE continuen ejerciendo su labor aprovechando su experiencia en este campo, para que municipios certificados no cambien a los docentes con experiencia por profesionales nuevos como pago por cuotas politicas.
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| Comentado por Luis | | 01 de Septiembre de 2008 15:56 | |
ME PARECE DE BUENA INTENCION QUE TENGA EN CUENTA ESE DE GRUPO DE PERSONAS QUE NECESITANA AYUDA , PERO OJALA NOMBREN EL PERSONAL CAPACITADO Y A TIEMPO Y QUE NO SOLO SE VUELVA ENCUESTAS,ESTUDIOS Y HASTA AHI.
GRACIAS
LUIS LOPEZ
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| Comentado por Amparo | | 01 de Septiembre de 2008 15:53 | |
En el párrafo 2 del citado Artículo hace referencia a la discapacidad cognitiva como síndrome de Down y otros retardos mentales, confrontando con lo expresado en las orientaciones pedagógicas para cognitivos abordan retardo mental como discapacidad intelectual según la AAMR 2002 en la pagina 16 y en la pagina 17 párrafo 6 dice" la discapacidad cognitiva no se refiere a categorías diagnósticas como retraso mental o dificultades de aprendizaje" .
Por lo anterior y conocedora de las dificultades que se han presentado al hacer la caracterización debido al concepto que se maneja sobre discapacidad cognitiva fácilmente rotulan estudiantes que presentan problemas de aprendizaje como estudiantes con Retardo mental.
Por lo tanto sería importante conceptualizar al respecto y considerar el termino Discapacidad intelectual para referirse a RM y SD. Teniendo en cuenta el concepto de la AARM año 2002.
Amparo Mejia
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| Comentado por Martha Juliet | | 01 de Septiembre de 2008 15:50 | |
Lo más importante de este documento es visualizar la invitación al análisis reflexión sobre sobre las políticas escolares, sugiriendo propuestas de desarrollo para hacer de la lucha contra las desigualdades una prioridad de los sistemas escolares, los centros, el currículo, la formación y actualización de todos los docentes, así como el establecimiento de alianzas entre institucional escolares y sociales que permitan la igualdad de oportunidades en una escuela democrática para que cada estudiante, según su punto de partida y sus necesidades, pueda lograr los aprendizajes escolares esenciales.
Donde la diversidad de la población escolar es la regla general, no una excepción (Darling Hammond,2001; Martínez, 2002).
Martha Juliet - Quindio
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| Comentado por Amparo | | 01 de Septiembre de 2008 15:47 | |
4. Seria importante que en el documento se considerara en las Orientaciones pedagógicas para discapacidad cognitiva pag.59 sobre orientaciones respecto a los programas socio-ocupacional y laborales.
5. Es importante que en el Articulo 4 RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES GENERALES DEL PERSONAL DE APOYO, se establezca los apoyos al estudiante directamente en el aula de clase haciendo acompañamiento al docente en el proceso educativo.
Amparo Mejia Gonzalez
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| Comentado por Amparo | | 01 de Septiembre de 2008 15:45 | |
Responsables del programa seec educ Dptal Quindio
1. Se considera importante que el titulo debe ser
PROYECTO DE DECRETO No ( ) por medio ... en el marco de la educación inclusiva
2. El Decreto debe contemplar un párrafo que defina educación inclusiva
3. En el Artículo 2. PRINCIPIOS GENERALES
En el marco de los derechos fundamentales, la población que presenta necesidades educativas especiales por su condición de discapacidad o por
poseer capacidad o talento excepcional tienen derecho a recibir educación pertinente y sin ningún tipo de discriminación. Para lo anterior, dichas poblaciones requieren de apoyos desde su particularidad que hagan efectivos sus derechos a la educación y a la participación social.
Amparo Mejia G - Quindio
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| Comentado por Asociacion Colombiana de Intérpretes para sordos y Sordo ciegos | | 01 de Septiembre de 2008 15:31 | |
Art 2 Incluir transitorias
Art 3 ítem 3 letra Que tipo de recursos son
B Programas de formación, sensibilización y actualización
Art 3, Num 4 El área responsable de coordinar los aspectos administrativos y pedagógicos liderada por un profesional que maneje y conozca tema
Art 3 Num 6, Asistencia técnica prestada por entes nacionales y profesionales con formación pedagógica
Art 3 Num 10 Recordar niñ@s que requieren atención especializada del estado
Paraf incluir equipo interdisciplinario con énfasis en pedagogía
Art 4 En el caso de intérpretes que no cuentan con formación de pregrado o con titulo diferente a pedagogía bajo que condiciones se integrarían en este equipo
Paraf 1º El personal asignado como apoyo pedagógico de estudiantes con nee debe cumplir funciones unificadas a nivel nacional y emitidas por el MEN con participación de los profesionales
Art 5 Eablecimientos con inclusión no pueden tener los mismos parámetros que los demás
Art 6 Los intérpretes de LSC deben haber cursado y aprobado el II nivel complementario
Paraf Quien dotará lo apoyos de frecuencia
Art 9 Num 3 El parámetro de intérpretes debe ser 1,5
Art 12 Cuál seria la tasa salarial de los intérpretes de LSC si su formación actual es heterogénea
Art 13 letra b La entidad idónea para contratación del personal de apoyo y los intérpretes debe ser la Secretaria de Educación; ya que la contratación con intermediarios no permite el total cumplimiento de las necesidades de la población ni de los trabajadores No es suficiente garantía contar con una entidad prestadora de servicios educativos ya que no conocen las nee de todas las discapacidades y excepcionalidades
¿Quién o cuál es la entidad encargada de fijar las tarifas salariales para los intérpretes y demás personal de apoyo?
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| Comentado por Sandra | | 01 de Septiembre de 2008 14:41 | |
Yo creo que tiene que eliminarse el cargo de docente de apoyo, ya que esta es una plata perdida,. las Docentes de apoyo no hacen nada, pierden el tiempo y no trabajan con los niños. Sería buena idea que se les hiciera seguimiento diario a estas profesionales y verificaran en que suelen perder el tiempo. No son personal administrativo, son profesoras, entonces porque trabajan solo 10 horas a la seman con los niños? El ministerio puede ahorrar esa platica y pagarla en nuevos profesores, que sepan señas (buenas señas), que sepan de sordos y sobretodo que quieran trabajar con los padres de los estudiantes.
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| Comentado por Adiela | | 01 de Septiembre de 2008 13:56 | |
Es importante para los niños con dificultades, tener este apoyo en las instituciones educativas ya que por este medio se ayuda a superar sus dificultades.
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| Comentado por Blanca Inés | | 01 de Septiembre de 2008 13:50 | |
Es muy importantey necesario para la institución, el trabajo que realiza la docente de apoyo, con los estudiantes con necesidades educativas especiales.
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| Comentado por Luz Stella | | 01 de Septiembre de 2008 05:29 | |
Es realmente importante este paso para lograr igualdad y el maximo de oportunidades para todos. La integracion es una obligacion y una necesidad para nuestra sociedad. Espero que las reglementaciones y la ley en general favorezca a todos los niños y niñas y aporte recursos de toda indole a las instituciones, docentes y personal interdisciplinario.
Quero agregar tambien que falta un profesional , capacitado e idoneo para formar elo equipo interdisciplinario y que ademas ya lleva mucho tiempo en la intervencion terapeutica en esta poblacion , me refiero a los fonoaudiologos (as). En nuestro pais se cuenta con profesionales muy bien formados y dedicados al sector de la Discapacidad. Gracias
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| Comentado por Liliana | | 01 de Septiembre de 2008 01:26 | |
El decreto presenta una propuesta que implica un fuerte trabajo de la comunidad educativa y ademas del contexto social. Pero se debe tener en cuenta los criterios de seleccion del personal y ademas como va hacer la atencion de los estudiantes bajo un proceso inclusivo; pues es bien conocido que algunos estudiantes no presentan hablidades para el desarrollo para el aprendizaje de procesos de lecroescritura en entonnes estos estudiantes son excluidos del sistema educativo. ¿Que pasara con ellos, que tipo de atencion educativa se les dara?, ¿se convertira en una responsabñida solamente del sector salud?
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| Comentado por Alda Hayde | | 01 de Septiembre de 2008 01:08 | |
Considero de vital importancia la inclusión de algunos niños con NEE, ESPECIALMENTE DE AQUELLOS QUE SU EDAD CRONOLOGICA COINCIDE CON EL INGRESO A LA ETAPA PREESCOLAR Y PORQUE NO SI YA HAN PASADO POR UN PROCESO DE ESTIMULACIÓN. CREO IMPORTANTE QUE EL PROGRAMA FUNCIONARÍA MEJOR Y SE OBTENDRÍAN MEJORES RESULTADOS, CLARO ESTA CAPACITANDO Y SENSIBILIZANDO AL MAESTRO ANTES DE,IGUALMENTE ES RELEVANTE MENCIONAR LA PRESENCIA DE LA MAESTRA DE APOYO DENTRO DEL AULA ESCOLAR DONDE HALLAN NIÑOS CON NEE, SIMULTANEAMENTE EL ACOMPAÑAMIENTO DE UN GRUPO INTERDISCIPLINARIO PARA CADA INSITTUCIÓN EDUCATIVA CON EL FIN DE BRINDARLE APOYO Y CONTINUIDAD CONSTANTE A MAESTROS, PADRES Y NIÑOS CON NEE. SUEÑO Y PIENSO QUE ESTO SERIA LO IDEAL , Y DE ESTA MANERA SE OBTENDRÍA mayores logros para nuestros niños con NEE Y COMUNIDAD EN GENERAL.
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| Comentado por Esperanza | | 01 de Septiembre de 2008 00:34 | |
ES IMPORTANTE TENER EN CUENTA QUE LA RELACION ALUMNO-MAESTRO DEBE DIFERIR DE LOS LINEAMIENTOS DADOS POR LAS NORMAS VIGENTES. CONSIDERO QUE EN UN GRUPO AL QUE ASISTAN 5 NIÑOS CON NEE, MAXIMO SE LE DEBEN ADMITIR 25 ESTUDIANTES (INCLUIDOS ELLOS) DADAS LAS PARTICULARIDADES DE LA NECESIDAD EDUCATIVA QUE CADA UNO PRESENTE Y LA IMPORTANCIA DE QUE EL MAESTRO PRESTE UN SERVICIO DE CALIDAD.
ASI MISMO SE REQUIERE DE UN EQUIPO INTERDISCIPLINARIO PARA QUE APOYE LA LABOR DEL DOCENTE.
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| Comentado por Berly Enit | | 01 de Septiembre de 2008 00:18 | |
Que bueno fortalecer la inclusión de los niños con barreras en el aprendizaje y la participación.
considero necesario que sea difundida ampliamente, para dar cumplimiento a la misma, ademas promover el trabajo interdisciplinario.
sugiero que se reglamente la ejecución de proyectos productivos,pues la mayoría de los estudiantes con barreras tiene extraedad.
consulto que pasará con los fonoaudiologos, Profesionales en Desarrollo familiar y/o trabajadores sociales que llevamos más de 3años como docentes de apoyo y se nos ha brindado formación para la atención de estudiantes con barreras en el aprendizaje y la participación, asi mismo en LSC nivel intermedio y areas triflológicas, que somos nombrados en provisionalidad?
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| Comentado por Leidy Yulieth | | 31 de Agosto de 2008 23:11 | |
considero que la relacion de 60 estudiantes por docente de apoyo es inadecuada ymaxificante.ya que se busca educacion con calidad y dibido a los compromisos que conyeva la atencion de los niños con NEE de mayor dedicacion del docente para lograr resultados. ppropongo una relacion de 35 o 40 niños por docente especializado en su atenciòn.
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| Comentado por Luz Adriana | | 31 de Agosto de 2008 21:45 | |
Realmente los felicito era el proyecto que hacía falta; pues he sido educardora mucho tiempo y he tenido inconvenientes para la permanencia laboral debido a las necesidades de mi hijo( Capacidades excepcionales)lo tuve estudiando en un colegio especial pero la situación económica cada vez peor, ahora lo pasé para un colegio oficial, solo Dios puede darme éste regalo que el gobierno piense en éstos niños, que cada vez llenan más las aulas, pero que desafortunadamente no son reconocidos como tal, pues como docente no EXISTE LA CAPACITACION NI LA HABILIDAD PARA DESCUBRIRLOS Y APOYARLOS, hace poco empecé a estudiar psicología, siempre pensando en seguir apoyando a mi hijo y también a todos los niños que encuentre en mi camino. Gracias señora MInistra reitero que las aulas se llenan cada vez más de éstos niños.....
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| Comentado por Gloria Mabel | | 31 de Agosto de 2008 21:38 | |
1. SE olvidan problemáticas que no se deben clasificar como discapacidad: déficit de atención, trastornos específicos del aprendizaje, trastornos del comportamiento. El abordaje es diferente: NO ES DISCAPACIDAD
2. En el parágrafo del artículo 3, el personal de apoyo obligatoriamente debe tener un perfíl profesional adecuado: LOS PROFESIONALES EN ESTO EXISTIMOS Y SOMOS MUCHOS Y CON EXPERIENCIA.
3. Incluir el neurodesarrollo como eje FUNDAMENTAL en la formación y quehacer del docente.
4. Contratar Neuropsicopedagog@s para la asesoria al Ministerio y a las Secretarías de Educación.
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| Comentado por Dora | | 31 de Agosto de 2008 21:35 | |
El documento no está planteado desde una perspectiva real y contextual y al interior es contradictorio. No se respeta el perfil del DOCENTE dentro del proceso de inclusión. Quedan dudas frente a decretos y resoluciones anteriores (2082, 2565...) ¿Qué pasa entonces con estos?; se olvida también el planteamiento de los PEP y otras estrategias didácticas que garanticen el acceso al aprendizaje y el proceso de inclusión.
No se dio el tiempo suficiente para analizar el documento a conciencia y permitir su difusión a toda la comunidad educativa y realizar los aportes correspondientes.
Se debe permitir y promover la participación de los padres de familia, ya que sus hijos con NEE se ven directamente afectados por las normativas que se generan.
Es importante que se tengar en cuenta realmente los comentarios que estamos realizando, respetando así el derecho a la expresión y participación ciudadana, ya que estas se basan en las vivencias reales y no desde el escritorio.
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| Comentado por Johanna | | 31 de Agosto de 2008 21:28 | |
El documento está centrado en el planteamiento que cualquier profesional sea o no docente puede ejercer como docente de apoyo, sin tener en cuenta la formación de base. Para que haya calidad y pertinencia en el servicio, se deben nombrar Licenciados en Educación Especial, quienes tienen la formación más idónea y conocen realmente el trabajo con la población con NEE.
El parámetro de atención no debe superar los 15 estudiantes incluidos por docente de apoyo, en pro de garantizar la mayor calidad en la atención.
El documento debe ser claro en el tipo de atención que deben recibir los escolares con sordoceguera y multidéficit.
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| Comentado por Meru Hortencia | | 31 de Agosto de 2008 20:47 | |
NO ENTIENDO PORQUE SE SIGUE HABLANDO EN TERMINOS DE INTEGRACION ESCOLAR , SI DESDE HACE RATO DEBEMOS MANEJAR "LA INCLUSION EDUCATIVA", CON TODO EL ANDAMIAJE QUE ESTO IMPLICA.
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| Comentado por Nora | | 31 de Agosto de 2008 20:14 | |
El conocimiento de los nuevos lineamientos curriculares , permite a los docentes un mayor acercamiento a la inclusion educativa. Es posible, que muchas de las dificultade que se presentan en las aulas , este relacionado con la falta de coherencia entre el poryecto de aula y los lineamientos correspondientes. Pienso que ésta es una gran debilidad que aún se mantiene para dar cumplimienmto a esta tarea.
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| Comentado por Sandra Patricia | | 31 de Agosto de 2008 16:59 | |
es necesario que el MEN reglamente que los docentes que realizan trabajos con ni;os con NEE sea nombrado y mejor remunerados pues se sabe que esta condicion es compleja , pero se necesita incluir esta poblacion y ofrecer una mejor calidad de vida
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| Comentado por Gloria Inés | | 31 de Agosto de 2008 15:57 | |
Gracias por el esfuerzo que se hace para reglamentar el trabajo de l@s docentes de Apoyo Pedagògico.
Considero importante que ademàs de la clasificaciòn que se ha hecho para las necesidades Educativas Especiales se extienda tambien hacia la poblaciòn con Barreras para el aprendizaje y la participaciòn definidas en las polìticas que atienden la Educaciòn Inclusiva con calidad (Poblaciòn vulnerable fruto de desplazamiento, abuso, abandono, maltrato. Tambien existen muchos estudiantes en algunas Instituciones con D.T.A.H y trastornos de tipo psiquiatrico como son: oposicional Desafiante, Trastornos afectivos Bipolares, y otros que han inicado situaciones de consumo lo que los hace candidatos a bajos niveles de desempeño acadèmico, atraso escolar, dificultad para adaptarse al medio escolar.
Me parece importante vincular al Licenciado en Pedagògia Reeducativa dentro del perfil de los docentes de apoyo Pedagògico
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| Comentado por Clara Eugenia | | 31 de Agosto de 2008 15:22 | |
En nuestro municipio y en nustro pais, los docentes de apouyo son un gran potencial humano que cada dia se ha ido capacitando de forma constante en pro de un mejor servicio de todos los niños y niñas con algun tipo de discapacidad, por tal motivo creo este equipo de personas deve continuar adelante con el trabajo que se viene realizando.
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| Comentado por Liliana | | 31 de Agosto de 2008 14:28 | |
Es muy importante que en el decreto se establezca el número de estudiantes por grado, y que sea un número minimo(25 estudiantes por grupo)Asi el docente encargado pueda realizar su labor con más eficiencia, y ayudaría de una manera más personalizada a los estudiantes que han sido incluidos por su Discapacidad.Es muy bueno que en Colombia se siga apoyando a todos estos seres humanos que tanto lo necesitan.
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| Comentado por Angelica Maria | | 31 de Agosto de 2008 13:54 | |
Es primordial que se establesca al personal por contrato laboral de planta para poder darle una continuidad al proyecto , ya que esto mejoraria el impacto y servicio a las instituciones
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| Comentado por María Eugenia | | 31 de Agosto de 2008 12:46 | |
es importante hacer siguimiento a los procesos de acompañamiento y apoyo en el aula qie integra niños con NNE.para cualificar los procesos pedagogicos.Igualmente se necesita de una cualificacion docente en el que elcomponente investigativo este presente . No basta el titulo de educadora especial para garantizar el apoyo adecuadoalos niños
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| Comentado por Bernardo | | 31 de Agosto de 2008 12:41 | |
Gracias al Minesterio por darse cuenta que es urgente tener en cuenta a los NEE, no es bueno ponerlos a compartir con estudiantes regulares, no se ve el avance, ya que el docente se ve en la necesidad de generalizar el aprendizaje en el aula. Me atrevo a dar las siguientes RECOMENDACIONES. Felicitaciones
1. capacitación a docentes
2. creación de aulas especiales con su dotación
3. Creación de plazas en cada institución
4. Diagnóstico local para la necesidad.
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| Comentado por Myriam | | 31 de Agosto de 2008 12:11 | |
Es importante tener en cuenta que para la inclusión debe hacerse un cambio de los imaginarios que se tiene sobre la población con NEE y partir de considerar sus capacidades para iniciar el aboradaje pedagógico.
Desde mi experiencia conozco niños , jóvenes y adultos que por su condición de múltiple discapacidad no puede acceder a la propuesta educativa que ofrece el MEN; mi pregunta es : ¿ qué alternativa tiene dicha población y sus familias? espero que no se ofrezca solo los servicios terapéuticos sino que el MEN se detenga a reflexionar sobre el grupo poblacional al cual su propuesta no cobija y ofrezca otras alternativas educativas.
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| Comentado por Liliana María | | 31 de Agosto de 2008 11:04 | |
Espero prontamente se reglamente ese decreto para beneficio de muchos niños, niñas y jóvenes de nuestro país que presentan algún tipo de discapacidad.
Espero respetuosamente también se le haga seguimiento a muchos entes territoriales que se muestran indiferentes o periféricos ante estas exigencias de la ley y principalmente la ley 1098. Por que no puede ser posible que la atención a la población con discapacidad continúe amarrada a la voluntad política de los jefes de despacho de turno.
Seria realmente importantísimo la vinculación de nuevo personal docente calificado en el tema de tal manera que todos y todas garanticemos verdaderos procesos de Inclusión en la diversidad... Gracias.
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| Comentado por LILIANA MARIA | | 31 de Agosto de 2008 11:03 | |
Excelente que se tenga en cuenta para la atención con CALIDAD a especialistas en el tema, como: Educadores Especiales, Psicopedagogos, Neuropsipedagogos, ya que son muy pocos los que existen en las plantas docentes actuales.
El decreto habla claramente de la educación formal para dicha población, pero que pasa con los niños y niñas que debido a su grado o compromiso de discapacidad o extraedad no pueden acceder al sistema educativo formal. Además de la dificultad presente de las ONGs que atienden a la discapacidad y que después de la 715 quedaron desangradas. La vinculación de la población de estratos 1,2 e inclusive tres se hace muy difícil por los altos costos que esto implica, es decir que van a continuar muchos niños y niñas por fuera del sistema educativo. Por experiencia se que estos niños y niñas requieren de la educación y la rehabilitación para potencializar sus habilidades y esto solo es posible si se les da una atención temprana y efectiva. De quién entonces es la responsabilidad? de Salud, ICBF o de educación. Requièndose reglamentar igualmente la educación no formal o mejor dicho, la educación para el trabajo y el desarrollo humano como actualmente se le llama.
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| Comentado por LILIANA MARIA | | 31 de Agosto de 2008 11:01 | |
Muy gratificante el saber que se realizará u nuevo decreto para la atención de dicha población.
Considero necesario nombrar los decretos que através de la historia de la educación especial han reglamentado la atención a la población con NEE, como el decreto 2082 y la resolución 2565.
Igualmente la necesidad de unificar terminología. El MEN el año pasado hablaba de niños y niñas con Barreras en el Aprendizaje y la Participación, como efecto de los proceso de Inclusión.
El termino Retardo Mental esta mandado a olvidar desde los años (2000 a 2002) desde un modelo ecologista en reuniones del la OMS; retardo mental es un calificativo que no se debe estar usando en este siglo, ya que esta cargado de exclusión o discriminación. Aunque podríamos decir que son eufemismos es necesario ponernos de acuerdo
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| Comentado por Sandra Edith | | 31 de Agosto de 2008 01:40 | |
En en Distrito hace màs de 20 años se adelantan experiencias de integracion escolar para estudiantes con necesidades educativas especiales permanentes, que hoy evolucionan ala inclusion social, validar estas experiencias retroalimenta la propuesta a nivel nacional.
El decreto 2082y la resolucion 2565 hacen parte de los antecedentes del proceso en Colombia, no se pueden desconocer, han permitido estructurar la prestacion del servicio a nivel educativo.
Las profesiones de fonoaudilogia y terapia ocupacional deben ser nombradas explicitamente, son disciplinas fundamentales en la atencion a la poblacion con discapacidad.
El profesional de apoyo especializado debe ser nombrado para cada institucion educativa que cuente con 10 y hasta 20 estudiantes con discapacidad, ya que las funciones de los docentes de aula/area, no les permite |
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