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Beneficios especiales del modelo de salud de los docentes se mantienen


(Foto: Ministerio de Educación)

A partir del segundo semestre de 2008, el Régimen Especial de Salud del Magisterio en Colombia tendrá nuevos ajustes que buscan mejorar la calidad de la prestación de este servicio para los docentes afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones del Magisterio.

Estos ajustes, que no cambian el modelo de salud ni le quitan beneficios a sus afiliados, fueron aprobados por el Consejo Directivo de este Fondo el 27 de diciembre de 2007.

Para el Ministerio de Educación es importante conocer la opinión de los usuarios de este sistema de salud. Es así como los ajustes responden a las necesidades planteadas por los maestros usuarios de este servicio en una encuesta realizada en noviembre del año pasado a 3.918 docentes cotizantes de todo el país.

Para tomar estas decisiones, también fueron tenidos en cuenta los resultados de las auditorías regionales realizadas durante todo el 2007 por la Fiduciaria La Previsora (entidad administradora del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio) y las quejas recibidas por los docentes en los Comités Regionales encargados de atender los reclamos y las sugerencias en la prestación del servicio de salud.

Es importante resaltar que se mantienen los beneficios que caracterizan a este modelo especial de salud: es decir que para estos afiliados no hay preexistencias ni copago ni cuotas moderadoras. Además, pueden acceder a medicamentos que no están contemplados en el Plan Obligatorio de Salud (POS).

La administración del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio ha hecho grandes esfuerzos para evaluar y ajustar el actual modelo de servicios de salud de los docentes afiliados al Fondo, labor que ha desarrollado de manera técnica y teniendo en cuenta los estándares de calidad en la prestación de los servicios de salud que se reflejan en los siguientes aspectos:

  • Incrementar los recursos destinados al plan de beneficios de salud de los docentes y sus beneficiarios, pasando del 39.2% actual al 48.32% adicional al valor que se reconoce en el régimen contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud. No es cierto que se esté disminuyendo.

  • El porcentaje adicional que paga el FOMAG cobija todos los beneficios especiales del modelo de salud del magisterio, tales como; no preexistencias, no copagos, no cuotas moderadoras y entrega de medicamentos sin las restricciones del POS.

  • Los docentes y sus familias conservan todos los beneficios propios del magisterio pero además podrán escoger el prestador de su preferencia, asegurando un mejor servicio.

  • El porcentaje asignado a Salud Ocupacional y Promoción y Prevención pasará del 5% fijo actual, a un 7.4% que cobijará los costos asistenciales y adicionalmente se pagará por actividad desarrollada para garantizar la verdadera realización de programas de promoción y prevención de las enfermedades más recurrentes y las profesionales propias del Magisterio.

  • Las enfermedades de alto costo están cubiertas por el pago capitado y adicionalmente se creará una cuenta de alto costo administrada por Fiduprevisora que garantizará la suficiencia permanente de los recursos financieros.
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