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Ajustes al modelo de salud del magisterio mejorará calidad del servicio a los docentes y a sus familias en todo el país
  • Los ajustes, aprobados por el Consejo Directivo del Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio no son un cambio en el modelo de salud. Respetan la no exigencia de pagos adicionales o cuotas moderadoras y el no establecimiento de períodos mínimos de cotización. Atienden a quejas formuladas por los maestros.
  • Los ajustes garantizan mejor calidad del servicio de salud en las regiones, eximen del pago de gastos de transporte a los maestros y a sus beneficiarios y garantizan libre elección con un mínimo de dos alternativas de prestación del servicio.
  • Los servicios de salud ocupacional, criticados por los maestros, serán prestados por entidades especializadas mejorando calidad y oportunidad.
  • Al ajustarse la forma de pago a los contratistas prestadores del servicio se garantiza mejor distribución de los recursos, especialmente en poblaciones vulnerables.

Bogotá, febrero 21 de 2008. Comunicado. En respuesta a las necesidades planteadas por los maestros usuarios del servicio de salud del magisterio en una encuesta realizada en noviembre de 2007 a 3.918 docentes cotizantes de todo el país, a las auditorías regionales adelantadas durante todo el año pasado por Fiduciaria La Previsora, como entidad administradora del Fondo Nacional de Prestaciones del Magisterio, y a las quejas directas de los docentes ante los Comités Regionales que atienden sus reclamos y sugerencias en la prestación del servicio de salud, el Consejo Directivo del mencionado Fondo aprobó por unanimidad el pasado 27 de diciembre, algunos ajustes encaminados a mejorar la calidad del servicio de salud que se viene prestando a los maestros y a sus familias en todo el país. Estos empezarán a regir en el segundo semestre de 2008.

Los ajustes no representan un cambio en el modelo de salud del Magisterio sino que mejoran el que se viene aplicando desde 2004 y que seguirá vigente. Así las cosas, se respetarán las características del régimen especial aplicado a los docentes y sus beneficiarios a saber, la no exigencia de copagos, es decir, de pagos adicionales o cuotas moderadoras por la prestación del servicio tanto para el cotizante como para sus beneficiarios, y el no establecimiento de períodos mínimos de cotización, lo que significa que los usuarios mantienen su derecho a recibir atención médica de todo tipo de patologías sin restricción desde el primer día como afiliados.

1. Se modifica la regionalización. Como viene operando, el modelo divide al país en 8 regiones para efectos de la prestación del servicio de salud a los maestros y sus familias. Con este esquema, se unen tres o cuatro contratistas de igual número de departamentos bajo el esquema de unión temporal pero al ganar la licitación cada uno presta el servicio solamente en su respectivo departamento.

Un ejemplo de ello es la unión temporal conformada por los contratistas en los departamentos de Antioquia, Chocó y Córdoba, que se unieron para participar en la licitación pero que responden ante los usuarios de manera separada por la prestación del servicio, cada uno en su departamento. Así, si un usuario que vive en Quibdó necesita tratamiento médico en Medellín, debe asumir de su bolsillo el costo de transporte de un lugar a otro. Con los ajustes que se introducen al modelo, los contratistas ya no podrán agruparse en uniones temporales que los eximan de responsabilidad sino que lo harán en consorcios donde responderán solidariamente y se harán cargo de todos los gastos de transporte de un usuario y sus beneficiarios entre un municipio y otro.

Otro ajuste al modelo de regionalización, aprobado por el Consejo Directivo del Fondo, establece que Bogotá ya no será región con los otrora "territorios nacionales" sino que éstos, en calidad de departamentos, se agruparán en una sola región administrada directamente por Fiduprevisora, dando respuesta a las peticiones de los maestros de estos entes territoriales que reclamaban atención más oportuna.

En síntesis, el modelo de regionalización se mantiene pero con ajustes que favorecerán la libre elección de los maestros para escoger donde reciben la atención médica y que los eximirán de costos de transporte entre un municipio y otro en virtud del esquema de uniones temporales que se viene aplicando.

2. Se garantizará la libre elección a los maestros y a sus familias con mínimo dos prestadores del servicio de salud por región. Según la encuesta realizada en noviembre de 2007, un 77.5% de los docentes cotizantes manifestó su deseo de poder elegir entre varios prestadores del servicio. En respuesta a ello, el Consejo Directivo del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, aprobó que en adelante, serán mínimo dos los contratistas prestadores del servicio de salud para los maestros y sus familias en cada una de las regiones.

3. Se garantizará que entidades especializadas en salud ocupacional presten sus servicios en este campo a los usuarios. Tal como viene operando, el modelo ofrece la prestación de servicios de salud y de salud ocupacional con un mismo contratista. Con los ajustes aprobados, y atendiendo la solicitud de los maestros encuestados (sólo un 32% declaró participar en actividades de Salud Ocupacional y Prevención de Riesgos) se contratarán salud y salud ocupacional separadamente, para garantizar que quienes son expertos en salud ocupacional sean los que presten el servicio a los maestros y a sus beneficiarios.

4. Se ajusta la forma de pago por maestro y sus beneficiarios al contratista calculándolo con base en el grupo etáreo (por edades) con el fin de garantizar que los recursos destinados a las poblaciones más vulnerables como niños y adultos mayores, sean mejor distribuidos. El modelo traía una modalidad de pago calculada con base en la densidad familiar promedio.

1. Certeza de que los ajustes no son un cambio de modelo porque respetan la no exigencia de copagos, es decir, de pagos adicionales o cuotas moderadoras por la prestación del servicio tanto para el cotizante como para sus beneficiarios y el no establecimiento de períodos mínimos de cotización, lo que significa que los usuarios mantienen su derecho a recibir atención médica de todo tipo de patologías sin restricción desde el primer día como afiliados.

2. Con los ajustes al modelo de regionalización, los maestros no tendrán que asumir costos de transporte adicionales para ser atendidos en otras ciudades y municipios cuando lo requieran. Los costos serán asumidos por los consorcios. Se mejora en calidad y oportunidad del servicio.

3. Libre elección con la posibilidad para los maestros y sus familias de escoger mínimo dos entidades prestadoras del servicio de salud por región. Se rompen los monopolios y se amplía la oferta a los usuarios.

4. Los maestros de los antiguos "territorios nacionales", ahora departamentos, tendrán atención más oportuna.

5. El servicio de salud ocupacional quedará en manos de entidades expertas y no de contratistas que operaban simultáneamente salud y salud ocupacional.

6. El ajuste a la forma como se paga a los contratistas prestadores del servicio por maestro y sus beneficiarios, garantiza que los recursos se distribuyan mejor, especialmente en poblaciones vulnerables como niños y adultos mayores.

Acta 2Acta 2
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Acta 3Acta 3
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Acta 4Acta 4
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Acta 5Acta 5
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Acta 6Acta 6
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Acta 7Acta 7
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Acta 8Acta 8
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modelo salud magisterio, docentes, régimen salud
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