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Comentado por JAIME ALIRIO

Ser tramitadas las solicitudes de ascenso previa disponibilidad presupuestal lesiona el ascenso ya que lo económico, obligación del estado, limita un derecho.

Debería ser, que tan pronto llene los requisitos y los radique y , transcurridos 30 días , se dé el concepto favorable expidiendo el acto administrativo la Secretaría de Educación pertinente.

Los ascensos sean por Capacitación Diplomado ,no por créditos , 2 para cada ascenso con un mínimo de 1 Semestre cada uno : 20 semanas cada diplomado- semestre. Además del concepto del rector de la Institución y/o del Consejo Directivo de la indoneidad y buen comportamiento del docente.

La posibilidad de evaluación de parte de una Universidad para cada ascenso , evaluaciones cada tres años para todos los aspiren en ascender . El tiempo trabajado debe demostrarse la experiencia en sus competencias y conocimientos y no en el envejecer haciendo y conociendo lo mismo y con el temor de estar retrocediendo para perjuicio del educando. Evaluado asciende , el que pierde espera otros tres años. Lo anterior estimula la autocapacitación y el mejoramiento Institucional.

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